Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2018 (05/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano / Miércoles 5 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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la asignación de éstas mantendrá el mismo criterio establecido originalmente en la quinta. Artículo 7º.- EXCEPCIONES Se precisa que aquellas edificaciones que presenten Declaratorias de Fábrica que se hayan elaborado en función a normas anteriores a la Ley Nro. 29090, "Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones", deberán adecuarse conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nro. 011-2017-VIVIENDA. Asimismo, en caso se advirtiera que la regularización de Declaratorias de Fábrica al amparo de la Ley Nº 27157 y modificatorias, se llevó a cabo con la presentación de documentación inexacta y/o falsa, la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Catastro o el área municipal competente que haga sus veces de acuerdo al ROF vigente, podrá oficiar a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) las presuntas irregularidades detectadas, a fin que conforme a sus atribuciones tome las acciones pertinentes de acuerdo a su competencia. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, establezca las normas reglamentarias y de aplicación de la presente ordenanza de ser necesarias. Segunda.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, a través de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Catastro o el área municipal competente que haga sus veces de acuerdo al ROF vigente y las demás unidades orgánicas de la Municipalidad de Lince, el cumplimiento de la presente ordenanza de acuerdo a sus atribuciones. Tercera.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen y Subgerencia de Informática y Tecnología su publicación en el Portal Institucional (www.munilince.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 1686804-1

Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 1815-2018-GAF-MDMM emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 421-2018-GAJMDMM emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante el documento del visto, la señora Mariela Canepa en representación de la WWF Perú WORLD WILDLIFE FUND, INC. manifiesta que esta corporación edil es Ganadora Nacional del Desafío de Ciudades de WWF en su edición 2017-2018, por lo que extiende la invitación a la ceremonia que se llevará a cabo del 12 al 14 de setiembre en el marco de la Cumbre Global de la Acción Climática en la ciudad de San Francisco, California, Estados Unidos; Que, mediante los memorandos del visto, la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gobierno Ambiental pone en conocimiento las actividades realizadas durante el periodo 2017-2018 y solicita la licencia bajo la modalidad de comisión de servicios a mérito de representar a la Municipalidad de Magdalena del Mar en la cumbre Global de la Acción Climática WWF; Que, mediante los informes del visto, la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial emite su pronunciamiento y señala los montos que demandará el costo de traslado aéreo en clase económica a la ciudad de San Francisco en el estado de California de los Estados Unidos; Que, mediante memorando del visto, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto informa que se cuenta con disponibilidad presupuestal para atender lo solicitado; Que, con el informe del visto, la Gerencia de Administración y Finanzas otorga disponibilidad financiera supeditada a la aprobación del Concejo Municipal. Que, con el informe del visto, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta viable el viaje en comisión de servicios, debiéndose cumplir con lo previsto en artículo 2° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, así como lo señalado en el artículo 1° de la Ley N° 28807. Que, de la revisión de los actuados se advierte que se ha cumplido con sustentar el interés de la Municipalidad de Magdalena del Mar, y se ha indicado expresamente el motivo del viaje. Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM - normas reglamentarias sobre autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que: "(.) la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac (.)"; asimismo, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad; Que, los artículos 2 y 3 de la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que las autorizaciones de viaje al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad; asimismo, deberán de publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el inciso 11) del Artículo 9 de la Ley Nº 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal "Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario", por lo que la autorización de viaje deberá ser aprobado por el Concejo Municipal;

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Autorizan viaje de funcionario a los EE. UU., en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 162-2018-AC-MDMM Magdalena del Mar, 24 de agosto de 2018 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión de Concejo Nº 20 de la fecha; VISTO: El Documento Simple Nº 9395-18 presentado por la señora Mariela Canepa en representación de la WWF Perú - WORLD WILDLIFE FUND, INC.; el Memorándum Nº 207-2018-GDSYGA-MDMM y el Memorándum Nº 238-2018-GDSYGA-MDMM emitidos por la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental; el Informe Nº 963-2018-SGLCP-GAF/MDMM y el Informe Nº 1010-2018-SGLCP-GAF/MDMM emitidos por la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial; el Memorándum Nº 198-2018-GPP/MDMM emitido por la

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