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69 NORMAS LEGALES Viernes 12 de abril de 2019 El Peruano / FASE 3: FORMALIZACIÓN. 3.1. Taller de Rendición de Cuentas PPR 2019/ Taller de Priorización de Proyectos de Inversión, Suscripción del Acta de Acuerdos y Compromisos y Elección del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo por Resultados 2019.03 de Mayo del 2019 3.2 Formalización de Acuerdos y Compromisos (Equipo Técnico).07 de Mayo del 2019 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, así como, a todos los órganos y unidades orgánicas vinculados Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados año 2020 de la Municipalidad Distrital del Rímac, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital del Rímac. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PEDRO GUILLERMO ROSARIO TUEROS Alcalde 1759830-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Prorrogan fechas de vencimiento para pago de la primera cuota del impuesto predial y arbitrios municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2019, y para la aplicación de descuentos por pronto pago DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2019-MDS Surquillo, 1 de abril de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO: VISTO; el Memorándum Nº305-2019-GM-MDS de fecha 01 de abril de 2019 emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 083-2019-GAJ-MDS de fecha 29 de marzo de 2019 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 022-2019-GR-MDS de fecha 21 de marzo de 2019 emitido por la Gerencia de Rentas; el Informe Nº359-2019-SGAT-GR-MDS de fecha 21 de marzo de 2019 emitido por la Subgerencia de Administración Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, en el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante la dación de Decretos de Alcaldía; Que, el artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013/EF, y sus modi fi catorias establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general por la Administración Tributaria; Que, mediante Ordenanza Nº 412-MDS, de fecha 05 de diciembre de 2019, rati fi cada mediante el Acuerdo de Concejo Nº 414 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se aprobó las fechas de vencimiento de pago de los Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2019; Que, mediante Ordenanza Nº 417-MDS, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 16 de enero de 2019, se aprobó las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial, correspondiente al ejercicio Fiscal 2019; Que, mediante la Ordenanza Nº 419-MDS, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 25 de enero de 2019, se aprobó la aplicación de descuentos en Arbitrios Municipales 2019, por el Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2019, hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2019 en todos los casos; Que, a través de la Ordenanza Nº 412-MDS, Ordenanza Nº 417-MDS y Ordenanza Nº 419-MDS, se dispone facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de las normas en mención; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 001-2019- MDS, de fecha 28 de febrero de 2019, se resolvió prorrogar hasta el día 30 de marzo de 2019, las fechas de vencimiento establecidas para el pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio fi scal 2019, fi jadas para el día 28 de febrero de 2019, así como las fechas de vencimiento establecidas para la aplicación de descuentos en arbitrios municipales del ejercicio 2019, por el Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2019; Que, mediante el Informe Nº 359-2019-SGAT- GR-MDS de fecha 21 de marzo de 2019 emitido por la Subgerencia de Administración Tributaria, opina técnicamente por la procedencia de prorrogar hasta el día 30 de abril de 2019, el vencimiento de pago de la primera cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio Fiscal 2019, así como de las fechas de vencimiento de la aplicación de descuentos en arbitrios municipales por el pronto pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2019, fi jadas para el día 28 de febrero de 2019, a efecto de otorgar mayores oportunidades y facilidades a todos los contribuyentes que deseen cancelar sin intereses moratorios la Primera Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales determinados para el ejercicio 2019; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 30 de abril de 2019, las fechas de vencimiento establecidas para el pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio fi scal 2019 mediante la Ordenanza Nº 412-MDS y Ordenanza Nº 417-MDS. Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el día 30 de abril de 2019, las fechas de vencimiento establecidas para la aplicación de descuentos en arbitrios municipales del ejercicio 2019, por el Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2019 mediante la Ordenanza Nº 419-MDS. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Estadística e Informática, y la Subgerencia Comunicación e Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo Cuarto.- ENCARGAR la publicación del presente Decreto a la Secretaria General. Regístrese, comuníquese y cúmplase.GIANCARLO GUIDO CASASSA SANCHEZ Alcalde 1759627-1