Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2018 (20/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Martes 20 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Concurso Público para la Designación de Vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (en adelante, el Reglamento del TFA), el cual establece las disposiciones que regulan el concurso público para la designación de vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental; Que, mediante Carta s/n del 13 de setiembre de 2018, el señor Sebastián Enrique Suito López ha presentado su renuncia al cargo de Vocal del Tribunal de Fiscalización Ambiental; asimismo, el 18 de agosto de 2018 ha culminado la designación como vocal del Tribunal de Fiscalización Ambiental del señor Emilio José Medrano Sánchez, al haber transcurrido el plazo de cuatro (4) años para el cual fue elegido como vocal; razones por las cuales, se debe: (i) autorizar la realización del concurso público para la designación de vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA y la publicación del aviso de convocatoria; y, (ii) aprobar las Bases del Concurso Público, conforme a lo establecido en el Artículo 2° del Reglamento del TFA; Que, mediante Acuerdo N° 033-2018 adoptado en la Sesión Ordinaria N° 031-2018 del 13 de noviembre de 2018, el Consejo Directivo del OEFA autorizó la realización del Concurso Público para la designación de dos (2) vocales de la Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA y la publicación del aviso de convocatoria, así como aprobar las Bases del Concurso Público, con el propósito de difundir oportunamente las reglas del referido proceso de selección, razón por la cual resulta necesario formalizar dicho acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata; Contando con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría Técnica del Tribunal de Fiscalización Ambiental; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; el Reglamento del Concurso Público para la Designación de Vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 029-2017-OEFA/CD y modificado mediante las Resoluciones de Consejo Directivo números 002, 008 y 0282018-OEFA/CD; así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Literales n) y o) del Artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la realización del Concurso Público para la designación de dos (2) vocales de la Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA y la publicación del aviso de convocatoria, la cual como anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Aprobar las Bases del Concurso Público para la designación de vocales de la Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA, las cuales como anexo forman parte de la presente Resolución. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA 1714353-1

ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Encargan Gerencias y Jefaturas de la Unidad Ejecutora 002 "Servicios de Saneamiento Tumbes"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 097-2018-OTASS/DE Lima, 19 de noviembre de 2018 VISTO: El Memorándum N° 373-2018-OTASS/SG de la Secretaría General, el Informe N° 233-OTASS-OA de la Oficina de Administración y la Nota Informativa N° 181-2018-OTASS/OAJ; de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, en adelante Ley Marco, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes y lineamientos normativos establecidos por el Ente Rector; Que, mediante la Vigésimo Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1280, incorporada con el Decreto Legislativo N° 1357, se establece que "ante la terminación de contratos de Asociación Público Privada, el OTASS directa o indirectamente, a través de otro prestador, asume la prestación total de los servicios de saneamiento de manera provisional hasta que los responsables de la prestación otorguen la explotación a otro prestador de servicios de saneamiento"; Que, los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6 de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, establece que la unidad ejecutora constituye el nivel descentralizado u operativo en las entidades y organismos del Sector Público, con el cual se vinculan e interactúan los órganos rectores de la Administración Financiera del Sector Público y se constituye como aquella dependencia orgánica que cuenta con un nivel de desconcentración administrativa; Que, mediante Resolución Directoral N° 095-2018OTASS/DE de fecha 06 de noviembre de 2018, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 002: denominada "Servicios de Saneamiento Tumbes", en el Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, cuyo nombre comercial será "Agua Tumbes"; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 009-2018-OTASS/CD de fecha 09 de noviembre de 2018, se resolvió aprobar el Manual de Gestión Operativa de la Unidad Ejecutora: denominada Servicios de Saneamiento Tumbes, en atención al Informe N° 159-2018-OTASS/OPP de fecha 06 de noviembre 2018; Que, habiéndose formalizado la creación de la Unidad Ejecutora y conforme las indicaciones realizadas por la Secretaría General para encargar la Gerencia de Administración y Finanzas, la Gerencia de Operaciones, la Gerencia Comercial y la Jefatura de la Oficina de Logística, Jefatura de la Oficina de Finanzas, Jefatura de la Oficina de Tecnología de la Información, Jefatura de la Oficina de Planificación y Presupuesto y Jefatura de la Oficina de Recursos Humanos de la Unidad Ejecutora: denominada Servicios de Saneamiento Tumbes, en el

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