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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (24/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de octubre de 2018 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Luis Felipe Wenceslao Villacorta Ostolaza, Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 24 al 27 de octubre de 2018, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con cargo del Pliego 003: Ministerio de Cultura, conforme al siguiente detalle: Pasaje aéreo, (incluido TUUA) : US$ 800.00 Viáticos (US$ 370 x 2 días) : US$ 740.00 -------------------- TOTAL : US$ 1 540.00 Artículo 3.- Disponer que el citado funcionario, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presente ante el Ministerio de Cultura un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento y la reunión a la que acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- Encargar el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales a la señora Jacqueline Giuliana Mori Chávez, Jefa de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial, a partir del 24 de octubre de 2018 y en tanto dure la ausencia de su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura 1705309-1 Autorizan viaje de profesionales del IRTP a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 427-2018-MC Lima, 23 de octubre de 2018VISTO; el O fi cio N° 239-2018-GG/IRTP del Gerente General del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú–IRTP; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura mediante Decreto Supremo N° 061-2016-PCM; cuyo objetivo es llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento; Que, mediante el documento de visto, el IRTP solicita se autorice el viaje de los señores Bernabé Valenzuela Tapia, Hover Felipe Herrera Aquino, Antonio Salvador Almonacid Guerra, Julia Elizabeth Guevara Flores, Miguel Huacho Aranda, y Wilder Cuipal Perea, del 24 al 25 de octubre de 2018, y del señor Raúl Cachay Carpio, del 25 al 26 de octubre de 2018, trabajadores del IRTP, a la ciudad de Quito, República del Ecuador; para cubrir la incidencia informativa de la participación del Presidente de la República, señor Martín Alberto Vizcarra Cornejo, en el encuentro Presidencial y XII Gabinete Binacional Perú–Ecuador; Que, por las consideraciones expuestas, resulta de interés institucional autorizar el viaje de los mencionados trabajadores del IRTP, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, cuyo gasto por concepto de viáticos serán asumidos con cargo al Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP; Que, el artículo 10 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, establece que durante el presente año, la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, serán autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Bernabé Valenzuela Tapia, Hover Felipe Herrera Aquino, Antonio Salvador Almonacid Guerra, Julia Elizabeth Guevara Flores, Miguel Huacho Aranda, y Wilder Cuipal Perea, del 24 al 26 de octubre de 2018, y del señor Raúl Cachay Carpio, del 25 al 26 de octubre de 2018, profesionales del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, a la ciudad de Quito, República del Ecuador; para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, conforme al siguiente detalle: • Viáticos: (US$ 370.00 x 3 días) US$ 6 660.00 Bernabé Valenzuela Tapia Hover Felipe Herrera Aquino Antonio Salvador Almonacid Guerra Julia Elizabeth Guevara Flores Miguel Huacho Aranda Wilder Cuipal Perea • Viáticos: (US$ 370.00 x 2 días) US$ 740.00 Raúl Cachay Carpio Artículo 3.- Disponer que los profesionales cuyo viaje se autoriza, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante el titular del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú–IRTP, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las actividades que efectúen, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura 1705290-1