Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2018 (04/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Jueves 4 de octubre de 2018 /

El Peruano

solicitó la participación de un representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en las reuniones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en el Grupo de Trabajo sobre Cohecho en las Transacciones Comerciales Internacionales (WGB) del 09 al 12 de octubre de 2018 en París ­ Francia; precisando que, de preferencia, el referido representante sea un alto funcionario de la Procuraduría Especializada en Delitos de Corrupción; Que, el numeral 15.1 del artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, establece que el Procurador Público Especializado ejerce la defensa jurídica del Estado en los procesos o procedimientos que por necesidad y/o gravedad de la situación así lo requiera. Asimismo, el numeral 15.2 del citado artículo dispone que es Procurador Público Especializado, entre otros, el Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción; Que, a través de la Resolución Suprema Nº 252-2017JUS, se designó al señor Amado Daniel Enco Tirado, como Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción; Que, con Oficio Nº 2234-2018-PPEDC-CDJEMINJUSDH, el Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción indica que la participación de un representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en el referido Grupo de Trabajo será de suma importancia, pues será necesario que forme parte de la delegación peruana que cumpla con las obligaciones asumidas por el Estado Peruano en los diferentes grupos de trabajo, foros y comités de la OCDE, proponiendo su participación para tal efecto; Que, asimismo, de los documentos que se acompañan, se verifica que se hace necesario realizar el viaje antes mencionado, el cual guarda relación con las funciones de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de la diligencia antes mencionada, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Amado Daniel Enco Tirado, a efectos que participe en la citada diligencia en representación del Estado peruano. Asimismo, por razones de itinerario es pertinente autorizar el presente viaje del 07 al 13 de octubre de 2018; Que, los gastos que genere dicho viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 013-2017JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Amado Daniel Enco Tirado, Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción, del 07 al 13 de octubre de 2018, a la ciudad de París, Francia, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos x 06 días US$ 1,946.70 US$ 3,240.00

las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1698545-1

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aceptan renuncia de Directora de la Dirección de Políticas en Discapacidad del CONADIS
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 083-2018-CONADIS/PRE Lima, 2 de octubre de 2018 VISTO: El Memorando N° 443-2018-CONADIS/PRE de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 63 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad; constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y financiera, el cual es además pliego presupuestario; Que, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, la cual surte efecto a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que posterga su vigencia; Que, respecto a la contratación de personal directivo, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, determina que el personal establecido en los numerales 1, 2, e inciso a) del numeral 3 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público (Funcionario Público, Empleado de Confianza y Directivo Superior), contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 del referido decreto legislativo; siendo que este personal solamente puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, el artículo 74 del Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, establece que la estructura orgánica del CONADIS está conformada por el Consejo Nacional, la Presidencia, la Secretaría General y demás órganos que establezca su Reglamento de Organización y Funciones (ROF); Que, a través de Resolución Ministerial N° 305-2016MIMP, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del CONADIS, documento de gestión institucional que contiene los cargos definidos y aprobados sobre la base de su estructura orgánica;

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, el profesional citado en el artículo 1 de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de

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