Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2018 (26/05/2018)


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El Peruano / Sábado 26 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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de la Universidad Nacional de Frontera, se hace necesario proyectar la resolución pertinente, la misma que deberá contener los acuerdos pertinentes, de Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora del 22/05/2018; Décimo Primero.- Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 062-2016-MINEDU de fecha 13 mayo de 2016 se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera, integrada por: Carlos Joaquín Larrea Venegas, Presidente de la Comisión Organizadora, César Leonardo Haro Díaz, Vicepresidente Académico; y Edmundo Gerardo Moreno Terrazas, Vicepresidente de Investigación; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, la Ley de Creación de la Universidad Nacional de Frontera Nº 29568 y la Resolución Viceministerial Nº 062-2016-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR sin efecto la Resolución de Comisión Organizadora Nº 074-2018-CO-UNF de fecha 30 de abril de 2018. Artículo Segundo.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión de servicios del Sr. Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera - Dr. Carlos Joaquín Larrea Venegas y Sr. Vicepresidente de Investigación ­ Dr. Edmundo Gerardo Moreno Terrazas, para asistir al Primer Simposio Perú Global 2021: Prácticas de Excelencia en la Gestión de la Investigación, el mismo que se llevará a cabo en el campus de Harvard University en Cambridge Massachusetts ­ Estados Unidos, durante los días 29 de mayo al 02 de junio de 2018; autorizando su salida del país con un día (01) de anticipación, así como su retorno un día (01) posterior al término del mismo. Artículo Tercero.- DISPONER que los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, serán cubiertos con recursos del Presupuesto de la Universidad Nacional de Frontera, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes para dos personas (Piura-Lima-EE.UULima-Piura) en clase económica por US$ 4,316.00 (Cuatro mil trescientos dieciséis y 00/100 Dólares Americanos) - Viáticos para dos personas por 05 días (US$ 440 por día) US$ 4,400.00 (Cuatro mil cuatrocientos y 00/100 Dólares Americanos) Artículo Cuarto.- QUE los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, presenten un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Quinto.- ENCARGAR las funciones y atribuciones inherentes de la Presidencia de la Comisión Organizadora y de la Vicepresidencia de Investigación del 28 de mayo al 01 junio de 2018 al Sr. Vicepresidente Académico de la UNF ­ Dr. César Leonardo Haro Díaz, quedando autorizado para la firma de actos y decisiones en el marco del encargo de funciones. Artículo Sexto.- COMUNICAR las comisiones de servicios autorizadas, a la Oficina Planeamiento Estratégico y Presupuesto, para la Certificación Presupuestaria pertinente y trámite, quedando autorizada a realizar la modificación presupuestaria, de ser necesario y plantear ante la Dirección General de Presupuesto Público del MEF la modificación de la Programación de Compromisos Anualizada-PCA respectiva. Artículo Séptimo.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Artículo Octavo.- DISPONER que la presente Resolución sea notificada a las instancias académicas y administrativas pertinentes para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y ejecútese. CARLOS JOAQUÍN LARREA VENEGAS Presidente de la Comisión Organizadora JOyCE DEL PILAR VARILLAS CRUZ Secretaria General 1651803-1

Autorizan la emisión de duplicados de diplomas de grado académico de bachilleres en educación y administración de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO SECRETARÍA GENERAL RESOLUCION Nº CU-0215-2018-UNSAAC/ Cusco, 3 de mayo de 2018. EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente Nro. 811404, presentado por doña AMPARO VELASQUEZ MAR, con Código Universitario Nro. 029363, egresada del Programa de Complementación Académica Magisterial-PROCAM, de la hoy Facultad de Educación y Ciencias de la Comunicación de la Institución, solicitando emisión de duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Educación, por motivo de deterioro; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nro. 28626 y su modificatoria del TUO aprobado por Resolución Nº 1256-2013-ANR, se faculta a las universidades públicas y privadas, la expedición de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y mutilación; siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; norma concordante con el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/ CD, de fecha 18 de diciembre de 2015, y modificado por Resolución del Consejo Directivo Nº 038-2016-SUNEDU/CD de fecha 11 de noviembre de 2016, dispuesta en el Art. 3º; Que, la Institución regula el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos, mediante Directiva aprobada por Resolución Nro. CU-224-2006UNSAAC, de 09 de febrero de 2006, actualizada por Resolución Nº R-1152-2017-UNSAAC, de fecha 19 de setiembre de 2017; Que, la administrada mediante expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Educación, por motivo de deterioro, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición la documentación sustentatoria respectiva, conforme a Directiva de la Institución; Que, del Informe Nº 006-PROCAM-FEDUNSAAC-2018, emitido por el Director (e) del Programa de Complementación Académica MagisterialPROCAM y Proveído Nº 0219-2018-FEDYCsUNSAAC de la Decana de la Facultad de Educación y Ciencias de la Comunicación se desprende que doña Amparo Velasquez Mar, ha sido declarada apta para optar al Grado Académico de Bachiller en Educación, mediante el PROCAM, con el Título Pedagógico en la Especialidad de Educación Primaria en mérito a la Resolución NºCU-2607-2005-GT de fecha 30 de diciembre de 2005; Que, del Informe Nro. 039-2018-GT-UNSAAC, expedido por el Equipo de Grados y Títulos de la Oficina de Secretaría General de la Institución, se colige que la recurrente optó al Grado Académico de Bachiller en Educación, en el Programa de Complementación Académica Magisterial-PROCAM, conforme obra en el Libro de Registro de Grados y Títulos Nro.11-B, encontrándose inscrito en el folio Nº 604 con Resolución Nº CU-2607-2005-GT de fecha 30 de diciembre de 2005, asimismo, se verificó que el diploma del administrado se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Grados y Títulos Profesionales de la SUNEDU; Que, la petición formulada por la administrada ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en

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