Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2018 (24/06/2018)


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NORMAS LEGALES

Domingo 24 de junio de 2018 /

El Peruano

aplicables a los elementos de seguridad sujetos al procedimiento de adecuación a la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde 1662433-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 021-2018/CDL Mediante Oficio Nº 111-2018-MDL-SG la Municipalidad Distital de Lurigancho Chosica solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 021-2018/CDL publicada en la edición del 15 de junio de 2018. En el Considerando Noveno: DICE: (...) Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 9º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, el Concejo Municipal por MAYORÍA CALIFICA, con dispensa de la lectura y aprobación del Acta; DEBE DECIR: Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 9º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, el Concejo Municipal por MAYORÍA CALIFICADA, con dispensa de la lectura y aprobación del Acta; 1662432-1

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aceptan donación destinada a apoyar las actividades vinculadas al programa de muestras artísticas en la Sala Luis Miró Quesada Garland de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 048-2018/MM Miraflores, 21 de junio de 2018 EL ALCALDE DE MIRAFLORES; POR CUANTO; El Concejo Distrital de Miraflores en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, en mérito de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, según el numeral 20 del artículo 9 de la citada ley, es atribución del Concejo Municipal, entre otras, la de aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra

liberalidad. Asimismo, de acuerdo con el artículo 55 de dicha ley, constituyen el patrimonio de cada municipalidad, sus bienes, rentas y derechos. En ese sentido, todo acto de disposición o de garantía sobre el patrimonio municipal deber ser de conocimiento público. En concordancia con ello, se ha previsto en el numeral 7 del artículo 56 de la ley señalada que, son bienes de la municipalidad los legados o donaciones que se instituyan en su favor y según el artículo 64 de la misma norma, las donaciones de bienes a favor de una municipalidad están exoneradas de todo impuesto; Que, por otra parte, según el artículo 24 de la Ordenanza Nº 361/MM, que aprueba el reglamento de Altas, Bajas, Actos de Disposición y Saneamiento de Bienes Patrimoniales de la Municipalidad de Miraflores, las donaciones de bienes a favor de la Municipalidad de Miraflores serán aprobadas mediante acuerdo de concejo; Que, de acuerdo con el artículo 69 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley del General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Acuerdo de Concejo en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; asimismo, dicho acuerdo será publicado en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Que, mediante Carta Externa Nº 11757-2018, ingresada el 03 de abril de 2018, los representantes de la Fundación BBVA Banco Continental expresaron su intención de donar la cantidad de S/34,000.00 (Treinta y Cuatro Mil y 00/100 Soles) a la Municipalidad de Miraflores, que se destinará como apoyo a la realización de actividades vinculadas al programa de muestras artísticas en la Sala Luis Miró Quesada Garland de la entidad, así como para la elaboración e impresión de materiales de comunicación vinculados a dichas muestras que se efectúen durante el año 2018; Que, al respecto, a través del Memorando Nº 1032018-GCT/MM, la Gerencia de Cultura y Turismo señala que la Fundación BBVA Banco Continental es una entidad comprometida con la promoción del arte y la cultura en el país, desde hace muchos años y que actualmente contribuye con el programa "Cine bajo las estrellas", desarrollado por la municipalidad en diversos parques del distrito. De igual modo, sostiene que con la donación ofrecida la fundación en mención busca sumarse a la destacada labor que se realiza en la Sala Luis Miró Quesada Garland, como uno de los principales espacios públicos de promoción y difusión del arte visual contemporáneo en la ciudad, que convoca a más de cinco mil visitantes en cada muestra de expresión artística y cultural. Por ello, concluye que debe aceptarse la donación ofrecida, la misma que se utilizará exclusivamente en servicios vinculados a la producción de las muestras de sala y la ejecución de otras actividades vinculadas con dicho fin; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye, en el Informe Legal Nº 103-2018-GAJ/MM del 10 de mayo de 2018, previa las precisiones necesarias a cumplir por parte de la entidad donante así como de las áreas técnicas competentes, que no existe impedimento legal para continuar con el trámite regular de aceptación de la donación ofrecida por la Fundación BBVA Banco Continental, por parte del Concejo Municipal en caso este lo estime pertinente, para lo cual deberá cumplirse el procedimiento previsto en la normatividad referida en líneas precedentes; Que, por su parte, la Gerencia de Administración y Finanzas, a través del Memorándum Nº 318-2018-GAF/ MM e Informe Nº 83-2018-GAF/MM, de fechas 08 y 30 de mayo de 2018 respectivamente, señala entre otros puntos que habiendo tomado conocimiento del ofrecimiento de la donación en mención y el destino que se dará a tales fondos es favorable aceptar la misma; conclusión que se condice con lo indicado por la Subgerencia de Contabilidad y Finanzas, en el Informe Nº 174-2018-SGCF-GAF/ MM del 07 de mayo de 2018, según el cual la donación

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