Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2018 (30/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Domingo 30 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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15 de febrero de 2018, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Tratamiento Médico Altamente Especializado; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con la visación de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, por tratamiento médico altamente especializado, del Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Jorge William Arcela Godoy, del 1 de octubre al 23 de diciembre de 2018, a la ciudad de La Habana ­ República de Cuba, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos por compensación extraordinaria (financiamiento parcial) por tratamiento médico altamente especializado que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe US$ Compensación Extraordinaria (20%) 33.56 X Días 84 X Pers. Total US$ 1 2,819.04

artículo 1º de la presente Resolución debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por la compensación extraordinaria asignada. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduanero, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAURO MEDINA GUIMARAES Ministro del Interior 1697167-1

Autorizan viaje de oficiales de la Policía Nacional del Perú a Chile, en comisión de servicios, y de cadetes de la Escuela de Oficiales, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1117-2018-IN Lima, 28 de setiembre de 2018 VISTOS; la Carta de fecha 13 de junio de 2018, de la Dirección General de Carabineros de Chile, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 332-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 24 de setiembre de 2018, de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, el Oficio Nº 8162018-SDG PNP/DIRASINT-DIVABI-D.R., de fecha 26 de setiembre de 2018, de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 002599-2018/IN/OGAJ, de fecha 27 de setiembre de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 13 de junio de 2018, la Dirección General de Carabineros de Chile hace de conocimiento de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, que es factible que una delegación de Cadetes del Quinto Año de la Escuela de Oficiales de la Escuela Nacional de Formación Profesional de la Policía Nacional del Perú, realicen una pasantía académica durante la última semana del mes de setiembre o primera semana del mes de octubre de 2018, en la Escuela de Carabineros "General Carlos Ibáñez del Campo", ubicada en la ciudad de Santiago ­ República de Chile; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 332-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 24 de setiembre de 2018, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, de los Cadetes del Quinto Año de la Escuela de Oficiales de la Escuela Nacional de Formación Profesional de la Policía Nacional del Perú Danny Hugo Basilio Cruz, Rodrigo Quispe Martínez, Mibhar Benavides Barboza, Ronaldo Wildany Becerra Choquehuanca, Kevin Ayala Fabián, John Darwin Segundo Santisteban Lavado, Gustavo Eduardo Alvarado Ramírez, Juan Ricardo Paz López, George Alexis Bravo Reyes, Jean Paul Rosales Montero, Christian Gómez Gómez, Jeiner Alexis Panduro Tirado, Robert Enrique Correa Inga, Roy Arnold Rodríguez Samudio, José Antonio Rodríguez Manrique, Engels Reyna Cachay, Erick Jesús Alberto Ríos Núñez, Maybely Jessica Girón Meza, Jahn Pavel Vergara Calua, Pedro Julio Bravo Bardales, Bryan Alonso Vásquez Pinto, Giancarlo Ormeño Flores, Carlos Javier Espinoza Calle, Ítalo Ali Huamán Cruz, Jacob Corahua Merma, Kevin Brayan Pacheco Espinoza, Libeth Hurtado Huamaní, Jean Franco Aldazabal Isidro, Ioannis Oswaldo Eulogio Bernal y José Ángel Palomino Condori, para que continúen su proceso de formación en la Escuela de Carabineros

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el

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