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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (12/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Viernes 12 de abril de 2019 / El Peruano 2020 de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa y presenta la propuesta de Ordenanza que regula el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fi scal 2020; Que, mediante Informe Nº 17-2019-GAJ/MDPH, la Gerencia de Asesoría Jurídica mite su opinión favorable para se efectúe las acciones administrativas necesarias y conducentes a la aprobación del Proyecto del “Reglamento para el Proceso de Presupuesto Participativo por Resultados en el distrito de Punta Hermosa par el año 2020” a través de la respectiva Ordenanza Municipal; Estando a lo expuesto y en uso de sus facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente ORDENANZA Nº 392-MDPH ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA PARA EL AÑO FISCAL 2020 Artículo Primero.- APRUEBESE el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2020, en el Distrito de Punta Hermosa, que consta de Tres Títulos, Treinta y siete artículos y Cinco Disposiciones Finales, que son parte integrante de la presente Ordenanza y cuyo texto íntegro será publicado en la Página Web de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa: www.munipuntahermosa.gob.pe. Artículo Segundo.- FACULTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente. Artículo Tercero.- CONVOCASE a la Sociedad Civil Organizada y a las Instituciones Públicas y Privadas del Distrito de Punta Hermosa, a participar del Proceso del Presupuesto Participativo 2020. Artículo Cuarto.- ENCARGASE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Humano y Social, Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial, Programa de Participación Vecinal, Subgerencia de Imagen Institucional, Gerencia de Administración Tributaria Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Subgerencia de Serenazgo. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Sexto.- ENCOMENDAR a la Sub Gerencia de Informática y Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Ordenanza Municipal, en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE HUMBERTO OLAECHEA REYES Alcalde REGLAMENTO PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO POR RESULTADOS EN EL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA PARA EL AÑO FISCAL 2020 TÍTULO I LINEAMIENTOS GENERALES CAPÍTULO I Artículo 1º. OBJETIVO El reglamento tiene como fi n promover y regular los procedimientos del proceso del Presupuesto Participativo por Resultados del Año Fiscal 2020, a fi n de reforzar la relación del Gobierno Local con la sociedad Civil y demás actores que participan en dicho proceso, conforme a las disposiciones legales vigentes. Artículo 2º FINALIDAD Disponer de un mecanismo de control y veri fi cación en el Proceso del Presupuesto Participativo, que sirva de herramienta para la toma de decisiones y propiciar la participación activa y concertada de la sociedad civil. Artículo 3º ALCANCE El alcance del Proceso Participativo comprende a la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, a los representantes de la sociedad civil e instituciones Públicas y Privadas del Distrito de Punta Hermosa, quienes participan activamente en el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, de acuerdo a las Directivas y Lineamientos emitidos por la Dirección General de Presupuesto Público. CAPÍTULO II BASE LEGAL Artículo 4º. El Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo por Resultados del año fi scal 2020 se llevará a cabo bajo los principios de concertación, participación, transparencia, equidad, inclusión, competitividad, solidaridad y respeto a los acuerdos pactados. Artículo 5º. La Presente Ordenanza se sustenta en el siguiente marco normativo: - Constitución Política del Perú. - Ley Nº 30305 – Ley de Reforma de los Art.191-194 y 203 de la Constitución Política del Perú - Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización.- Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.- Ley Nº 27293 – Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y disposiciones complementarias y modi fi catorias, Ley 28522, Ley 28802. - Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. - Decreto Legislativo Nº1440 -Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. - Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modi fi catoria, Ley Nº 29298. - Ley Nº 28522 – Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico. - Decreto Supremo Nº 097-2009-EF mediante el cual se precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el Presupuesto Participativo. - Decreto Supremo Nº 142-2009-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 –Ley Marco del Presupuesto Participativo. - Decreto Supremo Nº 132-2010-EF que modi fi ca el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF correspondiente al Proceso del Presupuesto Participativo. - Decreto Supremo Nº 002-2013-IN que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29701, Ley que dispone bene fi cios a favor de los integrantes de las Juntas Vecinales y establece el “Día de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana”. - Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.0 que aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 – Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados. - Ley Nº 30879 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2019. CAPÍTULO III IDENTIFICACIÓN Y RESPONSABILIDAD DE LOS AGENTES PARTICIPANTES EN EL PROCESO Artículo 6º. Identi fi cación y Registro de Agentes Participantes. 6.1 Los Agentes participantes están constituidos por los representantes de cada organización de la sociedad civil. 6.2 Participan con voz y voto en la discusión y/o toma de decisiones en el Proceso del Presupuesto Participativo. 6.3 La Gerencia de Desarrollo Humano y Social efectuará la inscripción de las Organizaciones de la sociedad civil que deseen participar, en el Libro de Registro de Agentes Participantes. 6.4 El Libro de Registro de Agentes Participantes deberá contener rubros especiales para el registro de