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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (21/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 94

94 Domingo 21 de octubre de 2018 / El Peruano Valor Meta (VM): Es el valor de la meta de gestión, establecido por el Consejo Directivo a propuesta de la Gerencia de Regulación Tarifaria, que indica el objetivo a alcanzar por la empresa prestadora al fi nal del año regulatorio. Valor Obtenido (VO): Es el valor de la meta de gestión alcanzado por la empresa prestadora como resultado de la gestión realizada durante el año regulatorio. Índice de Cumplimiento Individual a nivel de EPS (ICI a nivel de EPS): Es el índice que se utiliza para medir el nivel de cumplimiento del Valor Meta de un determinado Indicador Meta a nivel EPS y en un año regulatorio en especí fi co. Se expresa en porcentaje. El ICI a nivel de localidad de las metas de gestión establecidas al mismo nivel, serán determinados aplicando las siguientes ecuaciones: • Para las Metas de Gestión “Continuidad Promedio”, “Presión promedio”, “Actualización de catastro Técnico de agua potable y alcantarillado”: ܫܥܫ௜ൌ݋݀݅݊݁ݐܾܱݎ݋݈ܸܽ ௜ ܽݐ݁ܯݎ݋݈ܸܽ ௜ൈͳͲͲ Donde: i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. Para efectos de la evaluación del cumplimiento de las metas de gestión señaladas, si el ICI resulta mayor al 100%, se considerará un cumplimiento individual del 100%. En el caso de las Metas de Gestión “Continuidad” y “Presión Promedio”, el valor resultante deberá redondearse al valor más cercano sin decimales. • Para “Renovación anual de medidores” e “instalación anual de nuevos medidores”: ܫܥܫ௜ൌቆσܱܸ௔௜ ௔ୀଵ σܯܸ௔௜ ௔ୀଵቇൈͳͲͲ Donde: i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. a : son los años hasta llegar a “i”. • Para la Meta de Gestión “Relación de Trabajo”: ݅ܫܥܫൌ݅ܽݐ݁ܯݎ݋݈ܸܽ ݋݀݅݊݁ݐܾܱݎ݋݈ܸܽ݅ ൈͳ Donde: i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. Para efectos de la evaluación del cumplimiento de las metas de gestión señaladas, si el ICI resulta mayor al 100%, se considerará un cumplimiento individual del 100%. Índice de Cumplimiento Global (ICG): Es el índice que se utiliza para medir el nivel de cumplimiento promedio de las metas de gestión en un año regulatorio. Se de fi ne como la media aritmética de los ICI a nivel EPS de cada meta de gestión. Se expresa en porcentaje, de la siguiente manera: ݅ܩܥܫൌ෍݊݅ܫܥܫ ܰܰ ݊ൌͳDonde: N : es el número total de metas de gestión. i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. II.- SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LAS METAS DE GESTIÓN BASE Para efecto de las acciones de supervisión, fi scalización y sanción, la SUNASS veri fi cará que al fi nal de cada año del quinquenio regulatorio EMAPA HVCA S.A. haya cumplido como mínimo las siguientes condiciones: - El 85% del ICG. - El 80% del ICI a nivel de EPS. El cumplimiento de los índices antes señalados será evaluado conforme a lo establecido en el numeral anterior. ANEXO Nº 2 FÓRMULA TARIFARIA DE EMAPA HVCA S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2018-2023 Y CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS BASE A. FÓRMULA TARIFARIA E INCREMENTOS TARIFARIOS BASE 1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0.000) (1 + Φ)T1 = To (1 + 0.000) (1 + Φ) T2 = T1 (1 + 0.071) (1 + Φ)T2 = T1 (1 + 0.071) (1 (1 + Φ) T3 = T2 (1 + 0.00) (1 + Φ)T3 = T2 (1 + 0.000) (1 + Φ) T4 = T3 (1 + 0.000) (1 + Φ)T4 = T3 (1 + 0.000) (1 + Φ) T5 = T4 (1 + 0.000) (1 + Φ)T5 = T4 (1 + 0.000) (1 + Φ) Donde: To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente a la fecha de elaboración del estudio tarifario. T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 Φ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor Los incrementos tarifarios base de 7.1% tanto en agua potable como en alcantarillado, del segundo año regulatorio está conformado: Un incremento de 1.49% destinados a cubrir: i) los costos de operación y mantenimiento de la empresa prestadora; ii) los costos de inversión de los proyectos a ser fi nanciados con recursos internamente generados; iii) la reserva para la elaboración e implementación del plan de gestión de riesgo de desastres y adaptación al cambio climático; iv) la reserva para la implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MRSE) y la implementación del Plan de Control de calidad (PCC), así como la formulación e implementación del Plan de Adecuación Sanitaria (PAS). Se hicieron cambios de redacción no recogidos en control de cambios. Un incremento de 5.52% asociado a los costos de operación y mantenimiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado de las siguientes JASS a integrar: San Fabian, Chanquilcocha, Castilla Puquio, Montepata, Ccoripaccha, Puyhuan Grande, Pucarumi, Villa Agraria, Quichcahuaycco. B. CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS BASE La veri fi cación por el organismo regulador del cumplimiento de las metas de gestión base autoriza a PROYECTO