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3 NORMAS LEGALES Martes 30 de octubre de 2018 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30693 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales–Año Fiscal 2018”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2018; asimismo el inciso 1.3 del artículo 1 de la citada Ley señala que las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo se sujetan a lo establecido en el artículo 67 de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto de la Biblioteca Nacional del Perú–BNP, se han previsto recursos para el pago de las cuotas a favor de diversos organismos internacionales, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fi n de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30693 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización Autorizar a la Biblioteca Nacional del Perú–BNP a efectuar el pago de las siguientes cuotas: Pliego Presupuestario Moneda Monto Persona Jurídica 113: BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ DÓLARES45 000.00Programa Iberoamericano de Bibliotecas Públicas– IBERBIBLIOTECAS 4 600.00Asociación de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de las Bibliotecas Nacionales de Iberoamérica– ABINIA EUROS 500.00La Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas–IFLA Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú–BNP. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1707886-1Autorizan al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a efectuar el pago de cuota a favor de la Unión Postal Universal RESOLUCIÓN SUPREMA N° 204-2018-RE Lima, 30 de octubre de 2018VISTO:El O fi cio N° 2216-2018-MTC/04, de 24 de setiembre de 2018, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante el cual solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota a favor de la Unión Postal Universal–UPU; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 30693 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales–Año Fiscal 2018”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2018; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones se han previsto recursos para el pago de la cuota a favor de la la Unión Postal Universal–UPU, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fi n de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30693 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización Autorizar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a efectuar el pago de S/ 158 726.00 (Ciento cincuenta y ocho mil setecientos veintiséis y 00/100 soles) a favor de la Unión Postal Universal – UPU. Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3.- Equivalencia en moneda extranjera Disponer que la equivalencia en moneda extranjera sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1707886-2