Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2018 (28/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

Miércoles 28 de marzo de 2018 /

El Peruano

Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor José Wilfredo Canales Rojas, con matrícula número N-4589, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.Corredores de Seguros Generales, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1630411-1

Autorizan a Seguros Sura el cierre de agencias ubicadas en los departamentos de La Libertad y Arequipa
RESOLUCIÓN SBS Nº 1143-2018 Lima, 23 de marzo de 2018 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por SEGUROS SURA, para que se le autorice el cierre de una (1) agencia ubicada en el Departamento de Arequipa, y una (1) agencia ubicada en el Departamento de Trujillo; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución SBS Nº 1519-2004 de fecha 03 de setiembre de.2004, esta Superintendencia autorizó a Invita Seguros de Vida, la apertura de la agencia ubicada en Calle Moral Nº223-225, Cercado, Provincia y Departamento de Arequipa; y, mediante Resolución SBS Nº 527-2015 de fecha 23 de enero de 2015, se autorizó el traslado hacia una nueva ubicación en Av. Ejército Nº 107-B, Distrito de Yanahuara, Provincia y Departamento de Arequipa; Que, mediante la Resolución SBS Nº 1051-2011 de fecha 28 de enero de 2011, esta Superintendencia autorizó a Invita Seguros de Vida, la apertura de la agencia ubicada en Jr. Independencia Nº263, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad; y, mediante Resolución SBS Nº 4321-2014 de fecha 07 de julio de 2014, se autorizó el traslado hacia una nueva ubicación en Av. Víctor Larco Herrera Nº 535, Urb. La Meced, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad; Que, mediante Resolución SBS Nº 8551-2012, el Grupo de Inversiones Suramericana S.A. (Grupo SURA), mediante una subsidiaria, adquirió el 63% del capital social de la Compañía y se realizó la modificación de la denominación social por Seguros SURA; Que, en aplicación del artículo 3º del Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015 y el Procedimiento Nº 14 del TUPA de esta Superintendencia, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el cierre de las dos (2) agencias, la cual se ha encontrado conforme tras la evaluación presentada; Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión de Seguros "A" y del Departamento de Asesoría y Supervisión Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 58292014 del 5 de setiembre de 2014; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a SEGUROS SURA, el cierre de la agencia ubicada en Av. Víctor Larco Herrera Nº 535, Urb. La Meced, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad. Artículo Segundo.- Autorizar a SEGUROS SURA, el cierre de la agencia ubicada en Av. Ejército Nº107-B, Distrito de Yanahuara, Provincia y Departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO BERNALES MEAVE Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 1631051-1

Autorizan al Banco Falabella Perú S.A. la apertura de oficina especial en el distrito, provincia y departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN SBS Nº 1040-2018 Lima, 15 de marzo de 2018 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Banco Falabella Perú S.A. para que se le autorice la apertura de una (1) oficina especial según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Falabella Perú S.A. la apertura de la siguiente oficina especial: · Calle La Merced N° 127, 129 y 131, distrito, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1630320-1

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