Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2018 (27/03/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Martes 27 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

47

exclusivamente por las unidades orgánicas de la entidad edil y no por parte de los regidores, por lo que queda descartado que la regidora Yeny Sairitúpac Zaconeta haya ejercido funciones ejecutivas o administrativas. 14. En suma, dado que no se acredita que la regidora cuestionada haya ejercido funciones administrativas ni ejecutivas, corresponde declarar infundado el recurso de apelación y confirmar el acuerdo de concejo impugnado. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la presidencia del magistrado Luis Carlos Arce Córdova, por ausencia del Presidente titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Baltazar York Bernaola Peña y, en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo Nº 0100-2017-MDS, del 25 de octubre de 2017, que declaró improcedente su solicitud de vacancia presentada contra Yeny Sairitúpac Zaconeta, regidora del Concejo Distrital de Salas, provincia y departamento de Ica, por la causal de ejercicio de funciones administrativas y ejecutivas, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Ramos Yzaguirre Secretaria General (e) 1630507-5

Artículo Único.- Autorizar al Banco Interamericano de Finanzas el cierre de cuatro (04) agencias, según se indica: - Agencia Ceres, ubicada en el KM. 6,5 de la Carretera Central, Mz. C, Lote 05, Urbanización Barbadillo, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. - Agencia San Juan de Miraflores, Av. Los Héroes N° 628, Unidad D, B-2, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima. - Agencia Lurín, Av. Los Eucaliptos Lote A-1, esquina Los Ceibos, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima. - Agencia Cusco, Local Comercial N° 156 de la Calle Santa Catalina Angosta, distrito, provincia y departamento de Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1630349-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Modifican la Ordenanza Nº 526-MDR que regula el uso temporal del retiro municipal con fines comerciales en el distrito del Rímac
ORDENANZA Nº 533-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC Visto, en Sesión Ordinaria de fecha 24 de febrero del 2018, contando con el voto unánime del Pleno del Concejo y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 526-MDR REGULA EL USO TEMPORAL DEL RETIRO MUNICIPAL CON FINES COMERCIALES EN EL DISTRITO DEL RÍMAC Artículo Único.- Modifíquese el artículo 5º de la Ordenanza Nº 526-MDR, que regula el uso temporal del retiro municipal con fines comerciales en el distrito del Rímac, quedando el texto de la siguiente manera: "Artículo 5º OTORGAMIENTO DE LA AUTORIZACIÓN Los establecimientos que pueden solicitar autorización temporal de uso del retiro municipal, son lo que ejerzan las siguientes actividades comerciales y afines: a. Establecimiento en general de comida ejemplo: restaurantes, fast food, fuentes de soda, cafeterías, etc. b. Panadería, dulcerías, pastelería c. Galería de arte y artesanías d. Florerías e. Farmacias f. Boutique g. Veterinarias h. Cooperativas de Ahorro y entidades financieras i. Notarías y oficinas en general. j. Peluquería y otros tratamientos de belleza k. Gimnasio. La actividad económica, y/o de servicios a desarrollarse en el área del retiro municipal deberá ser del mismo giro de la licencia de funcionamiento. Para el caso de locales comerciales dedicados a restaurante, fuente de soda, cafetería, panaderías y/o

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco Interamericano de Finanzas el cierre de agencias ubicadas en los departamentos de Lima y Cusco
RESOLUCIÓN SBS Nº 975-2018 Lima, 13 de marzo de 2018 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas para que se le autorice el cierre de cuatro (04) agencias, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "E"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.