Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2018 (18/03/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

64

NORMAS LEGALES

Domingo 18 de marzo de 2018 /

El Peruano

y su elevación a la autoridad competente de ser el caso. d) Proponer y ejecutar la reglamentación y control de los vehículos de transporte menor, así como velar por el cumplimiento de la normatividad en materia de otorgamiento de licencias de vehículos menores motorizados y no motorizados y otros de similar naturaleza, en concordancia con lo establecido por la normatividad vigente. e) Coordinar las acciones de control de tránsito con la Policía Nacional del Perú, así como las acciones de fiscalización y control que sean delegadas en materia de transporte por la Municipalidad Metropolitana de Lima, para el cumplimiento de las normas sobre la materia, mediante la detección de infracciones e imposición de sanciones por incumplimiento de dichas normas. f) Supervisar y controlar el servicio de los inspectores municipales de transporte, en la ejecución de los Convenios suscritos con la Municipalidad Metropolitana de Lima. g) Programar, organizar, ejecutar y dirigir programas de educación vial en cumplimiento de la normatividad legal de tránsito, promoviendo una cultura de seguridad vial. h) Desviar o inmovilizar el tránsito vehicular en situaciones de emergencias o accidentes de tránsito, cierre de vía pública en caso de actividades o ejecución de obras que ejecute la Municipalidad de La Molina en la vía pública a través de los inspectores municipales de transporte y en concordancia con la regulación provincial. i) Coordinar el apoyo a la PNP sobre acciones de movilización de vehículos, siniestrados, abandonados y en los casos que establezca la norma. j) Coordinar y ejecutar acciones con la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de la Gerencia de Transporte Urbano, que permita accionar conforme a convenios suscritos en materia de transporte urbano de personas y carga. k) Evaluar y monitorear el diseño y cambios de las rutas del transporte regular de pasajeros para satisfacer la demanda de viajes en el distrito de La Molina, y de conformidad a los planes de desarrollo urbano local. l) Aplicar políticas públicas de seguridad vial según lo establecido por el Decreto Supremo N° 019-2017-MTC u otra norma análoga, que disponga acciones en puntos de mayor accidentalidad, que deberá ser puesta de conocimiento ante la unidad orgánica municipal respectiva o autoridad competente. m) Coordinar con el Ministerio de Transporte y Comunicaciones, la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de la Gerencia de Transporte Urbano, Instituto Metropolitano de Protransporte, Instituto Metropolitano de Planificación, la implementación de los planes de transporte urbano y/o de movilidad sostenible en el Distrito. n) Registrar y llevar el control de Actas de Control remitidas por los inspectores municipales de transporte, las cuales serán enviadas a la Subgerencia de Fiscalización del Transporte de la Gerencia de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima. o) Brindar auxilio vial en caso de emergencia en vías altamente críticas para mitigar la congestión vehicular y garantizar un tránsito seguro en las vías del distrito de la Molina. p) Colaborar con la asignación de personal de manera temporal, solicitada por otras unidades orgánicas, para el levantamiento de información de campo (aforos, encuestas) en materia de tránsito y transporte; así como de asignación de vehículos de manera temporal, solicitada por otras unidades orgánicas, previa firma de acta de entrega que permitirá el control adecuado de estos recursos y cumplimiento de su mantenimiento ante la unidad orgánica correspondiente. q) Implementar las recomendaciones de los informes de auditoría emitidos por los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control, de su competencia, debiendo informar a su superior inmediato sobre las medidas adoptadas. r) Formular actualizar y proponer la normatividad interna de su competencia.

s) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven de las disposiciones legales o que le sean asignadas por la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente. GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO (...) Artículo 97°.- Son funciones y atribuciones de la Gerencia de Desarrollo Humano: (...) x) Ser responsable de la fase de Formulación y Evaluación del Ciclo de Inversión. y) Aplicar los contenidos, las metodologías y los parámetros de formulación, aprobados por la DGPMI o por los Sectores, según corresponda, para la formulación y evaluación de los proyectos de inversión cuyos objetivos estén directamente vinculados con los fines para los cuales fue creada la Municipalidad de La Molina. z) Elaborar las fichas técnicas y los estudios de preinversión, con el fin de sustentar la concepción técnica y el dimensionamiento de los proyectos de inversión, para la determinación de su viabilidad, teniendo en cuenta los objetivos, metas de producto e indicadores de resultado previstos en la fase de Programación Multianual; así como, los recursos para la operación y mantenimiento de los activos generados por el proyecto de inversión y las formas de financiamiento. aa) Registrar en el Banco de Inversiones los proyectos de inversión y las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación. bb) Cautelar que las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, no contemplen intervenciones que constituyan proyectos de inversión. cc) Aprobar las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación. dd) Declarar la viabilidad de los proyectos de inversión. ee) Formular proyectos y aprobar las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, que se enmarquen en las competencias de la Municipalidad de La Molina. ff) Elaborar el expediente técnico o documentos equivalentes para el proyecto de inversión, sujetándose a la concepción técnica y dimensionamiento contenidos en la ficha técnica o estudios de preinversión, según sea el caso. gg) Elaborar el expediente técnico o documentos equivalentes para las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, teniendo en cuenta la información registrada en el Banco de Inversiones. hh) Ser responsable por la ejecución física y financiera del proyecto de inversión y de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, sea que lo realice directa o indirectamente conforme a la normatividad vigente en materia presupuestal y de contrataciones. En el caso de los proyectos de inversión a ser ejecutados mediante asociaciones público privadas cofinanciadas, las responsabilidades de la ejecución se establecen en los contratos respectivos. ii) Mantener actualizada la información de la ejecución de las inversiones en el Banco de Inversiones durante la fase de Ejecución, en concordancia con la Ficha Técnica o el estudio de preinversión, para el caso de los proyectos de inversión; y con el PMI respectivo. jj) Implementar las recomendaciones de los informes de auditoría emitidos por los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control, de su competencia, debiendo de informar a su superior inmediato sobre las medidas adoptadas. kk) Formular, actualizar y proponer la normatividad interna de su competencia. ll) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven de las disposiciones legales o que le sean asignadas por la Gerencia Municipal, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.