Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2018 (04/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Jueves 4 de octubre de 2018
OFICINA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN OFICINA DE ÓRGANOS DESCONCENTRADOS DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA DIRECCIÓN DE GESTION DE RIESGOS DIRECCIÓN DEL REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES DIRECCIÓN DEL SEACE DIRECCIÓN DE ARBITRAJE TOTAL (4) (5) TOTAL OCUPADOS (6) TOTAL PREVISTOS (7) TOTAL GENERAL

NORMAS LEGALES
0 0 0 0 0 0 0 1 1 1 1 4 1 2 1 27 2 0 2 3 3 1 3 23 0 0 0 0 0 0 0 12 13 1 31 16 27 15 12 161 200 47 247 0 1 2 3 6 1 1 23 0 0 0 0 0 0 0 0 16 3 36 26 37 19 17

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ANEXO N° 4 - D CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD
ENTIDAD: SECTOR: ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS CLASIFICACIÓN: (1) FP 0 EC 0 SP-DS 0 TOTAL GENERAL (2) SP-EJ 0 SP-ES 0 SP-AP 0 0 RE 0

1698243-2

Establecen la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión del tercer trimestre del Año Fiscal 2018 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 023-2018-EF/50.01 Lima, 2 de octubre de 2018 CONSIDERANDO: Que, los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, disponen que la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, comprende, entre otros, los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, el artículo 29-A de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que la Programación de Compromisos Anual (PCA) es un instrumento de programación del gasto público de corto plazo por toda fuente de financiamiento que permite la compatibilización de la programación del presupuesto autorizado, con el marco macroeconómico multianual, las reglas fiscales y la capacidad de financiamiento del Año Fiscal respectivo; Que, la determinación, actualización y revisión de la PCA atiende a los principios de eficiencia y efectividad en el gasto público, predictibilidad del gasto público, presupuesto dinámico, perfeccionamiento continuo y prudencia y responsabilidad fiscal, y, en ese sentido, la Dirección General de Presupuesto Público tiene en cuenta los niveles de ejecución del presupuesto institucional de los pliegos, así como la proyección de dicha ejecución al cierre del Año Fiscal;

Que, mediante la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por la Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y modificatorias, se regulan, entre otros, los procedimientos de determinación, revisión y actualización de la PCA en los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, disponiendo que la revisión de la PCA es aprobada por Resolución Directoral, una vez concluido el periodo trimestral; Que, de conformidad con las competencias de la Dirección General de Presupuesto Público, resulta necesario establecer la PCA correspondiente a la revisión del tercer trimestre del Año Fiscal 2018 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, asimismo, en el marco de las facultades de la Dirección General de Presupuesto Público, establecidas en el artículo 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, referidas a la promoción del perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria, es necesario modificar el literal b) del numeral 9.5 del artículo 9 de la Directiva Nº 005-2010EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada mediante Resolución Directoral N° 0302010-EF/76.01 y modificatorias, referente a los criterios señalados para la revisión o actualización de la PCA en la Genérica del Gasto "Bienes y Servicios", a afectos de facilitar la operatividad de las entidades públicas; En uso de las facultades conferidas en los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 aprobada por la Resolución Directoral Nº 030-2010EF/76.01 y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Establecer la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión del tercer trimestre del Año Fiscal 2018 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, ascendente a la suma de CIENTO SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 175 226 765 706,00), por toda Fuente de Financiamiento, conforme se detalla en el Anexo, el mismo que forma parte integrante de la

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