Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2018 (05/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Sábado 5 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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Se ha Aprobado la Ordenanza Regional: Artículo Primero.- APROBAR, la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Gerencia Sub Regional Bagua. Artículo Segundo.- DEJAR, sin efecto la Ordenanza Regional Nº 041-2004-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 21 de julio del 2004. Artículo Tercero.- DISPONER, que a través de la Secretaría del Consejo se Publique la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 23 días del mes de marzo del año 2018. DIOGENES CELIS JIMENEZ Presidente (e) Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 09 ABR. 2018. GILMER W. HORNA CORRALES Gobernador Regional Gobierno Regional Amazonas 1643641-1

Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional Agraria Amazonas
ORDENANZA REGIONAL Nº 414 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización ­ Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización ­ Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en sus artículos 191º y 192º establecen que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia" y promueve el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Que, inciso 1) del artículo 17º, de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos y en la Gestión Pública; para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuenta. Que, el literal a) del Artículo 15 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, establece que es atribución del Consejo

Regional: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional", Asimismo el Artículo 38º del mismo cuerpo normativo, señala: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidos a la Presidencia Regional para su promulgación"; Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), es un documento técnico normativo de Gestión Institucional, que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientado al esfuerzo institucional y el logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los Órganos y Unidades Orgánicas, estableciendo sus atribuciones y responsabilidades en el marco de las normas legales respectivas vigentes; Que, La Dirección Regional de Agraria Amazonas, ha modificado su Reglamento de Organización y Funciones (ROF), por cuanto se ha incorporado nuevas funciones y otras se han modificado, a fin de estar acorde a las nuevas disposiciones legales vigentes y los lineamientos del Decreto Legislativo 1252 que crea el Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones donde se establece la creación de la Unidad Formuladora y de la Unidad Ejecutora de Inversiones ; del Artículo Nº 46 de la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo que establece la operatividad de los sistemas administrativos en las entidades estatales; también se tomó en cuenta que el Ministerio de Agricultura y Riego mediante Ley Nº 30048 modifica el Decreto Legislativo Nº 997 Ley de Organización y funciones del Ministerio de Agricultura; y con Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI y sus modificatorias aprueba su Reglamento de Organización y Funciones, documento que actualiza su estructura orgánica sectorial para una mejor articulación y coordinación funcional en los tres niveles de gobierno; Ordenanza Regional Nº 327-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ CR, de fecha 17 de mayo del 2013, mediante el cual el Gobierno Regional de Amazonas aprueba la CREACIÓN de la Autoridad Regional Ambiental Amazonas (ARA Amazonas); quien a través de su Dirección Ejecutiva de Gestión de Bosques y Fauna Silvestre asume las funciones en materia de forestal y fauna silvestre que inicialmente fueron competencia de la Dirección Regional Agraria Amazonas , por tanto se hace necesario suprimir de su estructura orgánica a la Dirección de Forestal y Fauna Silvestre para no duplicar funciones; además las modificación propuestas obedecen al cumplimiento de las disposiciones normativas del D.S. Nº 043-2006PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones, en las entidades de la Administración Pública. Que, el Proyecto de modificación del Reglamento de organización y Funciones (ROF) presentado, por la Dirección Regional Agraria Amazonas, en su Informe técnico sustenta, su estructura Orgánica hasta el tercer nivel organizacional, según lo establecido en el literal g) del artículo 10º del D.S. Nº 043 -2006- PCM, por lo que se ha creado las Unidades de: Planeamiento y Monitoreo; Presupuesto; Abastecimiento, Contabilidad, Recursos Humanos y Tesorería; la Unidad Formuladora; la Sub Dirección de la Unidad Ejecutora de Inversiones; se ésta suprimiendo la Dirección Forestal y de Fauna Silvestre; y se ha cambiado de denominación algunas Direcciones y Oficinas que permitan un mejor articulamiento con el Ministerio de Agricultura y Riego facilitando los niveles de coordinación y de trabajo en conjunto; además se actualiza en cumplimiento al D.S. Nº 043 -2006- PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de las Entidades de la Administración Pública, en cuanto al diseño o contenido del documento de gestión; y que se sustenta con el Informe Técnico del Director de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección Regional Agraria Amazonas. Que, la Modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional Agraria Amazonas , cumple con los requisitos que exigen las normas y cuenta con opinión técnica y legal favorable de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y

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