Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2019 (09/04/2019)


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NORMAS LEGALES

Martes 9 de abril de 2019 /

El Peruano

Informe Técnico Nº 065-2019-MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, y el Informe N° 879 -2019MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 2422018-EF, señala que tiene por objeto crear el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país y deróguese la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del TUO del citado Decreto Legislativo señala que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, así como los Órganos Resolutivos (OR), las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), las Unidades Formuladoras (UF) y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector (UEI), Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, asimismo, el numeral 4.1 del artículo 4 del referido TUO, indica que el Ciclo de Inversión está compuesto por las siguientes fases: a) Programación Multianual; b) Formulación y Evaluación, c) Ejecución y d) Funcionamiento; siendo que, la Fase de Programación Multianual de inversiones consiste en un proceso de coordinación y articulación interinstitucional e intergubernamental, de proyección tri-anual, como mínimo, tomando en cuenta los fondos públicos destinados a la inversión proyectados en el Marco Macroeconómico Multianual, el cual está a cargo de los Sectores, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; el cual se elabora en función de los objetivos nacionales, regionales y locales establecidos en el planeamiento estratégico en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, estableciendo metas para el logro de dichos objetivos que permitan evaluar el avance respecto al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios y la rendición de cuentas, constituyendo el marco de referencia orientador de la formulación presupuestaria anual de las inversiones. Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por el Decreto Supremo N° 284-2018-EF, establece en su numeral 9.1 del artículo 9, que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector; Que, mediante Resolución Ministerial N° 139-2017TR, se designa a la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto como órgano encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, y a su Responsable; Que, los numerales 15.3 y 15.4 del artículo 15 de la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por la Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01, establece que la OPMI, registra las inversiones priorizadas en el Módulo de la Programación Multianual de Inversiones de acuerdo al Anexo N° 04: Instructivo para la elaboración y registro del Programación Multianual de Inversiones dentro de los plazos establecidos en el Anexo N° 06: Plazos para la Fase de Programación Multianual de Inversiones, y que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, en coordinación con las Unidades Formuladoras o las Unidades Ejecutoras de Inversiones de las entidades, verifica que los montos estimados de las inversiones programadas sean consistentes con el cronograma de ejecución de dichas inversiones y los criterios establecidos en la directiva; Que, asimismo, los numerales 16.1 y 16.2 del artículo 16 de la citada Directiva General, establece que, concluido el registro de la cartera de inversiones de la

Programación Multianual de Inversiones en el Módulo de la Programación Multianual de Inversiones la OPMI, correspondiente presenta dicho documento al OR para su aprobación, quien aprueba el Programación Multianual de Inversiones mediante resolución o acto correspondiente; Que, mediante Memorándum Nº 353-2019-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través del Informe Técnico N° 065-2019-MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, propone al OR la aprobación del Programa Multianual de Inversiones (PMI) 2020-2022 del Sector Trabajo y Promoción de Empleo; Con las visaciones del Secretario General, de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por Decreto Supremo Nº 2842018-EF; la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/15; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2014-TR y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Programa Multianual de Inversiones 2020-2022 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, el mismo que en Anexo adjunto forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Remitir la presente resolución y su Anexo a la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob. pe/mtpe), siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1758579-2

Autorizan viaje de profesional de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 113-2019-TR Lima, 8 de abril de 2019 VISTOS: La Carta S/N, de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico -OCDE, el Oficio N° 248-2019-MTPE/3/19 de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, el Oficio N° 304-2019-MTPE/4/10 e Informe N° 39-2019-MTPE/4/10 de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, el Oficio N° 334-2019-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración, y el Informe N° 882-2019MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO Que, mediante documento de vistos, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico -OCDE, invita a la Directora General de Formación Profesional y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a participar en la Séptima Reunión de los Administradores Nacionales de Proyectos (ANP), que se llevará a cabo en la sede de la OCDE, sito en la localidad de Boulogne ­ Billancourt, República Francesa, los días 11 y 12 de abril de 2019;

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