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38 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de octubre de 2018 / El Peruano celebrará el 26 de octubre de 2018, en la ciudad de San Francisco de Quito – República del Ecuador; asimismo, señala que se llevarán a cabo reuniones preparatorias de carácter técnico, el 25 de octubre de 2018 en dicha ciudad; Que, a través del Memorando N° 000218-2018-GG/ MIGRACIONES, de fecha 22 de octubre de 2018, la Gerencia General de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES designó al señor Luis Fernando Moreno Berríos, Gerente de la Gerencia de Política Migratoria de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, y al señor Johny Ronald Meregildo Ramos, Director General de la O fi cina General de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, a fi n que participen en el mencionado evento; Que, con Informe N° 000585-2018-AJ/ MIGRACIONES, de fecha 23 de octubre de 2018, la O fi cina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Luis Fernando Moreno Berríos, Gerente de la Gerencia de Política Migratoria de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, y del señor Johny Ronald Meregildo Ramos, Director General de la O fi cina General de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, para que participen en el evento antes citado, a realizarse en la ciudad de San Francisco de Quito – República del Ecuador, del 24 al 26 de octubre de 2018, considerando que es importante para la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, toda vez que dicho Gabinete Binacional constituye la máxima instancia de dialogo y coordinación política con la República del Ecuador, el mismo que está conformado por cinco Ejes Temáticos: a) Asuntos sociales y culturales; b) Asuntos productivos, comerciales, de inversión y turismo; c) Asuntos ambientales, energéticos y mineros; d) Infraestructura y conectividad; y, e) Seguridad y defensa; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación de los mencionados comisionados, se encuentran en el ámbito de competencia de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluida la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, del Pliego 073, Superintendencia Nacional de Migraciones, conforme lo precisa el Memorando N° 002435-2018-PP/MIGRACIONES, de fecha 22 de octubre de 2018, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;Que, asimismo, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, debiendo publicarse en el diario o fi cial El Peruano; Con la visación de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-IN y su modi fi catoria por Decreto Supremo N° 008-2014-IN. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Luis Fernando Moreno Berríos, Gerente de la Gerencia de Política Migratoria de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, y del señor Johny Ronald Meregildo Ramos, Director General de la O fi cina General de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, del 24 al 26 de octubre de 2018, a la ciudad de San Francisco de Quito – República del Ecuador, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, del Pliego 073, Superintendencia Nacional de Migraciones, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ Días Pers. Total US$ Viáticos 370.00 X 3 X 2 = 2,220.00 Pasajes aéreos 1,475.14 X X 2 = 2,950.28 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, los comisionados a que se re fi ere el artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos y viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1705425-1