Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2018 (02/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de noviembre de 2018 /

El Peruano

Que, mediante Oficio N° 900156-2018-VMPCIC/MC de fecha 5 de octubre de 2018, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales comunica a la Dirección de Política Cultural del Ministerio de Relaciones Exteriores, que se ha apoyado la iniciativa del gobierno brasileño a través de la realización de una convocatoria de ayudas al alojamiento de los emprendedores que representen a nuestro país en dicho espacio, la misma que estuvo a cargo de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; Que, el artículo 77 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfica y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor; Que, con el Informe N° 900273-2018/DGIA/VMPCIC/ MC de fecha 26 de octubre de 2018, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes señala que el MICBR es una plataforma creada con el propósito de impulsar la internacionalización de la producción cultural brasileña, así como el intercambio y comercialización de bienes y servicios culturales entre distintos países, en especial de América del Sur, en cuya primera edición se espera la participación de 5 mil personas provenientes de 10 países de Sudamérica, y la presencia de 60 compradores internacionales provenientes de América del Norte, Europa y Asia, quienes participarán en todos los espacios promovidos por el MICBR; asimismo, tiene como objetivo ser una plataforma para generar redes de contactos, intercambiar experiencias y promover la comercialización de bienes y servicios culturales entre los países de la región, lo que permitirá la internacionalización de la oferta cultural peruana, y contribuirá a la mejora de habilidades de negociación de los emprendedores culturales del mercado nacional; Que, en tal sentido, dicha Dirección General comunica que la participación peruana se compone de 12 vendedores y 3 compradores peruanos provenientes de cinco sectores de las industrias culturales: audiovisual, editorial, artes escénicas, música y videojuegos; que participarán en rondas de negocio, actividades de formación para emprendedores, tales como conferencias, seminarios, talleres y clínicas de mentoría, entre otros; motivo por el cual, considera pertinente la participación de un representante del Ministerio de Cultura para contar con presencia institucional, supervisar las acciones del stand peruano y garantizar la ejecución de la agenda programada entre los emprendedores que ganaron la convocatoria lanzada y los distintos compradores que estarán presentes en el Mercado, por lo que solicita se autorice la participación del señor Luis Alberto Calle Valladares, especialista de proyectos culturales de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, del 3 al 10 de noviembre de 2018; Que, por las consideraciones expuestas, atendiendo a la temática del evento en mención y los fines antes señalados, resulta de interés institucional autorizar el viaje del citado profesional a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil; cuyo gasto por concepto de alojamiento y alimentación (desayunos) serán cubiertos por el Ministerio de Cultura de la República Federativa de Brasil, mientras que los pasajes aéreos, traslados internos y alimentación (almuerzos y cenas) serán cubiertos con cargo al Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, el artículo 10 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, establece que durante el presente año, la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley Nº 27619,

aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, serán autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Luis Alberto Calle Valladares, especialista de proyectos culturales de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, del 3 al 10 de noviembre de 2018; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 003: Ministerio de Cultura, conforme al siguiente detalle: Pasaje aéreo, (incluido TUUA): US$ 850.00 Viáticos (US$ 370 x 8 días parciales): US$ 1 184.00 ------------------TOTAL: US$ 2 034.00 Artículo 3.- Disponer que el citado profesional, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presente ante el Ministerio de Cultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura 1708236-1

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la Pintura tradicional de Sarhua, del distrito de Sarhua, provincia de Víctor Fajardo, departamento de Ayacucho
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 197-2018-VMPCIC-MC Lima, 29 de octubre de 2018 VISTOS, el Informe N° 900167-2018/DPI/DGPC/ VMPCIC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y el Informe N° 900402-2018/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación,

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