Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2018 (09/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Viernes 9 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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"El Peruano", salvo disposición en contrario de la misma que posterga su vigencia; Que, respecto a la contratación de personal directivo, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, determina que el personal establecido en los numerales 1, 2, e inciso a) del numeral 3 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público (Funcionario Público, Empleado de Confianza y Directivo Superior), contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho decreto legislativo; siendo que este personal solamente puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, el artículo 74 del Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, establece que la estructura orgánica del CONADIS está conformada por el Consejo Nacional, la Presidencia, la Secretaría General y demás órganos que establezca su Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por Decreto Supremo N° 002-2016-MIMP; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 3052016-MIMP, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del CONADIS, documento de gestión institucional que contiene los cargos definidos y aprobados sobre la base de su estructura orgánica; Que, encontrándose vacante la plaza de Asesor/a de la Presidencia (Asesor/a II CAP N° 002) del CONADIS, corresponde emitir el presente acto resolutivo para designar a la persona que ocupe dicha plaza; Con la visación de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014MIMP; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 1057, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0752008-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 065-2011PCM; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales; el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2016-MIMP; y, la Resolución Suprema N° 006-2017-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Miguel Angel Galvez Galvez como Asesor de la Presidencia (Asesor II CAP N° 002) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional de la Entidad (www. conadisperu.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. DARIO PORTILLO ROMERO Presidente Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 1710354-1

VISTOS: El Oficio N° 332-2018-ITP/DE del Instituto Tecnológico de la Producción; el Informe N° 1238-2018-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, señala que los CITE Públicos deben contar, entre otros, con un Comité Directivo; y que el Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP puede disponer que un Comité Directivo tenga bajo su ámbito más de un CITE sobre la base de criterios de territorialidad o especialidad; Que, el artículo 19 del Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, establece que el Comité Directivo de los CITE Públicos es designado por Resolución Ministerial del sector, y está conformado por un máximo de siete (07) miembros, un (01) representante del Ministerio de la Producción, un (01) representante del ITP y representantes del sector privado vinculado a la cadena productiva; asimismo, dispone que el Ministerio de la Producción designa al presidente del Comité Directivo de los CITE Públicos, con excepción de lo dispuesto en el Título III del Decreto Legislativo N° 1228; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 514-2017-PRODUCE, se conforma el Comité Directivo del Centro de Innovación Tecnológica de la Madera CITEmadera, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Forestal Pucallpa - CITEforestal Pucallpa y del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Forestal Maynas - CITEforestal Maynas; el cual está integrado, entre otros, por el señor Bernardo Emanuel Jean Mairet Hodel, representante del sector privado vinculado a la cadena productiva; por el señor Rolando Vargas Vallejos, representante del ITP; y por el señor Paul Francois Kradolfer Zamora, representante del Ministerio de la Producción; Que, a través del Oficio N° 332-2018-ITP/DE, la Dirección Ejecutiva del ITP comunica al Ministerio de la Producción el Acuerdo N° SO 106-17-2018-ITP/CD, según el cual el Consejo Directivo del ITP propone la designación de tres (03) nuevos miembros del Comité Directivo del CITEmadera, CITEforestal Pucallpa y CITEforestal Maynas; correspondiendo dar por concluida la designación de las personas citadas en el considerando precedente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de los señores Bernardo Emanuel Jean Mairet Hodel, Rolando Vargas Vallejos y Paul Francois Kradolfer Zamora como miembros del Comité Directivo del Centro de Innovación Tecnológica de la Madera - CITEmadera, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Forestal Pucallpa - CITEforestal Pucallpa y del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Forestal Maynas - CITEforestal Maynas, efectuada mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 514-2017-PRODUCE, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar como miembros del Comité Directivo del Centro de Innovación Tecnológica de la Madera - CITEmadera, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Forestal Pucallpa - CITEforestal Pucallpa y del Centro de Innovación

PRODUCE
Designan miembros del Comité Directivo del CITEmadera, CITEforestal Pucallpa y CITEforestal Maynas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 490-2018-PRODUCE Lima, 8 de noviembre de 2018

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