Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2018 (02/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de noviembre de 2018 /

El Peruano

con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe N° 232-2018-MEM/DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de la HIDRANDINA S.A., concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las obras "Instalación Electrificación Rural de los Caseríos Canchabamba, distrito de Canchabamba ­ Huacaybamba - Huánuco" y "Subsistema de Distribución Primaria 13,2 kV MRT y Secundaria 440/220 V de los Centros Poblados de Buena Vista, Santa Rosa, San Antonio, Huantar Chica, Chullapa y Ganto", ubicadas en los distritos de Canchabamba y San Nicolás, provincias de Huacaybamba y Carlos Fermín Fitzcarral, departamentos de Huánuco y Ancash, respectivamente, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las siguientes zonas, según las especificaciones obrantes en el expediente:
Item 1 2 3 4 5 6 7 8 9 Zona Aurigirca Buena Vista Chullapa Gantu Huantar Chico Pachachin San Antonio San Fernando de Turuna Santa Rosa Departamento Huánuco Ancash Ancash Ancash Ancash Huánuco Ancash Huánuco Ancash Provincia Huacaybamba Carlos Fermín Fitzcarrald Carlos Fermín Fitzcarrald Carlos Fermín Fitzcarrald Carlos Fermín Fitzcarrald Huacaybamba Carlos Fermín Fitzcarrald Huacaybamba Carlos Fermín Fitzcarrald Distrito Canchabamba San Nicolás San Nicolás San Nicolás San Nicolás Canchabamba San Nicolás Canchabamba San Nicolás

INTERIOR
Autorizan viaje de oficiales de la Policía Nacional del Perú a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1305-2018-IN Lima, 31 de octubre de 2018 VISTOS; la Carta S-2018-008527/DINAE-JEFAT 29, de fecha 6 de junio de 2018, y la Carta N° S-2018016707/DIPON-ARCOP-29.25, de fecha 24 de octubre de 2018, ambas de la Dirección General de la Policía Nacional de Colombia, la Hoja de Estudio y Opinión N° 382-2018-COMGEN PNP/DIRASINT-DB, de fecha 30 de octubre de 2018, de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, el Oficio N° 1030-2018-COMGEN PNP/DIRASINT-DB, de fecha 31 de octubre de 2018, de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 0029192018/IN/OGAJ, de fecha 31 de octubre de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta S-2018-008527/DINAE-JEFAT 29, de fecha 6 de junio de 2018, y la Carta N° S-2018016707/DIPON-ARCOP-29.25, de fecha 24 de octubre de 2018, complementado con la Agenda de Actividades, la Dirección General de la Policía Nacional de Colombia extiende invitación a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, a fin que participe en la Asamblea General Deportiva de los países de la región panamericana y en la Ceremonia de Conmemoración del Centésimo Vigésimo Séptimo Aniversario de la Policía Nacional de Colombia, eventos que se realizarán del 3 al 6 de noviembre de 2018, en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital ­ República de Colombia; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 382-2018COMGEN PNP/DIRASINT-DB, de fecha 30 de octubre de 2018, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú Héctor Javier Petit Amésquita, Director de la Dirección de Bienestar y Apoyo al Policía de la Policía Nacional del Perú, y del Comandante de la Policía Nacional del Perú Walter Giovani Morales Martínez, perteneciente a la Dirección de Bienestar y Apoyo al Policía de la Policía Nacional del Perú, para que participen en los eventos antes citados, a realizarse en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital ­ República de Colombia, del 2 al 7 de noviembre de 2018, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dichos eventos permiten afianzar los lazos institucionales de cooperación con la Policía Nacional de Colombia, con la finalidad de lograr en el futuro acuerdos y/o convenios de colaboración mutua para enfrentar los flagelos que causan las acciones delictivas de las organizaciones criminales extranjeras y nacionales; Que, las experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en los eventos indicados, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 5263-2018-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 29 de octubre de 2018, del Departamento de

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 128-2018 a suscribirse con HIDRANDINA S.A., el que consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos. Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, en representación del Estado, el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 128-2018 y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, en aplicación del artículo 31 de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural. Artículo 5.- Notificar la presente Resolución Directoral a HIDRANDINA S.A. dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el diario oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, en concordancia con el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM. Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas, para la ejecución del Plan Informativo, en su debida oportunidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR T. CARLOS ESTRELLA Director General Dirección General de Electricidad 1700312-1

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