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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (12/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 79

7 NORMAS LEGALES Viernes 12 de abril de 2019 El Peruano / JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente del Poder JudicialMiembro ZORAIDA ÁVALOS RIVERA Fiscal de la NaciónMiembro ERNESTO BLUME FORTINI Presidente del Tribunal ConstitucionalMiembro NELSON EDUARDO SHACK YALTA Contralor General de la RepúblicaMiembro JORGE ELÍAS ALVA HURTADO Rector de la Universidad Nacional de Ingeniería en representación de las universidades públicasMiembro ANTONIO ABRUÑA PUYOL Rector de la Universidad de Piuraen representación de las universidades privadasMiembro 1760131-1 Aprueban el Reglamento Interno de la Comisión Especial a cargo del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL A CARGO DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS PARA LA ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA Nº 002-2019-CE Lima, 1 de abril de 2019 CONSIDERANDO: Que, el 10 de enero de 2019, se publicó en el diario ofi cial El Peruano, la Ley Nº 30904, Ley de reforma constitucional sobre la conformación y funciones de la Junta Nacional de Justicia, aprobada mediante referéndum y que modi fi có los artículos 154, 155 y 156 de la Constitución Política del Perú; Que, el 19 de febrero de 2019, se publicó en el diario ofi cial El Peruano la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, Ley|30916; Que, el Título VII de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia establece las funciones de la Comisión Especial encargada del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia; Que, para el cumplimiento de sus fi nes, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia¸ la Comisión Especial requiere aprobar su Reglamento Interno con el objeto de regular sus actos y el desarrollo de sus funciones, de conformidad con el literal a) del artículo 72 de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia; Que, el Presidente de la Comisión Especial, en la sesión de fecha 1 de abril de 2019, sometió a votación de los miembros de la Comisión Especial la propuesta de “Reglamento Interno de la Comisión Especial a cargo del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia”, la cual ha sido aprobada por unanimidad; Que, por lo tanto, se hace necesario disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano; De conformidad con la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia y la Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Reglamento Interno de la Comisión Especial a cargo del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia. Artículo 2.- Disponer la publicación de esta resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal web institucional de la Comisión Especial. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER FRANCISCO GUTIÉRREZ CAMACHO Defensor del PuebloPresidente de la Comisión Especial JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente del Poder JudicialMiembro ZORAIDA ÁVALOS RIVERA Fiscal de la NaciónMiembro ERNESTO BLUME FORTINI Presidente del Tribunal ConstitucionalMiembro NELSON EDUARDO SHACK YALTA Contralor General de la RepúblicaMiembro JORGE ELÍAS ALVA HURTADO Rector de la Universidad Nacional de Ingeniería en representación de las universidades públicasMiembro ANTONIO ABRUÑA PUYOL Rector de la Universidad de Piuraen representación de las universidades privadasMiembro REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN ESPECIAL A CARGO DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS PARA LA ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA Base Legal - Constitución Política del Perú. - Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, Ley Nº 30916. - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444. Título Preliminar Artículo I.- Principios aplicables Las disposiciones establecidas en el presente Reglamento Interno se interpretan a partir de los siguientes principios: a. Principio de igualdad y no discriminación. Está proscrita la discriminación por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier índole. b. Principio de mérito. El concurso público tiene como objetivo que los miembros de la Junta Nacional de Justicia sean elegidos por sus méritos profesionales y académicos, así como por su probidad y trayectoria democrática. c. Principio de legalidad. Se debe actuar con respeto a la Constitución, a la ley y al derecho. d. Principio de imparcialidad. El ejercicio de sus funciones previstas en el Reglamento Interno debe sustentarse en parámetros objetivos, en el marco de la Constitución y las demás normas que integran el ordenamiento jurídico. e. Principio de transparencia. Toda información que genere, produzca o custodie la Comisión Especial tiene carácter público y es accesible al conocimiento de