Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2018 (05/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Miércoles 5 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Que, la Ordenanza Municipal N° 011-2015 señala que se debe tener en cuenta el impacto vial y urbanístico del desarrollo de las actividades de las empresas portuarias que el Estado ha concesionado requiriéndose elaborar instrumentos de gestión que aborden en forma técnica y operativa las soluciones de Logística Urbana necesarias para el desarrollo del Primer Puerto del Perú, eje de desarrollo del país y que Pro Inversión ha señalado su problemática; Que, es preciso coordinar aspectos puntuales de desarrollo de una ciudad sostenible, que no se encuentran considerados en el Plan de Desarrollo Urbano aprobado por la Ordenanza N° 000068-2010, siendo necesario que para la actualización se tendrá en cuenta la próxima elaboración del Plan de Desarrollo Metropolitano de la Provincia Constitucional del Callao al 2035; Que, se hace necesario suspender los alcances del Plan de Desarrollo Urbano de la Provincia Constitucional del Callao 2011-2022 en los aspectos de zonificación, viabilidad y complementarias hasta que el propio Concejo Municipal apruebe el nuevo Plan Metropolitano de Desarrollo en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 022-2016-VIVIENDA y sus respectivas modificatorias, respetándose lo dispuesto en las normas nacionales que regulan la protección del patrimonio natural, cultural y las normas sobre gestión de riesgos y otros; Que, el cuarto considerando de la Ordenanza Municipal N° 011-2015 menciona que la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento con el Oficio N° 1527-2015-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU responde el Oficio N° 214-2015-MPC-GGDU señalando la pertinencia de la elaboración de un Plan de Desarrollo Metropolitano del Callao por parte de Municipalidad Provincial del Callao de manera autónoma a fin de dar cumplimiento al mandato legal contenido en el entonces vigente Decreto Supremo N° 004-2011-VIVIENDA; Que, el Decreto Supremo N° 022-2016-VIVIENDA, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 24 de diciembre de 2016, aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, en su única disposición complementaria deroga el Decreto Supremo N° 004-2011-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, así como el literal b. del numeral 1.1 del Capítulo I denominado "Sistema Urbano Nacional" del Plan Nacional de Desarrollo Urbano, "PERÚ: Territorio para Todos", Lineamientos de Política 2006 - 2015, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2006-VIVIENDA; Que, mediante Oficio N° 3103-2016-VIVIENDAVMVU/DGPRVU del 26 de diciembre de 2016 el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento remite a la Municipalidad Provincial del Callao la propuesta del Convenio de Cooperación Interinstitucional para la asistencia técnica en la elaboración del Plan de Desarrollo Metropolitano; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 015-2017 del 27 de febrero de 2017, el Concejo Municipal Provincial del Callao aprueba la propuesta del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Provincial del Callao para la asistencia técnica en la elaboración del Plan de Desarrollo Metropolitano, autorizando al Alcalde la suscripción del mismo, encargando a la Gerencia Municipal y la Gerencia General de Desarrollo Urbano el cumplimiento de los acuerdos; Que, mediante el Oficio N° 559-2017-MPC/SG del 16 de marzo de 2017, la Municipalidad Provincial del Callao remite al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Acuerdo de Concejo N° 015-2017 de fecha 27 de febrero de 2017 que aprueba el Convenio de Cooperación Interinstitucional para la asistencia técnica en la elaboración del Plan de Desarrollo Metropolitano. Asimismo, con Oficio N° 1063-2017-MPC/SG de fecha 19 de mayo de 2017 y Oficio N° 375-2017-MPC/SG de fecha 06 de noviembre de 2017 se reitera la remisión del mencionado convenio con la designación del representante de esta comuna edil; Que, mediante el Oficio N° 2248-2017-VIVIENDAVMVU/DGPRVU de fecha 28 de noviembre de 2017, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

comunica a la Municipalidad Provincial del Callao la necesidad de actualizar los términos del Convenio de Cooperación Interinstitucional para la asistencia técnica en la elaboración del Plan de Desarrollo Metropolitano a fin de establecer los compromisos técnicos y económicos que adoptará cada institución. De otro lado, la Ordenanza Municipal N° 002-2018 aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao, estableciendo en su artículo 147 que la Gerencia General de Desarrollo Urbano tiene entre sus funciones la elaboración, coordinación, ejecución, actualización, control y evaluación del Plan de Desarrollo Urbano de la Provincia Constitucional del Callao; Que, en virtud de ello, la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, mediante Informe Nº 221-2018-MPCGGDU y la Gerencia General de Desarrollo Urbano mediante Informe Nº 221-2018-MPC-GGDU, recomiendan se disponga la actualización del Plan de Desarrollo Urbano aprobado mediante la Ordenanza Municipal N° 000068-2010 del 22 de diciembre de 2010; propuesta que cuenta con opinión favorable emitida por la Gerencia General de Asesoría Jurídica, emitida mediante el Informe Nº 537-2018-MPC-GGAJC del 23 de agosto de 2018; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE DISPONE LA ACTUALIZACION DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO 2011-2022 APROBADO POR LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 000068-2010 Artículo 1. Dispóngase la actualización del Plan de Desarrollo Urbano de la Provincia Constitucional del Callao 2011-2022 aprobado por la Ordenanza Municipal N° 000068-2010 del 22 de diciembre de 2010. Los resultados de la actualización serán aprobados mediante Ordenanza Municipal y estarán orientados a la elaboración del Plan de Desarrollo Metropolitano de la Provincia Constitucional del Callao con una visión de sostenibilidad al 2035, de acuerdo a las necesidades y dinámica de los distritos que la conforman. Artículo 2. Mientras se efectúa la actualización mantiene plena vigencia la Ordenanza Municipal N° 0112015. Artículo 3. Encárgase a la Gerencia General de Desarrollo Urbano proponer las normas complementarias necesarias para la adecuada implementación de la presente Ordenanza. Las propuestas que formule la citada Gerencia General considerarán el cumplimiento irrestricto de las normas nacionales e internacionales de protección al patrimonio natural y cultural de la Provincial Constitucional del Callao. Artículo 4. Encárgase a la Gerencia Municipal, Gerencia General de Administración, Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto, Inversiones y Desarrollo Institucional y Gerencia General de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 5. Publícase la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y encárguese a la Gerencia de Informática la publicación de la misma en el portal institucional www.municallao.gob.pe, en el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. servciosalciudadano.gob.pe Artículo 6. Derógase toda norma municipal que se oponga a la presente ordenanza. Artículo 7. La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. RAFAEL A. URBINA RIVERA Alcalde 1687277-1

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