Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2018 (24/11/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 120

120

NORMAS LEGALES

Sábado 24 de noviembre de 2018 /

El Peruano

N° 704-2018-GRA/GGR, la Municipalidad de Majes tomó conocimiento del mismo con fecha 14 de septiembre de 2018, siendo que el plazo para presentar sus descargos venció el 05 de octubre de 2018. Lo que queda acreditado con el Oficio N° 0105-2018-SGFYTP-MDM de fecha 09 de octubre de 2018, por el cual, la comuna de Majes presento sus descargos, por lo que, en aplicación de lo regulado por el artículo 70° del D.S. N° 007-2008-VIVIENDA es procedente continuar con la declaración de Reversión de los predios propuestos. Artículo 70.- Del procedimiento La SBN o el Gobierno Regional, según sea el caso, una vez verificado los supuestos contenidos en el artículo anterior, procederán a notificar a la entidad a efectos que en el plazo de quince (15) días hábiles presente sus descargos. En caso los descargos no sean suficientes o se presenten fuera de plazo, la SBN o el Gobierno Regional, según sus competencias, dispondrá la reversión del bien al dominio del Estado." Es preciso señalar que la Oficina de Ordenamiento Territorial con fecha 05 de octubre de 2018 derivó el Informe N° 1080-2018-GRA-ORPPOT/OOT por el cual alcanzó el Oficio N° 068-2018-SGFYTP-MDM, de la Municipalidad de Majes que dio respuesta al requerimiento efectuado por Ordenamiento Territorial con el Oficio N° 1138-2018GRA/OOT relacionado a la Operatividad d ellos Proyectos y/o Programas de Vivienda sobre posesionarios en las Partidas P06281116, P06282314 y P06282315. Que, de acuerdo a lo regulado por los artículos 69° al 71° y la Séptima Disposición Complementaria Final del

D.S. N° 007-2008-VIVIENDA corresponde al Gobierno Regional de Arequipa por las funciones transferidas por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, a través de la Resolución Ministerial N° 656-2006-EF/10 y el artículo 62° de la Ley N° 27867 "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales", dar inicio a las acciones de Reversión de la Transferencia patrimonial otorgada por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en favor de la Municipalidad Distrital de Majes, contenida en la Resolución N° 130-2006/SBN-GO-JAD, tal como se sustenta también del contenido del Informe N° 1164-2017/ SBN-DGPE-SDS de Fs. 138-141. Para el caso por tratarse de 137 predios transferidos, a través del Informe N° 1135-2018-GRA/ORAJ se opinó porque se dé inicio de las acciones de reversión de manera progresiva debiendo para el caso la Oficina de Ordenamiento Territorial alcanzar los informes sustentatorios de las inspecciones oculares realizadas. Estando al Informe N° 1342-2018-GRA/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N° 27902, Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y con las facultades conferidas por Ley; SE RESUELVE: Articulo 1°. ­ REVERTIR a favor del Estado el terreno denominado Zona 1 con 82.8491 Has y Zona 2 con 221.7379 Has ambos ubicados en la zona denominada Quebrada de Hospicios, Distrito de Majes, Provincia

COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS
REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las diversas entidades públicas que a partir del 1 de octubre del año 2018, para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá de lunes a viernes, en el horario de 9.00 am a 5.30 pm. La solicitud de publicación deberá adjuntar los dispositivos legales refrendados por el funcionario acreditado con registro de firma ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales. 2. Para todo dispositivo legal, tenga o no anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que nos entregan para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 3. Toda solicitud de publicación deberá adjuntar obligatoriamente la respectiva "unidad de almacenamiento" o enviar el archivo correspondiente al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 4. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado como hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justificar. El texto en formato Word y si incluye gráficos, deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises, cuando corresponda. 5. Este comunicado rige para las entidades públicas que actualmente no hacen uso del Portal de Gestión de Atención al Cliente ­ PGA, el cual consiste en un sistema de solicitud de publicación de normas legales online (www.elperuano.com.pe/pga).

GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.