Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2018 (30/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Domingo 30 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Jefe de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 272-2018-MIDIS Lima, 28 de setiembre de 2018 VISTOS: Los Proveídos Nº 5020 y 5033-2018-MIDIS/SG de la Secretaría General; el Informe Nº 170-2018-MIDIS/SG/ OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; y, el Informe Nº 410-2018-MIDIS/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792 se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinando su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose a la Oficina de Abastecimiento como órgano dependiente de la Oficina General de Administración; Que, con Resolución Ministerial Nº 088-2018-MIDIS se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el cual contempla el cargo de Jefe (a) de la Oficina de Abastecimiento, considerado como cargo de confianza; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 076-2018-MIDIS se designó al señor Ramón Sánchez Urrelo en el cargo de Jefe de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, la persona antes citada ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar su renuncia y designar a la persona que ha de desempeñar el cargo de Jefe (a) de la Oficina de Abastecimiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Ramón Sánchez Urrelo al cargo de Jefe de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Raúl Menacho Marcelo en el cargo de Jefe de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1697206-1

ENERGIA Y MINAS
Decreto Supremo que perfecciona el procedimiento establecido en la única disposición complementaria transitoria del Reglamento de Licitaciones del Suministro de Electricidad
DECRETO SUPREMO Nº 026-2018-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica, establece que es de interés público y responsabilidad del Estado asegurar el abastecimiento oportuno y eficiente del suministro eléctrico para el Servicio Público de Electricidad; Que, mediante la única disposición complementaria transitoria del Decreto Supremo N° 022-2018-EM, se establecieron disposiciones reglamentarias transitorias que aseguren un procedimiento para la evaluación de las propuestas de modificación de los Contratos resultantes de Licitaciones, con la finalidad de que las Distribuidoras tengan la opción de reducir sus volúmenes de Potencia Contratada, en un contexto en el cual se ha hecho notorio la desaceleración del crecimiento de la demanda frente a la oferta; Que, tras la implementación por diversas Distribuidoras y Generadoras de la única disposición complementaria transitoria del Decreto Supremo N° 022-2018-EM en el ámbito de su libertad de contratación, se han identificado oportunidades de mejora, que de ser implementadas permitirán un mejor cumplimiento del objetivo de la citada disposición normativa; Que, por lo expuesto, corresponde introducir mejoras al procedimiento establecido en la única disposición complementaria transitoria del Decreto Supremo N° 0222018-EM; De conformidad con lo establecido por el numeral 3) del artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo ­ Ley N° 29158; y, en uso de las atribuciones previstas en los numerales 8) y 24) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1.- Modificación de la única disposición complementaria transitoria del Decreto Supremo N° 022-2018-EM Modifíquese la Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 022-2018-EM, con el siguiente texto: ÚNICA.- Procedimiento transitorio para evaluación de adendas a los Contratos resultantes de Licitaciones A partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo y hasta el 31 de diciembre de 2018, autorícese a los Distribuidores y Generadores a suscribir modificaciones al Plazo de Vigencia, Potencia Contratada y/o descuentos a los Precios Firmes pactados en los Contratos resultantes de Licitaciones suscritos al amparo de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica, vigentes a la fecha de publicación de la presente norma, siempre que se cumplan con las siguientes condiciones: 1. La modificación de la Potencia Contratada, que fuera contratada para abastecer el mercado regulado, incluido el traslado de un bloque de Potencia, no sea mayor a la totalidad de la Potencia Contratada Fija que exceda la demanda proyectada de la Distribuidora para el mercado regulado, la que deberá ser calculada utilizando tasas de crecimiento de energía que no superen la empleada para la demanda vegetativa en el último proceso de fijación de precios en barra.

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