Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2018 (05/09/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 84

84

NORMAS LEGALES

Miércoles 5 de setiembre de 2018 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Ordenanza que establece los criterios técnicos para la asignación y regularización de Numeración Municipal de los predios ubicados en el Distrito
ORDENANZA Nº 407-2018-MDL Lince, 16 de agosto de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE; VISTOS: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen N° 002-2018-MDL-CAL de la Comisión de Asuntos Legales y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, las municipalidades son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; De igual modo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en concordancia con lo expresado, en aplicación del numeral 8 del artículo 9 de la Ley Nº 27972, le corresponde al Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas, entre otras atribuciones; lo cual se condice con lo previsto en los numerales 3.3 y 3.4 del artículo 79 de la Ley citada, en los que se ha establecido como funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: elaborar y mantener el catastro distrital y disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeración predial; Que, el Artículo 67° del Reglamento de Licencias de Habilitación Urbanas y Licencias de Edificación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2017-VIVIENDA señala que una vez obtenida la Licencia de Edificación, de acuerdo a lo establecido para cada modalidad, el administrado puede solicitar la numeración que corresponda a los ingresos a la edificación y a las unidades inmobiliarias resultantes del proyecto aprobado, quedando la municipalidad respectiva obligada a emitir la resolución correspondiente dentro de los cinco (05) días hábiles de presentada la solicitud, indicando el número del comprobante que acredite el pago efectuado por la tasa municipal correspondiente; Que, en concordancia con lo expresado, según el artículo 92 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios de la SUNARP, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 097-2013-SUNARP-SN, la inscripción de la numeración se realiza en mérito a la resolución o al certificado de numeración expedidos por la municipalidad distrital respectiva; Que, la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Catastro, a través del Informe N° 106-2018-MDLGSAT/SFTC presenta el Proyecto de Ordenanza que establece los criterios técnicos para la asignación y regularización de Numeración Municipal de los predios ubicados en el Distrito de Lince, que con alcance general también incluyen determinadas medidas inscribibles en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos-SUNARP, para el mejor cumplimiento de los Principios de Integración de la Información Catastral y de Veracidad, respecto de los predios que hubieran sido objeto de procedimientos de regularización de fábrica; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley Nº 27972, las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa

municipal, por medio de las cuales se regula las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9, numeral 8, y artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS CRITERIOS TÉCNICOS PARA LA ASIGNACIÓN Y REGULARIZACIÓN DE NUMERACIÓN MUNICIPAL DE LOS PREDIOS UBICADOS EN EL DISTRITO DE LINCE CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- OBJETO. El objeto de la presente ordenanza es establecer el marco normativo local para promover y regular los criterios técnicos utilizados al momento de asignar, certificar, modificar, ratificar, rectificar y dar de baja la numeración municipal, la misma que permitirá consolidar la identificación oficial de las unidades catastrales que se desarrollan en la jurisdicción. Artículo 2º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente ordenanza es de cumplimiento obligatorio para todos los propietarios que no cuenten con numeración municipal asignada y/o estén utilizando una numeración no oficial, debiendo tramitar el otorgamiento de numeración municipal de predios ubicados dentro del distrito de Lince. Artículo 3º.- DEFINICIONES Para efectos de la aplicación de las disposiciones contenidas en la presente ordenanza, considérense las siguientes definiciones: a) Unidad catastral: Es la unidad física y/o legalmente independiente, que se determina para efectos de registro catastral en la Base de Datos de Información Catastral. b) Asignación de numeración municipal: Es el procedimiento a través del cual se otorga la numeración municipal, exterior e interior, que identifica a las unidades catastrales y sus partes susceptibles de numerar. Dentro de este concepto se incluye la posibilidad de redistribuir la numeración municipal asignada con anterioridad a las distintas unidades catastrales de un mismo predio, así como eliminar y/o agregar números con relación a los existentes. Esta redistribución se puede efectuar a solicitud de parte. c) Resolución: Es el documento a través del cual se asigna, modifica, ratifica, rectifica y/o da de baja la numeración municipal exterior y/o interior, que identifica a una unidad catastral y a sus partes susceptibles de enumerar, siendo inscribible ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP). 1. Para los casos de edificaciones realizadas al amparo de la Ley Nº 29090, la numeración se otorgará a pedido de parte emitiendo la respectiva resolución. 2. Para los casos de edificaciones regularizadas al amparo de la Ley Nº 27157, la numeración se otorgará a pedido de parte. d) Baja de numeración municipal: Se refiere al cierre de oficio o a solicitud de parte de la numeración municipal asignada en la Base de Datos de Información Catastral, la misma que se produce en las siguientes situaciones: 1. Al existir un documento oficial que sustente su baja, tales como: Certificado de conformidad y/o

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.