Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2018 (17/05/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano / Jueves 17 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

107

el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana en Sesión de fecha 08 de marzo de 2018; Que, mediante Memorando N° 322-2018-MSB-GM la Gerencia Municipal eleva el proyecto de Ordenanza que ratifica el Plan Local de Seguridad Ciudadana de San Borja periodo 2018, así como los informes que sustentan la propuesta a fin de ser puestos a consideración del Concejo Municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 del artículo 9° y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por unanimidad, y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE SAN BORJA PERIODO 2018 Artículo 1.- RATIFICACIÓN RATIFICAR el "Plan Local de Seguridad Ciudadana de San Borja 2018" aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de San Borja según Acta de fecha 08 de marzo de 2018, en cumplimiento de lo establecido en la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2.- CUMPLIMIENTO ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana en su condición de Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de San Borja. Artículo 3.- PUBLICACIÓN ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; y a la Gerencia de Tecnologías de la Información, su publicación en el Portal Institucional (www.munisanborja. gob.pe). Artículo 4.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 1648589-1

002-2018-ST-CODISEC-MSS del Secretario Técnico del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, entre otros documentos, sobre proyecto de Ordenanza que Ratifica el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2018; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el literal a) del numeral 18.1 del Artículo 18º de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 27181, señala que las Municipalidades Distritales ejercen competencia: "En materia de transporte: en general, las que los reglamentos nacionales y las normas emitidas por la Municipalidad Provincial respectiva les señalen y en particular, la regulación del transporte menor (mototaxis y similares)"; Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que "Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. (...)". Asimismo el artículo 9º inciso 8) de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos"; Que, mediante Ley Nº 27933, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), el cual: "... Tiene por objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respecto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional. Comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción, que conforman la Nación Peruana"; Que, el Artículo 26º del Decreto Supremo Nº 011-2014IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, establece que: "El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la Seguridad Ciudadana, en el ámbito distrital; Articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital. Cuenta con una Secretaría Técnica"; Que, el literal e) del Artículo 30º del mencionado Reglamento, señala que como Secretaría Técnica del CODISEC, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital o el órgano que haga sus veces, tiene entre sus funciones: "Presentar al Concejo Municipal Distrital, el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC, para su ratificación mediante Ordenanza Municipal"; Que, mediante Informe Nº 002-2018-ST-CODISECMSS de fecha 09.03.2018, el Secretario Técnico del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Nº 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, remite la propuesta de Ordenanza que Ratifica el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2018, aprobado por el CODISEC conforme al Acta de Aprobación del Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2018 de fecha 09.01.2018; Que, con Memorándum Nº 299-2018-GSEGC-MSS del 23.03.2017, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, teniendo en cuenta lo dispuesto en el inciso e) del Artículo 30º del Reglamento de la Ley Nº 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, así como lo informado por las

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Ratifican Plan Distrital Ciudadana 2018 de Seguridad

ORDENANZA Nº 578-MSS Santiago de Surco, 30 de abril de 2018 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 01-2018-CSCTSVCAJ-MSS, de las Comisiones de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Seguridad Vial, y de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 726-2018-SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 244-2018-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 260-2018-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 675-2018-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum Nº 299-2018-GSEGC-MSS de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Informe Nº

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.