Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2018 (09/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Viernes 9 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Ministerial que aprueba la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 37 540,12 (Treinta y Siete Mil Quinientos Cuarenta y 12/100 Soles), autorizada en el marco de lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, que modifica entre otros, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. Dicha transferencia financiera se efectúa con cargo al Presupuesto Institucional 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, por la fuente de financiamiento Recursos Determinados; Que, por lo expuesto, resulta necesario aprobar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 37 540,12 (Treinta y Siete Mil Quinientos Cuarenta y 12/100 Soles), con cargo al Presupuesto Institucional 2018, del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor del Pliego 019: Contraloría General, para financiar el pago del 50% de la retribución económica y del 6% del derecho de designación y supervisión, para la contratación de la Sociedad Auditora que se encargará de realizar las labores de control posterior al Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad ­ FIDECOM, a cargo de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, correspondiente al periodo 2018; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 3042012-EF; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE; y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2018, del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de S/ 37 540,12 (Treinta y Siete Mil Quinientos Cuarenta y 12/100 Soles), en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, destinado a financiar el pago del 50% de la retribución económica y del 6% del derecho de designación y supervisión, por el periodo auditado 2018, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoria externa, que se encargará de realizar las labores de control posterior al Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad ­ FIDECOM, a cargo de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se realizará con cargo al Presupuesto Institucional aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión

Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La Oficina de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, en el ámbito de su competencia es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1710370-1

Designan miembro del Comité Directivo del CITEagroindustrial VRAEM, CITEagroindustrial Oxapampa y CITEagroindustrial Huallaga, en representación del ITP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 498-2018-PRODUCE Lima, 8 de noviembre de 2018 VISTOS: El Oficio N° 430-2018-ITP/DE del Instituto Tecnológico de la Producción; el Informe N° 1391-2018-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, señala que los CITE Públicos deben contar, entre otros, con un Comité Directivo; y que el Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP puede disponer que un Comité Directivo tenga bajo su ámbito más de un CITE sobre la base de criterios de territorialidad o especialidad; Que, el artículo 19 del Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, establece que el Comité Directivo de los CITE Públicos es designado por Resolución Ministerial del sector, y está conformado por un máximo de siete (07) miembros, un (01) representante del Ministerio de la Producción, un (01) representante del ITP y representantes del sector privado vinculado a la cadena productiva; asimismo, dispone que el Ministerio de la Producción designa al presidente del Comité Directivo de los CITE Públicos, con excepción de lo dispuesto en el Título III del Decreto Legislativo N° 1228; Que, mediante Resolución Ministerial N° 563-2017-PRODUCE, se conforma el Comité Directivo del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial VRAEM - CITEagroindustrial VRAEM, Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa CITEagroindustrial Oxapampa y Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Huallaga - CITEagroindustrial Huallaga; asimismo, con Resolución Ministerial N° 122-2018-PRODUCE, se deja

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