Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2018 (02/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de noviembre de 2018 /

El Peruano

Con la evaluación y procesamiento de la información se obtiene el resultado del pedido de reevaluación que es registrado en el PGH e informado a la ULE respectiva. El resultado del proceso de reevaluación es registrado en el PGH e informado a la ULE, en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario, contados desde la remisión del Formato D100 y el Formato IR100". Artículo 2.- Incorporación Incorporar el sub numeral 5.16-A a la Directiva N° 006-2017-MIDIS: "Directiva que regula la operatividad del Sistema de Focalización de Hogares", aprobada por Resolución Ministerial N° 070-2017-MIDIS y modificada por Resolución Ministerial N° 137-2017-MIDIS, de acuerdo al siguiente texto: "5.16-A Portabilidad de la Clasificación Socioeconómica (CSE).- La CSE vigente del hogar de la persona usuaria o potencial usuaria debe ser usada por la IPF, aún si el domicilio señalado en el PGH es diferente al del lugar donde se solicita el servicio que brinda la IPF. La portabilidad de la CSE se encuentra condicionada a que la persona usuaria o potencial usuaria no pierda la calidad de residente habitual del domicilio que se encuentra en el PGH; es decir, que el cambio de domicilio se efectúe de manera temporal por un periodo que no supere los seis (6) meses". Artículo 3.- Futuras modificaciones Las modificaciones adicionales a la Directiva N° 006-2017-MIDIS: "Directiva que regula la operatividad del Sistema de Focalización de Hogares - SISFOH", serán aprobadas luego que el MIDIS modifique el Reglamento de la Ley N° 30435, Ley de creación del Sistema Nacional de Focalización, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1376. Artículo 4.- Derogación Derogar los artículos 2, 4, y la Segunda Disposición Complementaria Final de la Resolución Ministerial N° 269-2016-MIDIS, que establece disposiciones para el fortalecimiento del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH). Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1708549-1

Público de Electricidad Electronorte Medio S.A. (en adelante, HIDRANDINA S.A.); CONSIDERANDO: Que, mediante carta GR/F-0945-2016 con Registro N° 2614015, de fecha 09 de junio de 2016, HIDRANDINA S.A. solicita la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la obra "Sistema Eléctrico Rural Huacrachuco III Etapa", que comprende las siguientes zonas 1) Alborada de los Andes, 2) Argush Bajo, 3) Barrio Bajo, 4) Bellavista, 5) Buenos Aires, 6) Caranyaco, 7) Chaquilca, 8) Chaquillo, 9) Chilcabamba, 10) Chongos, 11) Cielo Andino, 12) Corampampa, 13) Cochohuacan, 14) El Porvenir, 15) El Tingo, 16) Huachaj, 17) Huachaycito, 18) Huaral, 19) Huayao, 20) Ishpinco, 21) Jircahuasi, 22) La Merced, 23) La Soledad, 24) La Tranca, 25) La Unión, 26) Las Collpas-Peinado, 27) Lloclla, 28) Macania Rural, 29) Manchibamba, 30) Nueva Esperanza, 31) Nuevo Chavín, 32) Nuevo Portugal de Huasin, 33) Nuevo Santa Cruz de Colca, 34) Orum, 35) Pachomonte, 36) Pampa grande, 37) Pian, 38) Pilanco, 39) Pucará, 40) Puquiobamba, 41) Rumpa, 42) San Pedro, 43) Santa Rosa de Potrero, 44) Santa Rosa, 45) Segseragra, 46) Shiquish, 47) Suyanga, 48) Tambillos, 49) Tiobamba, 50) Tomac, 51) Torrepaga, 52) Upagollpa, 53) Vaquería de los Andes, 54) Yanarrangra y 55) Yuragpaccha, ubicadas en los distritos de Taurija, Urpay y Tayabamba en la provincia de Pataz; Huacrachuco y San Buenaventura en la provincia de Marañón; y Canchabamba en la provincia de Huacaybamba, departamentos de La Libertad y Huánuco, cuyas coordenadas UTM PSAD56 figuran en el Expediente; Que, HIDRANDINA S.A. ha presentado la Resolución Gerencial N° 232-2010-GR/GEMH-LL, de fecha 23 de diciembre de 2010, mediante la cual la Gerencia Regional de Energía , Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional La Libertad aprueba la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), así como la Resolución Directoral N° 032-2013EM/DGE, de fecha 26 de febrero de 2013, que otorga la Calificación como Sistema Eléctrico Rural (SER), correspondiente a la obra a que se refiere el considerando que antecede, conforme a lo establecido en los artículos 22 y 30 del Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, y Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM, respectivamente; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley 28749, Ley General de Electrificación Rural, concordado con los artículos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que HIDRANDINA S.A. ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe N° 221-2018-MEM/DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de la HIDRANDINA S.A., concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la obra "Sistema Eléctrico Rural Huacrachuco III Etapa", ubicada en los distritos de Taurija, Urpay y Tayabamba, provincia de Pataz; Huacrachuco y San Buenaventura, provincia de Marañón; y Canchabamba, provincia de Huacaybamba, departamentos de La Libertad y Huánuco, respectivamente, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las siguientes zonas, según las especificaciones obrantes en el expediente:

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesión eléctrica rural a favor de HIDRANDINA S.A., para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la obra "Sistema Eléctrico Rural Huacrachuco III Etapa"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0172-2018-MEM/DGE Lima, 11 de setiembre de 2018 VISTO: El Expediente N° 65373316, sobre la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la obra "Sistema Eléctrico Rural Huacrachuco III Etapa", presentada por la Empresa Regional de Servicio

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