Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2018 (09/11/2018)


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NORMAS LEGALES

Viernes 9 de noviembre de 2018 /

El Peruano

Artículo 4.- Secretaría Técnica El Grupo de Trabajo cuenta con una Secretaría Técnica encargada de brindarle apoyo técnico y administrativo permanente, la cual está a cargo de la Dirección de Promoción Laboral para Personas con Discapacidad de la Dirección General de Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 5.- Instalación del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo se instala en un plazo que no excederá de cinco (5) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 6.- Plazo del Grupo de Trabajo Dentro del plazo máximo de treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de su instalación, el Grupo de Trabajo presenta al Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo la propuesta de Lineamientos para el otorgamiento de ajustes razonables en el lugar de trabajo para las personas con discapacidad en el sector público, conforme a lo previsto en el artículo 50 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad. Artículo 7.- Colaboración y asesoramiento técnico El Grupo de Trabajo está facultado para invitar a representantes de las entidades públicas, privadas, sociedad civil, organismos de cooperación internacional y del ámbito académico, para que contribuyan con brindar asesoramiento técnico para el cumplimiento de su objeto. Artículo 8.- De los gastos del Grupo de Trabajo El cumplimiento de las funciones del Grupo de Trabajo no demandará recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 9.- De la publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: (www.gob.pe/mtpe) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1710579-1

(PIA) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, correspondiente al año 2018; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 073-2018-TR se constituye la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN); Que, en ese sentido, mediante Resolución Ministerial Nº 136-2017-TR se aprueba el Plan Operativo Institucional ­ POI 2018 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo modificado mediante Resoluciones Ministeriales Nºs 243-2017-TR y 187-2018-TR, respectivamente; Que, mediante Informe Técnico Nº 120-2018MTPE/4/9.1, la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable, concluyendo que los diferentes Órganos, Unidades Orgánicas y Programas del Ministerio han efectuado modificaciones de metas del POI 2018 del MTPE motivadas por las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional y en el Nivel Funcional Programático, solicitando la aprobación de la modificación del Plan Operativo Institucional ­ POI ­ 2018, adjuntando los reportes del Aplicativo CEPLAN V.01, e informando además que propuesta de modificación que ha sido validada por la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo mediante Acta Nº 04-2018-CPEMTPE; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Viceministerio de Trabajo, de la Secretaría General, de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica, de Planeamiento y Presupuesto; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y el literal b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR y modificado con Decreto Supremo Nº 020-2017-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- De la modificación Aprobar la Modificación del Plan Operativo Institucional - POI 2018, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 136-2017-TR y modificado mediante Resoluciones Ministeriales Nº 243-2017-TR y N° 187-2018-TR, conforme a los reportes del POI obtenidos del Aplicativo CEPLAN V.01, que como anexos forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Del cumplimiento Los Órganos, Unidades Orgánicas y Programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, comprendidos en la modificación que se aprueba en el artículo 1 de la presente resolución, darán estricto cumplimiento, bajo responsabilidad al contenido del Plan Operativo Institucional - POI 2018 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo modificado. Artículo 3.- Del seguimiento y monitoreo La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, efectuará el seguimiento y monitoreo de la ejecución del Plan Operativo Institucional - POI 2018 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 4.- De la publicación Publicar la presente resolución y los anexos a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, en la página

Aprueban la Modificación del Plan Operativo Institucional - POI 2018 del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 285-2018-TR Lima, 8 de noviembre de 2018 VISTOS: Oficio Nº 468-2018-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto que adjunta el Informe Técnico Nº 120-2018-MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 2714-2018MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, corresponde a los Ministros de Estado la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes, entre otras; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 239-2017TR se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura

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