Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2018 (04/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Domingo 4 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Que, en este sentido corresponde al OTASS el monitoreo del cumplimiento de los fines y metas de los recursos transferidos y el destino de los mismos puesto que dichos recursos deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autoriza la transferencia; Que, mediante sesión N° 019-2016, de fecha 6 de setiembre de 2016, se declara el inicio del Régimen de Apoyo Transitorio de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Pisco Sociedad Anónima ­ EMAPISCO S.A., el cual es ratificado por Resolución Ministerial N° 345-2016-VIVIENDA, publicada en el diario oficial El Peruano el 7 de octubre de 2017; Que, conforme a lo establecido en la Directiva N° 001-2018-OTASS/CD, "Directiva para las Transferencias Financieras realizadas por el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento ­ OTASS a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal", aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo N° 006-2018-OTASS/ CD, la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Pisco Sociedad Anónima ­ EMAPISCO S.A. solicita al OTASS el financiamiento de las fichas detalladas en el Anexo de la presente resolución, por lo que la Dirección de Operaciones del OTASS emite el Informe N° 033-2018EPS EMAPISCO S.A./G.G., mediante el cual opina en forma favorable respecto de la solicitud de financiamiento de las acciones contenidas en las fichas presentadas por la citada empresa por un monto de S/ 1'907,138.00 (Un millón novecientos siete mil ciento treinta y ocho con 00/100 Soles); Que, mediante Informe N° 115-2018-OTASS/OPP de fecha 19 de octubre de 2018, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del OTASS emitió opinión favorable para la indicada transferencia financiera; Que, con el Informe Legal N° 307-2018-OTASS/OAJ de fecha 23 de octubre de 2018, la Oficina de Asesoría Jurídica del OTASS se pronuncia sobre la viabilidad legal de la transferencia; Que, con fecha 31 de octubre de 2018, se suscribe el Convenio N° 24-2018/OTASS-EPS EMAPISCO S.A., entre el OTASS y la empresa prestadora de servicios de saneamiento, mediante el cual OTASS se obliga a efectuar una transferencia por el monto de S/ 1'907,138.00 (Un millón novecientos siete mil ciento treinta y ocho con 00/100 Soles), para el financiamiento de las fichas que se encuentran detalladas en el Anexo A del citado Convenio; Que, en consecuencia y en aplicación con el numeral 220.1 del artículo 220 del Reglamento de la Ley Marco, y de la Directiva N° 001-2018-OTASS/CD, es necesario autorizar la transferencia financiera de recursos presupuestales del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Pisco Sociedad Anónima ­ EMAPISCO S.A., mediante Resolución del Titular; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del artículo 25 del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA, es una función de la Dirección de Operaciones conducir la implementación del Régimen de Apoyo Transitorio, por lo que corresponde encargar a dicha Dirección el cumplimiento de la presente Resolución; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección de Operaciones y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, Ley N° 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2018, Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado con Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA, y la Resolución de Consejo Directivo N° 006-2018-OTASS/CD, que aprueba la Directiva N° 001-2018-OTASS/CD, Directiva para las Transferencias Financieras realizadas por

el Organismos Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento ­ OTASS a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal; SE RESUELVE: Artículo 1. Transferencia Financiera a favor de la EPS EMAPISCO S.A Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, hasta por la suma de S/ 1'907,138.00 (Un millón novecientos siete mil ciento treinta y ocho con 00/100 Soles), con cargo a los recursos asignados en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Pisco Sociedad Anónima ­ EMAPISCO S.A., destinadas a la ejecución de las acciones que se detallan en las fichas indicadas en el anexo de la presente resolución. Artículo 2. Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2018 de la Sección Primera: Gobierno central, del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Actividad 5.005678: Incorporación al régimen de apoyo transitorio y reflotamiento, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución deberán ser destinados exclusivamente, bajo responsabilidad, a los fines para los cuales son transferidos. Artículo 4. Monitoreo y seguimiento Encargar a la Dirección de Operaciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento o al órgano que haga sus veces, supervisar la correcta ejecución de los recursos transferidos y verificar el cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados. Artículo 5. Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano; y en el Portal Institucional del OTASS (www.otass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ANDRÉS PASTOR PAREDES Director Ejecutivo Anexo EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE PISCO SOCIEDAD ANÓNIMA ­ EMAPISCO S.A.
CAPACIDAD FICHA DE LA ACCIÓN DE FORTALECIMIENTO Descripción Adquisición de equipos de cómputo para mejorar la gestión empresarial en el ámbito de la EPS EMAPISCO S.A. Adquisición de varillas de acero para desatoro de las redes de alcantarillado en el ámbito de la EPS EMAPISCO S.A. Adquisición de equipamiento para detección de fugas y reparación de redes en el ámbito de la EPS EMAPISCO S.A. Adquisición e instalación de medidores en el ámbito de la EPS EMAPISCO S.A. MONTO TOTAL A TRANSFERIR Código F-21-GO Monto (S/.) 20,916.00

Gestión operativa

F-22-GO

19,824.00

F-23-GO F-05-GC

832,042.00 1,034,356.00 1,907,138.00

Gestión comercial

1708490-22

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