Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2018 (05/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Sábado 5 de mayo de 2018 /

El Peruano

Fiscalización y Coactiva Administrativa, a la Gerencia de Desarrollo Social, así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, y a la Gerencia de Participación Vecinal la difusión de la misma. Décima.- DISPONER la publicación de la presente ordenanza en el portal del Estado Peruano, en el portal Institucional www.munisurco.gob.pe y en el portal de servicios al ciudadano y empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe., dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 13º de la Directiva Nº 001-2017-PCM/CGP, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 035-2017-PCM. Décima Primera.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde ANEXO DE LA ORDENANZA Nº 579-MSS QUE REGULA LA CAMPAÑA DE FACILITACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO EN EL ÁREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO I, II, IV Y PARTE DEL ÁREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO III DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO · URBANIZACIÓN EL TOTORAL. · VILLA LIBERTAD DE MONTERRICO. · AA.HH. MANUEL MEDINA PAREDES. · ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LA INMACULADA. · ASOCIACIÓN DE REPORTEROS GRÁFICOS DEL PERÚ. · EX FUNDO TALANA. · URBANIZACIÓN LUÍS SÁNCHEZ CERRO. · URBANIZACIÓN JORGE CHÁVEZ. · URBANIZACIÓN SAN IGNACIO DE MONTERRICO ­ LOYOLA. 1644357-1

reglamento que precisa y complementa las disposiciones que regulan los procedimientos del proyecto ciudad satélite Huacho; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º reconoce a las Municipalidades como órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto de nuestra Carta Magna, que guarda concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa, asimismo, el inc. 8) del artículo 9º de la norma en comento, indica que una de las atribuciones del Concejo Municipal es aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Que, mediante Ordenanza Provincial Nº 042-99 de fecha 16.08.1999 se aprueba el procedimiento para asignación y adjudicación de lotes en el proyecto ciudad satélite en forma individualizada, así como la asignación de lotes matrices a favor de personas jurídicas; posteriormente mediante Ordenanza Provincial Nº 0492000, se aprueba el procedimiento administrativo para la culminación de la titulación de lotes en el mencionado proyecto, estableciendo que: "La vigencia de la aplicación de la presente Ordenanza será hasta el 31 de diciembre del 2000, al año siguiente la adjudicación será abierta a pedido de cualquier poblador, siempre y cuando no pertenezca o haya pertenecido a ninguna asociación de vivienda registrada en el proyecto ciudad satélite.." Bajo este contexto, la Sub Gerencia de Formalización de la Propiedad Informal mediante Informe Nº 1779-2017-SGFPI/MPH de fecha 18.09.2017 remite el proyecto de Ordenanza denominado: "Ordenanza Complementaria a las normas municipales que regulan los procedimientos administrativos referidos al proyecto ciudad satélite en la ciudad de Huacho"; que tiene por finalidad culminar las adjudicaciones y titulaciones de los predios pertenecientes a la ciudad satélite Huacho, teniendo en cuenta que existen asociaciones de vivienda que han obtenido asignaciones posterior al año 2000, sin que alguno de sus asociados inicie su procedimiento de adjudicación y titulación; asimismo, a la fecha existen predios destinados a terceros, tales como equipamientos urbanos como áreas verdes, colegios, centros de salud, entre otros, las cuales se encuentran ocupadas por miembros de asociaciones de vivienda, siendo conveniente para la entidad municipal realizar la formalización de las áreas ocupadas. En este sentido, mediante Informe Nº 664-2017GAJ/MPH, la Gerencia de Asesoría Jurídica manifiesta que, estando a la especialidad de la Sub Gerencia de Formalización de la Propiedad Informal, resulta viable se le encargue realizar las acciones administrativas correspondientes a efectos de formalizar los predios ubicados en el Proyecto Ciudad Satélite, teniendo como consecuencia el mejoramiento en el orden urbano de la ciudad; opinión compartida por la Gerencia Municipal mediante Informe Nº 139-2017-GM/MPH. Estando a lo expuesto y conforme a las facultades conferidas en el Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal en forma unánime; aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE PRECISA Y COMPLEMENTA LAS DISPOSICIONES QUE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS DEL PROYECTO CIUDAD SATÉLITE HUACHO Artículo Primero.- APROBAR el reglamento que precisa y complementa las disposiciones que regulan

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Aprueban el reglamento que precisa y complementa disposiciones que regulan los procedimientos del proyecto ciudad satélite Huacho
(Se publica la presente Ordenanza de la Municipalidad Provincial de Huaura, solicitado mediante Oficio N° 306-2018-ALC-MPH, recibido el 4 de mayo de 2018) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 028-2017/MPH Huacho, 25 de octubre de 2017 POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Huaura Visto: en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 20 de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el

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