Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2018 (20/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

Jueves 20 de setiembre de 2018 /

El Peruano

Artículo 6.- Comunícase al Ministerio del Ambiente la publicación de la presente Ordenanza para los fines de registro en los mecanismos de seguimiento a la implementación de los objetivos de desarrollo sostenible, de las políticas y normativa ambiental vigentes, la evaluación del desempeño ambiental local, así como su difusión vía el Informe Nacional del Estado del Ambiente. Artículo 7.- Publícase la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y encárgase a la Gerencia de Informática la publicación de la misma y del Programa Municipal EDUCCA Callao 2018-2022 en el portal institucional www.municallao. gob.pe, en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob. pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe y en los canales del Sistema Nacional de Información Ambiental. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. RAFAEL A. URBINA RIVERA Alcalde 1693050-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO
Ordenanza que aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Provincial de Huancayo 2018-2022
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 598-MPH/CM EL ALCALDE PROVINCIAL DE HUANCAYO POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUANCAYO: Ha dado la Ordenanza Municipal siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO 2018-2022 Artículo 1º.- APRUÉBESE el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Provincial de Huancayo para el periodo 2018-2022- EDUCCA, que como anexo de 18 páginas, forma parte integrante y sustancial de la presente Ordenanza Municipal.

Artículo 2º.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal, la implementación de la presente Ordenanza por parte de todas las instancias y dependencias de la municipalidad, para lo cual la Gerencia de Servicios Públicos aprobará Planes de Trabajo Anuales como instrumento de priorización, contextualización y formalización de las actividades y tareas, el presupuesto y/o capacidades asignadas, el cronograma y las responsabilidades necesarias y posibles para asegurar, cada año, la implementación gradual del Programa EDUCCA-MPH 2018-2022. Artículo 3º.- ENCÁRGUESE, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto asignar anualmente, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, recursos para la implementación del Plan de Trabajo correspondiente. Artículo 4º.- CONVÓQUESE la participación activa del conjunto de instituciones y organizaciones locales, identificadas vía el Sistema Local de Gestión Ambiental (CAM, Grupo Técnico), en la implementación del Programa Municipal EDUCCA-MPH. Dicha participación comprende su intervención en las actividades y tareas, como también las capacidades y responsabilidades que puedan comprometer a cada Plan de Trabajo Anual. Artículo 5º.- ESTABLÉZCASE, la realización anual de una evaluación y reporte público de los resultados de cada Plan de Trabajo, como mecanismo para hacer ajustes de proceso y mejoras en el Plan de Trabajo del año siguiente. Al final de cada periodo de gobierno corresponde hacer evaluación y reporte público de los resultados logrados con el Programa EDUCCA, así como proceder a su actualización o reformulación. Artículo 6º.- ALCÁNCESE la presente Ordenanza Municipal al Ministerio del Ambiente para los fines de registro en los mecanismos de seguimiento a la implementación de los objetivos de desarrollo sostenible, de las políticas y normativa ambiental vigentes, la evaluación del desempeño ambiental local, así como su difusión vía informe nacional del estado del ambiente. Artículo 7º.- DISPÓNGASE la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el portal institucional y los canales del Sistema Nacional de Información Ambiental. Comuníquese al señor Alcalde Provincial de Huancayo para su promulgación conforme a Ley. En Huancayo a los cinco días del mes de setiembre del año dos mil dieciocho. POR TANTO: Mando que se publique y cumpla. Dado en la Casa Municipal de Huancayo a los siete días del mes de setiembre del año dos mil dieciocho. ALCIDES CHAMORRO BALVÍN Alcalde 1692786-1

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe.

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