Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2018 (02/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Viernes 2 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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se descontextualizaba de su origen para reafirmar la presencia cultural e identitaria de los sarhuinos en la gran urbe. Esta primera iniciativa abrió las puertas a un singular fenómeno de difusión y valoración de esta expresión plástica a escala nacional e internacional; Que, motivados por el interés que causa en antropólogos y especialistas en arte la creación de la primera tabla pintada en Lima, Evanán Poma y Yucra Felices empezaron a desarrollar una singular producción artesanal en serie, la misma que se hizo pública el 6 de agosto de 1975, cuando se inauguró la primera exposición en torno a la Pintura tradicional de Sarhua en la Galería Huamanqaqa, espacio cultural anclado en el Centro Histórico de Lima a la que siguió una más al año siguiente, dando nacimiento a un nuevo formato, sobre tablas de madera seccionadas con máquinas y a las que, desde entonces, se conoce como "tablas modernas". A partir de 1977 hacia adelante, con la incursión artística de otros dos personajes: Juan Walberto Quispe Michue y Julián Ramos Alfaro, además de exposiciones en distintos espacios culturales no solo de Lima sino de otras regiones del Perú, la tarea de difusión de esta expresión cultural siguió una dinámica autónoma; Que, existe consenso sobre la importancia de las primeras exposiciones de esta expresión cultural realizadas en la ciudad de Lima durante la década de los setenta, porque la pintura tradicional como tal empezó a mostrar nuevas facetas. Si bien los artefactos que se exhibieron en un momento fueron tablas largas y delgadas, parecidas al formato tradicional, estas obras se habían resignificado en el nuevo contexto pues pasaron a ser de elementos relacionados a la construcción de las casas a objetos artísticos con el fin de ser contemplados. De forma paralela, se dio la gesta innovadora de las tablas modernas, con lo cual varios contenidos propios de la pintura tradicional ingresaron a una creativa faceta de cambios; Que, en las tablas tradicionales, por ejemplo, hay dos tipos de representaciones que resaltan: por un lado, los dibujos pintados que aluden escenas, personajes, animales, cosas, astros, es decir, elementos cuyas existencias físicas e imaginarias pueden probarse; mientras que, por otro lado, se observan símbolos algo abstractos que están presentes sobre todo en las zonas seccionadoras de los rectángulos componentes de estos objetos. Las primeras representaciones suelen ser vírgenes, comuneros, ovejas, perros, niños, bebés, lampas, mesas, cántaros, telares, instrumentos musicales, lunas, soles, entre otros; y las segundas tienen más apariencia de ser cintas o grecas, cuyas proyecciones simbólicas, además, aluden a contenidos ideológicos propios de las cosmovisiones andinas; Que, en las tablas modernas, sin embargo, desde un principio se enfatizó mucho una suerte de patrón costumbrista, por el énfasis en la representación de la temática vinculada a las prácticas culturales de los sarhuinos, el desarrollo de sus festividades religiosas, sus rituales tradicionales, actividades sociales, entre otras manifestaciones. Luego se creó un patrón histórico que viene desarrollándose principalmente desde los años 80, el mismo cuya máxima expresión se ha visto reflejada en la famosa serie Piraq Causa, según la antropóloga Olga González, un testimonio de cómo se ha utilizado el arte para transmitir la experiencia de terror vivida tras la afectación del conflicto armado interno en Sarhua y el Perú, así como para denunciar las violaciones de los derechos humanos cometidas por los distintos protagonistas del proceso. En añadidura, también puede sostenerse la existencia de un patrón cuentístico efectuado desde los años 90, creado e impulsado por Carmelón Berrocal Evanán, quien incorporó en las temáticas representadas la visualidad de cosmovisiones ancestrales, simbólicas y alegóricas propias del mundo ideológico sarhuino. En síntesis, la Pintura tradicional de Sarhua ha centrado su valor durante las últimas décadas, en ser vehículo de transmisión de la memoria colectiva principalmente local, aquella que en estos tres patrones ha sido representada; Que, de esta manera, se ha llegado a un presente donde la importancia y valor del arte sarhuino es reconocido por personajes e instituciones no solo nacionales, sino también extranjeras. Este logro se

debe en gran medida a dos esfuerzos paralelos: el de la comunidad, sin la cual no existiría la expresión cultural y la que ha permitido, además, la renovación constante de portadores originarios y empapados de su cultura para la manifestación de su arte; y el de una agrupación de artistas migrantes, ADAPS, cuya labor desplegada desde 1982 hasta la actualidad ha llevado a esta expresión cultural literalmente hacia los ojos del mundo. En ese sentido, el trabajo creativo y la constitución de talleres impulsados no solo comprenden a los personajes hasta ahora nombrados, sino también a quienes han venido brindando su aporte destacando entre otros a Valeriana Vivanco Espinoza, Pompeyo Berrocal Evanán, Gaudencia Yupari Quispe, Porfirio Ramos Yanamé, Misael Contreras Yucra, entre otros; Que, conjuntamente con las referencias citadas en el Informe N° 900167-2018-DPI/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, se detallan las características, importancia, valor, alcance y significados de la Pintura tradicional de Sarhua conocida como Tablas de Sarhua, del distrito de Sarhua, provincia de Víctor Fajardo, departamento de Ayacucho; motivo por el cual, dicho informe constituye parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; Que, mediante Resolución Ministerial N° 338-2015MC, se aprobó la Directiva N° 003-2015-MC, Declaratoria de las Manifestaciones del Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 338-2015-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar como Patrimonio Cultural de la Nación a la Pintura tradicional de Sarhua conocida como Tablas de Sarhua, del distrito de Sarhua, provincia de Víctor Fajardo, departamento de Ayacucho; por constituir una herencia transmitida desde tiempos prehispánicos, siendo considerada una vía de comunicación, así como el medio para generar directrices que organicen la vida social del pueblo; por promover la manifestación de la creatividad andina y la conservación de la memoria familiar y colectiva, reproduciendo un modo particular de representación de los mundos interiores y exteriores de Sarhua, aquellos que incorporan visiones sobre ellos mismos, pero también sobre los otros; por representar un elemento cultural genuino del pueblo que sustenta la especificidad de la cultura e historia sarhuinas, ámbitos que en función de la antigüedad y vigencia de ciertos elementos, estilos y técnicas, fortalecen la identidad y el sentido de pertenencia a la comunidad. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ayacucho y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco (5) años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso.

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