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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (30/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 154

154 NORMAS LEGALES Martes 30 de octubre de 2018 / El Peruano Que, el artículo 8º de la Ley General del Ambiente Nº 28611 establece que las políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y local se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional de Ambiente y deben guardar concordancia entre sí. Que, el artículo 127º de la Ley Nº 28611 establece que el Ministerio de Educación y la Autoridad Ambiental Nacional coordinan con las diferentes entidades del Estado para la de fi nición de la Política Nacional de Educación Ambiental teniendo entre sus lineamientos orientadores desarrollar programas de educación ambiental a nivel formal y no formal; Que, mediante Decretos Supremos Nº 016-2016- MINEDU se aprueban la Política y el Plan Nacional de Educación Ambiental, como instrumentos de obligatorio cumplimiento para orienta las actividades públicas y privadas sobre promoción de la cultura y la ciudadanía ambiental en el marco del proceso estratégico de desarrollo del país. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Art. 40º de Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; y con la aprobación por UNANIMIDAD del Concejo Municipal: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DEL DISTRITO DE CHACLACAYO (PROGRAMA EDUCCA) 2018-2022 Artículo Primero.- Aprobar EL Programa municipal de educación, cultura y ciudadanía ambiental del distrito de Chaclacayo (programa EDUCCA) 2018-2022, que contiene como anexo doce (12) capítulos, una (1) tabla, una (1) grá fi ca, haciendo en total de 9 folios. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Servicios a La Ciudad, la implementación y ejecución del presente PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DEL DISTRITO DE CHACLACAYO (PROGRAMA EDUCCA) 2018-2022 en coordinación con la Sub Gerencia de Limpieza Pública. Artículo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de Tecnología de La Información la publicación de la presente ordenanza en la página web de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo.Artículo Cuarto.- Deróguese toda norma que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DAVID APONTE JURADO Alcalde 1707073-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Convocan la realización de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 00008-2018/MDSA Santa Anita, 16 de octubre del 2018LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA CONSIDERANDO:Que, el Artículo IV de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Que, es política de la actual Gestión realizar Matrimonios Civiles Comunitarios, con el fi n de regularizar la situación de hecho existente en muchos hogares, así como apoyar a los sectores sociales de limitados recursos económicos. Estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Nº 27972- Orgánica de Municipalidades y el Art. 252º del Código Civil; SE RESUELVE:Artículo Primero.- CONVOCAR la realización del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO en el distrito de Santa Anita, para el 10 de Noviembre del 2018. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante o fi cio dirigido al Director del Diario O fi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (CD o USB) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo , colocándose una declaración jurada debajo de otra. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES