Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2018 (02/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de noviembre de 2018 /

El Peruano

Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, concordado con los artículos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales correspondientes; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe N° 231-2018-MEM/DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de la HIDRANDINA S.A., concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la obra "Sistema Eléctrico Rural Corongo II Etapa", ubicado en los distritos de Corongo, Yupan, Cusca y La Pampa, provincia de Corongo; y Huallanca, Santo Toribio, Yuracmarca, Huaylas y Mato, provincia de Huaylas, departamento de Ancash, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las siguientes zonas, según las especificaciones obrantes en el expediente:
Item 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 Zona Allaucan Huamanyacu Huaromapuquio Huiche Lampay Manzanilla Pachma Bajo Rayan Querobamba Riguaypampa San Lorenzo Secsi Tambo Túpac Amaru Vista Alegre Departamento Ancash Ancash Ancash Ancash Ancash Ancash Ancash Ancash Ancash Ancash Ancash Ancash Ancash Ancash Provincia Corongo Huaylas Huaylas Huaylas Huaylas Corongo Huaylas Corongo Huaylas Huaylas Huaylas Huaylas Corongo Corongo Distrito Corongo Huaylas Huaylas Mato Yuracmarca Cusca Huallanca Yuracmarca Corongo Yuracmarca Santo Toribio Yuracmarca Santo Toribio Yupan La Pampa

Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas, para la ejecución del Plan Informativo, en su debida oportunidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR T. CARLOS ESTRELLA Director General Dirección General de Electricidad 1700309-1

Otorgan a favor de Hidrandina S.A. la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la obra "Sistema Eléctrico Rural Pomabamba IV Etapa"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0175-2018-MEM/DGE Lima, 12 de setiembre de 2018 VISTO: El Expediente N° 65379617 sobre la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la obra "Sistema Eléctrico Rural Pomabamba IV Etapa", presentada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio S.A. (en adelante, HIDRANDINA S.A.); CONSIDERANDO: Que, mediante Carta GT-0175-2017 con Registro N° 2692403, de fecha 29 de marzo de 2017, HIDRANDINA S.A. solicita la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la obra "Sistema Eléctrico Rural Pomabamba IV Etapa", que comprende las siguientes zonas: 1) Agupuquio, 2) Arenilla, 3) Chachay, 4) Chucho, 5) Cunyag, 6) Huacrachin, 7) Huanchayllo, 8) Huashllaj, 9) Machac, 10) Machaypunco, 11) Marayjorgona Alta, 12) Matacocha, 13) Ojshash, 14) Padre Rumi, 15) Pampa Nueva, 16) Pampa Nueva Alta, 17) Paratay, 18) Rajraj, 19) Rayan, 20) San Juan, 21) Shuypillay, 22) Tomarajra, 23) Tuyubamba Bajo, 24) Uteg, 25) Ventana, 26) Vilgo, 27) Yacupacay y 28) Yuracyacu, ubicadas en los distritos de Parobamba, Pomabamba, Quinuabamba, Fidel Olivas Escudero, Piscobamba, Casca, Lucma y Yanama, provincias de Pomabamba, Mariscal Luzuriaga y Yungay, departamento de Ancash, cuyas coordenadas UTM PSAD56 figuran en el Expediente; Que, HIDRANDINA S.A. ha presentado la Resolución Directoral N° 218-2010-GRA/DREM, de fecha 05 de julio de 2010, mediante la cual la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Ancash, aprueba la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), así como la Resolución Directoral N° 158-2012-EM/DGE, de fecha 17 de julio de 2012, que otorga la Calificación como Sistema Eléctrico Rural (SER), correspondiente a la obra a que se refiere el considerando que antecede, conforme a lo establecido en los artículos 22 y 30 del Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, y Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM, respectivamente; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, concordado con los artículos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales correspondientes; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe N° 220-2018-MEM/DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural;

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 116-2017 a suscribirse con HIDRANDINA S.A., el que consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos. Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, en representación del Estado, el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 116-2017 y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, en aplicación del artículo 31 de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural. Artículo 5.- Notificar la presente Resolución Directoral a HIDRANDINA S.A. dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el diario oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, en concordancia con el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM. Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Asuntos

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