Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2018 (21/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Domingo 21 de octubre de 2018

PROYECTO
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DETERMINAR LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES DE EMAPA HVCA S.A. El estudio tarifario elaborado por la Gerencia de Regulación Tarifaria contiene el análisis técnico con la propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EMAPA HVCA S.A. para el quinquenio regulatorio 2018-2023. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotación e inversión eficientes de la empresa, que figuran en el mencionado estudio tarifario, el cual comprende básicamente los aspectos contemplados en el Anexo No 2 del Reglamento General de Tarifas1. Asimismo, se ha evaluado la propuesta final de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, que serán aplicados por EMAPA HVCA S.A. Dicha evaluación ha sido elaborada sobre la base de la cantidad y rendimientos de los recursos identificados por la empresa prestadora, así como los precios unitarios recabados por la SUNASS en el mercado local y los costos de personal incurridos por la empresa. II. CONSIDERACIONES LEGALES De acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 273322, y los artículos 24 y 26 del Reglamento General de la SUNASS3, la SUNASS es competente para establecer la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento. Asimismo, el artículo 70 del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento (en adelante Ley Marco), señala que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad y los procedimientos aplicables a la regulación económica de los servicios de saneamiento, que comprende, entre otros, la fijación de tarifas a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento. Por su parte, el Reglamento de la Ley Marco4 en su artículo 167 establece que la regulación económica tiene por finalidad propiciar progresivamente el incremento de la eficiencia técnica y económica, la sostenibilidad económico-financiera y ambiental en la prestación de los servicios de saneamiento, la equidad y el equilibrio económico-financiero de los prestadores de servicios regulados, el aseguramiento de la calidad integral en la prestación del servicio y la racionalidad en el consumo. Por otro lado, en virtud que al artículo 77 de la Ley Marco y al artículo 182 del Reglamento de la Ley Marco, la SUNASS está facultada a mejorar el sistema de subsidios cruzados sin afectar el equilibrio económico financiero del prestador, aplicables a usuarios en situación de pobreza y extrema pobreza, en la estructura tarifaria propuesta para EMAPA HVCA S.A. se contempla el uso de los "Planos Estratificados por Ingreso a Nivel de Manzanas de las Grandes Ciudades 2017", específicamente los planos para Huancavelica, elaborados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática. III. IMPACTO ESPERADO La aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, aplicables por la EMAPA HVCA S.A. favorece, por un lado a la empresa y, por el otro, a la población atendida. A la empresa prestadora, debido a que su aplicación coadyuvará a su sostenibilidad económica y viabilidad financiera; y a la población, porque se beneficiará del compromiso de la empresa reflejado en las metas de gestión, cuyo cumplimiento traerá consigo una mejora en la calidad y continuidad de los servicios.

Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos. Aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM. Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, publicado el 26 de junio de 2017 en el diario oficial El Peruano.

ANEXO Nº 1 METAS DE GESTIÓN BASE DE EMAPA HVCA S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2018-2023 Y MECANISMOS DE EVALUACIÓN A. METAS DE GESTIÓN BASE Corresponde a las metas de gestión base de los proyectos ejecutados y financiados con recursos internamente generados por la empresa y con la transferencia realizada por el Organismo Técnico de Adminstración de los Servicios de Sanemiento (OTASS).
Metas de Gestión Base1/ Renovación anual de medidores1 Incremento anual de nuevos medidores2/ Continuidad promedio. Presión promedio Relación de Trabajo3/ Actualización de catastro técnico de agua potable y alcantarillado4/ Unidad de Año 0 Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Medida Und. Und. Horas/ día m.c.a. % 22 35 800 1690 22 35 1100 127 22 35 1100 138 22 35 1100 142 22 35 1100 146 22 35

72.3% 66.1% 65.9% 67.9% 68.0%

%

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-

-

-

100% 100%

1/ Se refiere a la instalación de un nuevo medidor en una conexión de agua potable que ya contaba con medidor. Su reemplazo o reposición se efectúa por haber sido robado, manipulado, superar el volumen de registro del medidor recomendado por el proveedor o por el deterioro de su vida útil (ya sea que subregistre o sobreregistre). La adquisición de medidores se realizará con recursos internamente generados por la empresa prestadora 2/ Se refiere a la instalación de medidores por primera vez. La adquisición de medidores se realizará con financiamiento de OTASS. 3/ Se obtiene de dividir los costos totales de operación (no incluye: costos de depreciación y amortización de intangibles, costos de servicios colaterales, provisión por cobranza dudosa, fondo de inversiones o reservas señaladas en el Anexo Nº 4 de la presente resolución, ni los costos cubiertos con el crédito fiscal) entre la suma de los ingresos operacionales totales (referidos al importe facturado por servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fijo, sin considerar: el Impuesto General a las Ventas, el Impuesto de Promoción Municipal). 4/ Los criterios para la evaluación de la meta de gestión se encuentran establecido en el Anexo VI del Estudio Tarifario

B. EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS DE GESTIÓN BASE POR PARTE DE EMAPA HVCA S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2018-2022 I.- DEFINICIONES Año: Es el periodo que comprende un año calendario computado a partir del primer ciclo de facturación inmediatamente posterior a la publicación de la presente resolución. Metas de Gestión: Son los parámetros seleccionados por la Gerencia de Regulación Tarifaria para el seguimiento y evaluación sistémica del cumplimiento del programa de inversiones y las acciones de mejora en la gestión de la empresa prestadora, establecidos en el estudio tarifario. Las metas de gestión son aprobadas por el Consejo Directivo de SUNASS.

1

Aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD y sus modificatorias.

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