Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2018 (15/05/2018)
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TEXTO DE LA PÁGINA 83
El Peruano / Martes 15 de mayo de 2018
NORMAS LEGALES
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PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Amplían alcances de la Res. Adm. N° 093-2018-CE-PJ a todos los órganos jurisdiccionales que conforman la Corte Suprema de Justicia
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 123-2018-CE-PJ Lima, 26 de abril de 2018 VISTO: El Oficio N° 994-2018-A-CS/PJ, cursado por el Jefe de la Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 093-2018-CE-PJ, del 14 de marzo de 2018, se autorizó a las Cortes Superiores de Justicia del país, para que permitan la toma de notas de la información contenida en los expedientes judiciales, a través de mecanismos de digitalización o con el uso de teléfonos celulares. Segundo. Que, en mérito a la referida resolución administrativa, el Jefe de la Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República advierte, que habiéndose realizado un criterio interpretativo amplio del término "tomar nota" para el uso de los instrumentos mencionados en la acotada resolución, no se hace referencia a la Corte Suprema de Justicia de la República, pese a que la mencionada oficina de administración cuenta con una Sala de Lectura de Expedientes para las partes procesales, sus abogados o apoderados; por lo que, considera que resulta necesario ampliar el alcance de la Resolución Administrativa N° 093-2018-CEPJ, incluyéndose a la Corte Suprema de Justicia de la República. Tercero. Que, en tal sentido, resulta necesario ampliar la Resolución Administrativa N° 093-2018-CE-PJ, a todos los órganos jurisdiccionales que conforman la Corte Suprema de Justicia de la República, con el mismo criterio interpretativo mencionado en el considerando sexto de dicha resolución. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 320-2018 de la décimo primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Angulo Arana; en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ampliar los alcances de la Resolución Administrativa N° 093-2018-CE-PJ, del 14 de marzo de 2018, a todos los órganos jurisdiccionales que conforman la Corte Suprema de Justicia de la República, para que permitan la toma de notas de la información contenida en los expedientes judiciales, a través de mecanismos de digitalización o con el uso de teléfonos celulares. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Salas Especializadas de la Corte Suprema
de Justicia de la República, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1647482-1
Prorrogan funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios de diversas Cortes Superiores de Justicia y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 127-2018-CE-PJ Lima, 26 de abril de 2018 VISTOS: El Oficio N° 339-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ que adjunta el Informe N° 032-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursado por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial; así como, el Oficio Nº 199-2018-P-ETII.NLPT-CE-PJ, del Consejero Responsable del del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo. CONSIDERANDO: Primero. Que, por Resolución Administrativa N° 025-2018-P-CE-PJ de fecha 28 de febrero de 2018, se prorrogó el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios que se encuentran bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, hasta el 30 de abril de 2018; disponiéndose, además, que las Comisiones Distritales de Productividad Judicial cumplan con monitorear el funcionamiento de la producción de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal; así como, emitir informe de la labor realizada por los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios. Segundo. Que, mediante Resolución Administrativa N° 185-2016-CE-PJ de fecha 20 de julio de 2016, se aprobaron a partir del 1 de setiembre de 2016, los nuevos estándares de expedientes resueltos para los órganos jurisdiccionales ubicados en las sedes principales de las Cortes Superiores de Justicia del país; así como, para los órganos jurisdiccionales que se encuentran fuera de la sede principal de las Cortes Superiores de Justicia del país, ubicados en las Zonas A, B y C. Tercero. Que, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial mediante Oficio N° 339-2018-OPJ-CNPJ-CE-PJ, elevó a la Presidencia de este Órgano de Gobierno el Informe N° 032-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ, a través del cual informó lo siguiente: a) Conforme a lo establecido en el numeral 12.1 del Capítulo XII del Plan de Liquidación Penal 2017, aprobado por Resolución Administrativa N° 085-2017-CEPJ, el Distrito Judicial de Cajamarca necesitaba contar durante los meses de mayo, junio y julio del año 2017 con el apoyo de un juzgado penal liquidador transitorio para los procesos penales con el Código de Procedimientos Penales de 1940, pero debido a que la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal no contaba en ese momento con un órgano jurisdiccional transitorio para dicho requerimiento, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso mediante el artículo sexto de la Resolución Administrativa N° 115-2017-CE-PJ, que el Juzgado Penal Transitorio para procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia del Callao, el cual es un órgano jurisdiccional transitorio de descarga a cargo de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, sea reubicado temporalmente a la Corte Superior de