Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2018 (24/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Sábado 24 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Nº 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP participante de la LXVIII Maestría en Desarrollo y Defensa Nacional que se detalla a continuación, para que participe en el ciclo de conferencias referidas a Política de Seguridad y Defensa, que se desarrollara en Escuela Superior de Guerra de Brasil, ubicada en la ciudad de Rio de Janeiro ­ República Federativa de Brasil, del 25 de noviembre al 01 de diciembre de 2018; así como, su salida el 24 de noviembre de 2018 y su retorno el 02 de diciembre de 2018. Coronel FAP NSA: O-9541586 Coronel FAP NSA: O-9580890 Coronel FAP NSA: O-9551687 Coronel FAP NSA: O-9580590 Coronel FAP NSA: O-9564088 GONZALO JASON ALVARADO CENTENO DNI: 43344064 JORGE LUIS GAL'LINO LA ROSA DNI: 09539713 JUAN AGUSTIN JORDAN ALTAMIRANO DNI: 07455739 VICTOR MANUEL MUÑOZ CURTO DNI: 43352522 FREDDY FERNANDO ZAVALA CELI DNI: 09641105

Vistos, el SITFAGRAMA NO.CONTROL: BRA-2018-59 de fecha 20 de setiembre de 2018 del Oficial SITFAA de la República Federativa de Brasil y el Oficio NC-185-SITFAA N° 826 de fecha 02 de octubre de 2018 del Comandante del Servicio de Comunicaciones de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, el Sistema de Informática y Telecomunicaciones de las Fuerzas Aéreas Americanas (SITFAA), órgano dependiente del SICOFAA, tiene como función establecer y mantener los servicios de comunicaciones e informática de forma oportuna y confiable entre sus miembros y sus actividades, buscando la implementación de mecanismos de cooperación internacional mutua; con este propósito el SITFAA organiza y planifica el intercambio de medios, así como el entrenamiento e instrucción del personal de operadores, con el fin de optimizar los procedimientos para el intercambio de información, promoviendo nuevos conocimientos y experiencias a nivel de la región; Que, mediante el SITFAGRAMA NO.CONTROL: BRA-2018-59 de fecha 20 de setiembre de 2018, el Oficial SITFAA de la República Federativa de Brasil hace extensiva una invitación para que la Fuerza Aérea del Perú participe con dos (02) ECOs de la estación SITFAA Perú OAOFAP, que se realizará en la ciudad de Brasilia República Federativa de Brasil, del 26 al 30 de noviembre de 2018; Que, mediante Oficio NC-185-SITFAA N° 826 de fecha 02 de octubre de 2018, el Comandante del Servicio de Comunicaciones de la Fuerza Aérea del Perú, solicita que se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice al Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva para que participe en el Intercambio de Especialistas en Comunicaciones (ECOs) SITFAA FABRA-2018, que se realizará en la ciudad de Brasilia - República Federativa de Brasil, del 26 al 30 de noviembre de 2018; Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos suscrita por el Comandante del Servicio de Comunicaciones de la Fuerza Aérea del Perú, anexada al Oficio NC-185-SITFAA N° 826 de fecha 02 de octubre de 2018, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva; por cuanto, permitirá tener presencia de la institución en un evento de contexto internacional, donde los conocimientos de informática que son utilizados por la estación SITFAA ZWU26 de la República Federativa de Brasil, serán en beneficio de nuestra estación SITFAA-OAOFAP; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con Resolución Ministerial N° 354-2018 DE/SG, de fecha 21 de marzo de 2018, se aprobó el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal - 2018, asimismo, indicadas actividades se encuentran consideradas, en el Rubro 5 Medidas de Confianza Muta en el Ítem N° 158; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0160 DGVC-ME/SIAF-SP de fecha 31 de octubre de 2018 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales y viáticos por Misión de Estudios en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; lo cual incluye para el presente evento, pasajes y viáticos por Misión de Estudios en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693 - Ley de Presupuesto del Sector

Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de acuerdo al concepto siguiente: Pasajes Aéreos: Lima ­ Ciudad de Rio de Janeiro (República Federativa de Brasil) - Lima: US $ 1,358.65 X 5 personas (Incluye TUUA) = US $ Viáticos US $ 370.00 X 07 días X 5 personas Total a Pagar 6,793.25

= US $ 12,950.00 = US $ 19,743.25

Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1715397-1

Autorizan viaje de personal militar FAP a Brasil, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1720-2018 DE/FAPLima, 20 de noviembre de 2018

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