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94 NORMAS LEGALES Jueves 1 de marzo de 2018 / El Peruano MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 024- 2017-MDLP, que aprueba el beneficio de pronto pago para el Ejercicio 2018 ORDENANZA MUNICIPAL N° 002-2018-MDLP La Perla, 26 de febrero de 2018EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA. POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA. VISTO:El Informe N°063-2018-SGCyRT-GATR/MDLP del 20 de Febrero de 2018, de la Sub Gerencia de Control y Recaudación Tributaria, el Informe Nº 006-2018-GATR-MDLP del 21 de Febrero de 2018, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y el Informe Nº141-2018-GAJ/MDLP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N°30305, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con Autonomía Política, Económica y Administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, promulgado el 22 de Junio del 2013, precisa que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, la Ordenanza N°024-2017-MDLP, del 11 de Diciembre de 2017, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 15 de Diciembre de 2017 y vigente desde el 1° de Enero de 2018, aprobó la “Ordenanza que Aprueba el Bene fi cio de Pronto Pago para el Ejercicio 2018 en el Distrito de La Perla”, a favor de los vecinos de La Perla, en la cual se establece como término para acogerse el día 28 de Febrero de 2018; Que, mediante Informe N° 063-2018-SGCyRT- GATR-MDLP, de fecha 20 de febrero del 2018, de la Sub Gerencia de Control y Recaudación Tributaria, solicita la ampliación del bene fi cio que otorga la Ordenanza N° 024-2017-MDLP, hasta el día sábado 17 de marzo del 2018; Que, mediante Informe N°006-2018-GATR- MDLP, de fecha 21 de febrero del 2018, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, como consecuencia del informe N° 006-2018-SGCYRT-GATR-MDLP, de fecha 20 de febrero del 2018 de la Sub Gerencia de Control y Recaudación Tributaria, opina por la procedencia y viabilidad técnica favorable del proyecto de “Ordenanza que Prorroga la Vigencia de la Ordenanza N° 024-2017-MDLP que aprueba el beneficio de pronto pago”, a fin que los contribuyentes puedan acogerse al referido beneficio, en especial para aquellos cuyo domicilio fiscal es fuera del distrito de La Perla, para incentivar el pronto pago de los vecinos puntuales; Que, con el Informe Nº141-2018-GAJ-MDLP, de fecha 23 de febrero del 2018 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina por la procedencia de la ordenanza citada en el párrafo anterior a efectos de prorrogar el beneficio tributario, hasta la fecha propuesta, que coincide con la moción presentada y sustentada por el Señor Regidor Ávalos Moreno Carlos Enrique, en la estación de pedidos y aprobada en la estación de Orden del Día de la Sesión de Concejo del 26 de febrero del 2018; Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 9º, numeral 8 y artículo 40º de la Ley Nº27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal con el VOTO UNÁNIME de sus integrantes y con la dispensa del trámite y dictamen de Comisión de Regidores y la dispensa de la lectura y aprobación del acta respectiva, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA N° 024-2017-MDLP QUE APRUEBA EL BENEFICIO DE PRONTO PAGO PARA EL EJERCICIO 2018 EN EL DISTRITO DE LA PERLA Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día sábado, 31 de marzo del 2018, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº024-2017-MDLP, que Aprueba el Bene fi cio de Pronto Pago para el Ejercicio 2018 en el Distrito de La Perla. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas el cumplimiento de la presente disposición, a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información la publicación del presente en el Portal Peruano (www.peru.gob.pe) y en la página web de la Entidad (www.munilaperla.gob.pe) y a la Sub Gerencia de Comunicaciones la difusión correspondiente. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.DIOFÉMENES ARÍSTIDES ARANA ARRIOLA Teniente Alcalde 1620881-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA Aprueban Inmatriculación de diversos predios como primera inscripción de dominio a favor de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO N° 087-2017-MPM-CM Moyobamba, 27 de diciembre de 2017VISTO: En Sesión Ordinaria N° 024-2017, de fecha 27 de diciembre del dos mil diecisiete, presidida por el señor Alcalde Provincial de Moyobamba, el Dictamen N° 026-2017, del 26 de diciembre de 2017, de la Comisión de Desarrollo Urbano, Participación Vecinal y Gestión Ambiental, que opina, por mayoría, porque se apruebe la inscripción en los Registros Públicos como primera inscripción de dominio de los predios urbanos denominados “Barrancos”; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado en armonía con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración; Que, el artículo 56° numeral 1, de la Ley N° 27972 indica que, son bienes de las municipalidades los bienes inmuebles y muebles de uso público destinados a servicios públicos locales; en tanto que, el artículo 58° referido a la Inscripción de Bienes Municipales en el registro de la Propiedad, concordante con el primer