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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (29/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 89

89 NORMAS LEGALES Sábado 29 de setiembre de 2018 El Peruano / Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (http://www.apci.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ NORRIS Director Ejecutivo 1696313-2 Designan Jefe de la Oficina General de Administración de la APCI RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 132-2018/APCI-DE Lima, 26 de setiembre de 2018VISTO:El Memorándum N° 413-2018/APCI-OPP de fecha 25 de septiembre de 2018, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, Ley N° 27692 y sus normas modi fi catorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, a cargo de ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente gozan de los bene fi cios tributarios que la ley establece; Que, el artículo 29° del Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2007-RE, establece dentro de la estructura orgánica de la APCI, a la O fi cina General de Administración como órgano de apoyo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0452/RE- 2018, publicada el 15 de agosto de 2018 en el Diario Ofi cial El Peruano, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la APCI; Que, el CAP Provisional de la APCI contempla el cargo de Jefe de la O fi cina General de Administración, clasi fi cado como empleado de con fi anza; Que, el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios públicos en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley se efectúa mediante resolución del titular de la entidad; Que, el segundo párrafo del artículo 9° de la Ley N° 27692 establece que los requisitos para ser Director Ejecutivo de la APCI contenidos en los literales c) y d) del mismo artículo se extienden a los cargos de con fi anza de la APCI; Que, mediante documento del visto, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI informa sobre la disponibilidad presupuestal correspondiente; Con los vistos de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la O fi cina de Asesoría Jurídica de la APCI; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27692, Ley de Creación de la APCI y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2007-RE y sus modi fi catorias; y, en concordancia con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar, a partir del 01 de octubre de 2018, al señor Álvaro Jesús Carrillo Mayanga, en el cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina General de Administración de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI. Artículo 2°.- Remitir copia de la presente Resolución a la O fi cina General de Administración y al señor Álvaro Jesús Carrillo Mayanga, para las acciones correspondientes. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (http://www.apci.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ NORRIS Director Ejecutivo 1696313-3 CENTRAL DE COMPRAS PUBLICAS Modifican once Fichas Técnicas del Rubro Alimentos, Bebidas y Productos de Tabaco, incluidas en el Listado de Bienes y Servicios Comunes RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 093 - 2018 - PERÚ COMPRAS Lima, 28 de setiembre de 2018VISTOS:El Informe N° 092-2018-PERÚ COMPRAS/DSI, de fecha 07 de setiembre de 2018, de la Dirección de Subasta Inversa, y el Informe N° 208-2018-PERÚ COMPRAS/SG-OAJ, de fecha 27 de setiembre de 2018, de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, y; CONSIDERANDO:Que, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS es el Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; y tiene como funciones, entre otras, la de realizar las compras corporativas obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente, realizar las compras corporativas facultativas que le encarguen otras entidades del Estado, realizar las adquisiciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente, promover y conducir los procesos de selección para la generación de Acuerdos Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes, y promover la Subasta Inversa, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018, modi fi cado por la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Que, el artículo 78 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fi chas técnicas de los bienes y servicios transables, de acuerdo a lo previsto en la Directiva que emita para estos efectos, las que son incluidas en un Listado de Bienes y Servicios Comunes al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modi fi cación o exclusión, previo sustento técnico; Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la obligatoriedad de su uso”, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada en su Versión 3.0 por la Resolución Jefatural N° 063-2017-