Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2018 (01/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES
Fecha y hora de arribo: Captura estimada total (kg):

Jueves 1 de noviembre de 2018 /

El Peruano

las disposiciones legales aplicables. Asimismo, debe remitir al IMARPE copia de los formatos de desembarque recabados de manera oportuna, a efectos de garantizar el adecuado procesamiento de la información contenida en el mismo. Asimismo, la citada Dirección General está facultada a modificar, mediante Resolución Directoral, el Listado de puntos autorizados de desembarque señalados en el Anexo 2 de la presente Resolución Ministerial a efectos de ampliar los puntos de desembarque del referido listado o de excluir aquellos puntos de desembarque que presenten situaciones de hostigamiento, violencia o agresión contra los inspectores, con la finalidad de garantizar la efectiva realización de acciones control y vigilancia; pudiendo además, de considerar pertinente, establecer disposiciones orientadas a garantizar el cumplimiento de sus labores de supervisión y fiscalización. 5.2 En atención a los objetivos de la presente Pesca Exploratoria, no resultan aplicables las disposiciones legales referidas a la captura de ejemplares de los recursos jurel (Trachurus murphyi) y caballa (Scomber japonicus peruanus) en tallas menores a las establecidas, siempre y cuando hubieren sido extraídos cumpliendo las directrices e indicaciones del personal del IMARPE y las condiciones señaladas en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial. En caso de detectar ejemplares en tallas menores a las autorizadas de los recursos jurel y caballa proveniente de las capturas de embarcaciones que no cumplan con las condiciones y requisitos establecidos para la presente pesca exploratoria, le serán de aplicación las infracciones y sanciones correspondientes. Artículo 6.- INFRACCIONES Y SANCIONES Las embarcaciones pesqueras participantes que incumplan las condiciones y obligaciones señaladas en la presente Resolución Ministerial serán excluidas de la Pesca Exploratoria, sin perjuicio del inicio del correspondiente procedimiento administrativo sancionador, conforme a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas aprobado por Decreto Supremo N° 017-2017-PRODUCE, y demás disposiciones legales aplicables. Artículo 7.- DIFUSIÓN Y CUMPLIMIENTO Las Direcciones Generales de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto, de Pesca Artesanal, de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; así como las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Fecha y hora de zarpe:

Puerto de zarpe: Puerto de arribo: Sistema de preservación:

Cala

Hora Inicio

Posición geográfica (*) Latitud Longitud Caballa Jurel

Especies Capturadas Peso (kg) Talla prom. (cm)

1

Bonito Anchoveta Otros Caballa Jurel

2

Bonito Anchoveta Otros Caballa Jurel

3

Bonito Anchoveta Otros Caballa Jurel

4

Bonito Anchoveta Otros Caballa Jurel

5

Bonito Anchoveta Otros
(*) En caso de no tener datos de latitud/longitud, indicar la referencia donde se realizó el lance

Observaciones:

Nombre del armador:

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción ANEXO 1 FORMATO DE DESEMBARQUE PARA LA PESCA EXPLORATORIA DE LOS RECURSOS JUREL Y CABALLA
Nombre de la embarcación: Permiso de pesca Matrícula: Capacidad de bodega (m3):

Nombre del Inspector de PRODUCE: Firma del Inspector de PRODUCE

Firma del armador:

ANEXO 2 PUNTOS DE DESEMBARQUE AUTORIZADOS EN EL MARCO DE LA PESCA EXPLORATORIA DE LOS RECURSOS JUREL Y CABALLA
N° 1 2 Región Tumbes Localidad Cancas Acapulco Punto Autorizado de Desembarque Desembarcadero Pesquero Artesanal de Cancas Desembarcadero Pesquero Artesanal de Acapulco

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