Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2018 (02/11/2018)


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El Peruano / Viernes 2 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado; Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura ­ UNESCO, establece que "se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas ­junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes­ que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana"; Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural; Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modificado por el Decreto Legislativo N° 1255, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural; Que, por iniciativa de las autoridades locales de Sarhua, de diversos artistas plásticos sarhuinos y de la Asociación de Artistas Populares de Sarhua (ADAPS), la Dirección de Patrimonio Inmaterial de la Dirección General de Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura, en estrecha coordinación con la comunidad sarhuina, elaboró el expediente para declarar la Pintura tradicional de Sarhua o Tablas de Sarhua como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe N° 900402-2018/DGPC/ VMPCIC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural hizo suyo el Informe Nº 900167-2018-DPI/DGPC/ VMPCIC/MC del 10 de octubre de 2018 emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, a través del cual recomendó declarar la Pintura tradicional de Sarhua o Tablas de Sarhua, del distrito de Sarhua, provincia de Víctor Fajardo, departamento de Ayacucho como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el área de producción de la Pintura tradicional de Sarhua se constriñe actualmente a tres espacios geográficos. Por un lado, uno principal y originario que representa la comunidad campesina de Sarhua, ubicada en el distrito de Sarhua, provincia de Víctor Fajardo, departamento de Ayacucho; mientras que, por otro lado, existen dos lugares alternos de producción distribuidos

en las ciudades de Lima y Ayacucho, donde debido al fenómeno migratorio nacional de la segunda mitad del siglo XX, se asentaron grupos residentes de la comunidad, reinventándose así la expresión cultural; Que, cuando se menciona a la pintura tradicional sarhuina se hace referencia específica a las famosas Tablas de Sarhua, conocidas también como tablas pintadas, qellqas o simplemente tablas. Estas denominaciones casi consensuales, son empleadas para aludir a unas piezas multiformes de madera, que llevan en uno de sus lados superficiales, dos tipos de elementos: en primer término resaltan dibujos pintados de personajes, animales, plantas, objetos, escenas u otros diseños, y en segundo término, aparecen textos escritos en castellano y/o quechua; Que, la referencia específica de la pintura tradicional sarhuina, sin embargo, no es unívoca, pues también hay una referencia general que atañe a todo tipo de producto elaborado por sus portadores, quienes plasman sobre ellos características derivadas de la plástica sarhuina, es decir, aspectos relacionados con el dibujo, la pintura o el estilo. En añadidura, esta referencia incorpora los distintos formatos que, además de las tablas, son también representativos de la expresión cultural; Que, las posiciones en torno a los orígenes de la Pintura tradicional de Sarhua se remontan a la época prehispánica y están sustentadas en la historicidad de las tablas pintadas. En ese sentido, el consenso académico sostiene que, dada la condición ágrafa de las sociedades andinas en tiempos antiguos, la expresión cultural habría sido un medio de transmisión de información al igual que los tocapus y quipus, o sea, formas cuasi escriturarias autóctonas muy difundidas, tal como supuso el historiador Raúl Porras Barrenechea; Que, el arte sarhuino en función de su tradicionalidad se define cronológicamente por cinco aspectos: soporte, dibujo, pintura, texto y estilo; Que, asimismo, respecto al soporte y la preponderancia de la madera, testimonios y comentarios de cronistas como Juan Polo de Ondegardo y Zárate, Pedro Sarmiento de Gamboa, y Cristóbal de Molina, señalan la existencia de un lugar anterior a la llegada de los españoles conocido como Pokecancha o Poquencancha, donde hubo tablas y paneles pintados con representaciones figurativas diversas. La práctica cultural respectiva, sostienen, pudo haber sido extendida en regiones cercanas al Cusco, así como el mismo Sarhua; Que, establecido ya el régimen colonial y pese a la imposición del castellano como lengua, la antropóloga Josefa Nolte asevera que se dieron procesos sociales de resistencia que permitieron una suerte de convivencia y fusión paralela de patrones culturales andinos y occidentales, notándose ello a través de la producción de textiles, la decoración en la cerámica, los detalles de los bastones de varayoc o varas buriladas, e incluso, las llamadas qellqas o tablas pintadas; Que, la hipótesis del influjo colonial, siguiendo al historiador Pablo Macera, expresa que las tablas pintadas de Sarhua vendría a ser una versión popular de un arte mural oficial virreinal propiciado en los Andes. Esta posición se sustenta, por ejemplo, en los paralelos artísticos que hay entre las tablas más antiguas y los murales interiores de la iglesia matriz del pueblo. De esta manera, varios caracteres presentes en el soporte, dibujo, pintura, texto y estilo hoy correspondientes a la tradicionalidad, se habrían definido entre los siglos XVII y XVIII, adquiriendo en el periodo republicano y, particularmente, el siglo XIX, su uso y contexto locales, aquellos con los que la Pintura tradicional de Sarhua ha sido difundida en gran parte del siglo XX y lo avanzando del XXI; Que, la alusión a un uso y contexto locales instaurados en el siglo XIX indica que, durante el proceso de construcción de una casa en Sarhua, los compadres de la pareja dueña del nuevo hogar solían obsequiarles una o más tablas tradicionales que en sus partes planas llevaban plasmados una serie de dibujos pintados donde figuraba la representación del núcleo familiar y algunos personajes allegados ­de ahí la referencia a un supuesto sustrato genealógico-. Las tablas eran entregadas en medio de ritos y entusiasmo, resaltando el famoso pasaje conocido como tabla apakuykuy, donde los compadres ingresaban

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