Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2018 (28/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Miércoles 28 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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VISTO: El Memorando Nº 0354-2018-GM/MDSJL de 22 de marzo de 2018, de la Gerencia Municipal, y los Informes Nº 056-2018-SGTTV-GDE/MDSJL y Nº 0072018-GDE/MDSJL de 15 y 19 de marzo de 2018, de la Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Vialidad, y la Gerencia de Desarrollo Económico, respectivamente, sobre suspensión temporal de efectos de Decreto de Alcaldía Nº 001-2018-A/MDSJL de 23 de enero de 2018; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2018-A/ MDSJL de 23 de enero de 2018, se aprobó el Estudio Técnico del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados del Distrito de San Juan de Lurigancho, publicado en el diario oficial El Peruano el 09 de febrero de 2018, con el cual se detalla la necesidad de incrementar las unidades de vehículos menores; Que, mediante Informe Nº 056-2018-SGTTV-GDE/ MDSJL de 15 de marzo de 2018, la Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Vialidad, con la opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo Económico según Informe Nº 007-2018-GDE/MDSJL de 19 de marzo de 2018, justifica la necesidad de suspender temporalmente la aplicación del Estudio Técnico del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados del Distrito de San Juan de Lurigancho, aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2018-A/MDSJL, que si bien justifica la necesidad de incremento de unidades de vehículos motorizados, no dice cómo ejecutarlo, requiriendo un Plan Regulador que detalle el modo, forma y requisitos, conforme al numeral 17.2 del artículo 17º de la Ordenanza Nº 1693-MML, el mismo que se encuentra en elaboración; Que, con Informe Nº 146-2018-GAJ/MDSJL de 22 de marzo de 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica, verifica la validez legal de la referida propuesta de suspensión, con la finalidad que el referido Estudio Técnico aprobado se ejecute en función al Plan Regulador conforme al numeral 17.1 del artículo 17º de la Ordenanza Nº 1693MML; Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- SUSPENDER temporalmente la aplicación del Estudio Técnico del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados del Distrito de San Juan de Lurigancho, aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2018-A/ MDSJL de 23 de enero de 2018, publicado en el diario oficial El Peruano el 09 de febrero de 2018, hasta la aprobación del Plan Regulador de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Desarrollo Económico, a través de sus unidades competentes, la ejecución del presente decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano, y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional en el portal institucional (www. munisjl.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ Alcalde 1631249-1

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Aprueban Propuesta Técnica de Límite Territorial y autorizan la suscripción del Acta de Acuerdo de Límites Territoriales Definitiva de Demarcación Territorial entre los distritos de Santiago de Surco y Barranco
ACUERDO DE CONCEJO Nº 16-2018-ACSS Santiago de Surco, 20 de marzo de 2018 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Nº 001-2018-CEL-MSS de la Comisión Especial de Límites, la Carta Nº 484-2018-SGMSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 161-2018-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 139-2018-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 007-2018-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 046-2018-SGPUCGDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el Oficio Múltiple Nº 0075-2018-MML-IMPDE del Instituto Metropolitano de Planificación, entre otros documentos respecto del Proyecto de Acuerdo de Concejo de Respaldo a la Propuesta de Límite Territorial consensuado entre los distritos de Santiago de Surco y Barranco; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Capital de la República tiene régimen especial, el cual le otorga a la Municipalidad Metropolitana de Lima, competencias y funciones específicas irrestrictas de carácter local metropolitano y regional, de conformidad con el Artículo 198º de la Constitución Política del Perú, el Artículo 33º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, el Título XIII de la Ley Orgánica de Municipalidad Nº 27972; Que, conforme a la citadas leyes, en la Provincia de Lima las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima, la cual posee autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia regional y municipal; y, toda mención contenida en la legislación nacional que haga referencia a los gobiernos regionales, se entiende también hecha a la Municipalidad Metropolitana de Lima, en lo que resulte aplicable; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece en su Artículo 10º numeral 1, literal k) como competencia exclusiva: "Organizar y aprobar los expedientes técnicos sobre acciones de Demarcación Territorial en su jurisdicción, conforme a la ley de la materia"; asimismo el literal f) del Artículo 53º establece como función en materia ambiental y de ordenamiento territorial: "Planificar y desarrollar acciones de ordenamiento y delimitación en el ámbito regional y

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