Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2018 (20/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Jueves 20 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Prorrogan Ordenanza N° 413/MDCH, que otorgó amnistía por deudas tributarias y no tributarias y descuentos en arbitrios municipales "Felices Fiestas Patrias 2018"
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 05-2018/MDCH Chaclacayo, 15 de agosto de 2018 VISTO: El Informe Nº 61-2018-SGREC-GATAC/MDCH, de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva y el Informe Nº 153-2018-GAJ/MDCH, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad, con las funciones y atribuciones que la ley le señala. Que, mediante Ordenanza Nº 413/MDCH, del 28 de junio 2018, se otorgó amnistía por deudas tributarias y no tributarias y descuentos en arbitrios municipales "Felices Fiestas Patrias 2018", con vigencia hasta el 15 de agosto 2018. Que, mediante la Segunda Disposición Transitoria y Final de la citada Ordenanza, se facultó al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación, así como para prorrogar su vigencia. Que, mediante Informe Nº 61-2018-SGREC-GATAC/ MDCH, del 14 de agosto 2018, la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, solicita la prórroga de la Ordenanza Nº 413/MDCH, hasta el 31 de agosto 2018, con la finalidad de cumplir su meta. Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 1532018-GAJ/MDCH, de fecha 14 de agosto 2018, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la Ordenanza Nº 413/MDCH, del 28 de junio 2018, a través del cual se otorgó amnistía por deudas tributarias y no tributarias y descuentos en arbitrios municipales "Felices Fiestas Patrias 2018", hasta el 31 de agosto 2018. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Atención Ciudadana y unidades orgánicas competentes; asimismo, a la Gerencia de Administración y Finanzas, el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano, y a la Subgerencia de Tecnología de la Información, publicar en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, para su debida publicidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID APONTE JURADO Alcalde 1692590-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Otorgan beneficios para el pago de derechos administrativos por trámite de constancias de posesión para el agua y electrificación a asentamientos humanos y demás zonas marginales del distrito, y derogan la Ordenanza N° 192-CDL
ORDENANZA Nº 272-MDL Chosica, 20 de agosto de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Nº 009-2018/CAJER, emitido por la Comisión de Regidores de Asuntos Jurídicos, Economía y Rentas, el Informe Nº 393-2018/MDL-GOPRI-SGCUyC de la Sub Gerencia de Control Urbano y Catastro, el Informe Nº 578-2018/MDL-GOPRI de la Gerencia de Obras Privadas, el Informe Nº 642-2018/MDL-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, referido al Proyecto de Ordenanza que otorga Beneficios para el pago de Derechos Administrativos por Trámite de Constancias de Posesión, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico, tal como lo establece el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 192-CDL de fecha 30 de setiembre de 2013, la Municipalidad Distrital de Lurigancho, aprobó la Ordenanza que exonera en 100% las tasas administrativas por derecho de trámite por el servicio de expedición de Constancia de Posesión y Visación de Planos, únicamente para aquellos asentamientos humanos y demás zonas marginales del distrito que se encuentren comprendidos o empadronados dentro del proyecto de mejoramiento de agua potable y alcantarillado ­ Programa Agua para Todos ­ determinados por SEDAPAL, o en su defecto estén postulando a dicho programa y programas de electrificación; estableciéndose en su Artículo Primero los requisitos para la obtención de constancias de posesión y visación de planos; Que, la Sub Gerencia de Control Urbano y Catastro mediante Informe Nº 393-2018/MDL-GOPRI-SGCUyC, dirigido al Gerente de Obras Privadas, propone el otorgamiento de beneficios para el pago de derechos administrativos por trámites de Constancias de Posesión a Asentamientos Humanos y Zonas Marginales para agua y electrificación, detallando que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento está desarrollando el Programa "Agua Segura para Lima y Callao ­ PASLC" como alternativa para dotar del servicio a las grandes mayorías de esta parte del país; igualmente, la Empresa SEDAPAL para otorgar el servicio requiere entre otros documentos, de constancias de posesión y planos visados para aquellos que no cuenten con título de propiedad o habilitación urbana y tomando en cuenta que la mayor cantidad de pobladores del distrito no cuentan

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