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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (12/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Viernes 12 de abril de 2019 / El Peruano 16.2 CONCERTACIÓN: Comprende las actividades de identi fi cación y evaluación técnica de los proyectos, así como la concertación para la priorización y la formulación de acuerdos y compromisos entre los agentes participantes. 16.3 COORDINACIÓN ENTRE NIVELES DE GOBIERNO: Implica las acciones de articulación y consistencia de proyectos entre el Gobierno Regional, Gobierno Local Provincial y Gobierno Local Distrital. 16.4 FORMALIZACIÓN: Considera las actividades para la inclusión de las prioridades concertadas en el respectivo Presupuesto Institucional y la Rendición de Cuentas sobre la Ejecución. CAPÍTULO I PREPARACION Artículo 17º. La fase de Preparación del Proceso estará a cargo del Equipo Técnico Municipal; en tanto que la Convocatoria estará a cargo del Alcalde en su calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital. La convocatoria se inicia con la apertura del libro de agentes participantes, así como con la invitación respectiva para inscribirse y participar en el Proceso Participativo, debiendo utilizar los medios que aseguren la participación de los representantes de las distintas entidades del estado y de la sociedad civil de todos los sectores del Distrito, debidamente acreditados. Artículo 18º. A fi n de contar con una participación representativa, la Municipalidad de Punta Hermosa considera Agentes Participantes según se detalla: 1. Representantes de la Sociedad Civil organizada y acreditada. 2. Miembros del Consejo de Coordinación Local.3. Representantes de las Instituciones Públicas y/o Privadas del Distrito, debidamente acreditados. Cada organización podrá acreditar hasta (2) delegados (titular y alterno) al proceso, los cuales deberán presentar copia autenticada del acta de acuerdo de asamblea general u órgano directivo que los designe para tal fi n. Artículo 19º. Los agentes participantes tienen como misión principal la discusión identi fi cación y priorización de proyectos de inversión de impacto local, en el proceso de Presupuesto Participativo por Resultados 2020, partiendo de la cartera de proyectos propuestos por el Alcalde. Artículo 20º. La Municipalidad brindará capacitación a los agentes participantes en materia de Presupuesto participativo, Sistema Nacional de Inversión Pública, Gestión Presupuestal Local, Planeamiento y Desarrollo Local, y Programas Presupuestales por Resultados. CAPÍTULO II FASE DE CONCERTACIÓN Artículo 21º. El Alcalde, en calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital, convocará la realización de los talleres de trabajo, a través de los cuales se desarrollarán las distintas acciones que conduzcan a la priorización de resultados, proyectos de inversión, compromisos del Gobierno Local y Sociedad Civil. Artículo 22º. El Equipo Técnico es el encargado de brindar apoyo para la realización de los talleres de trabajo, debiendo preparar la información necesaria y consolidar los resultados para la posterior evaluación de las propuestas de inversión resultantes del proceso, para ser consideradas en el Presupuesto Institucional. Artículo 23º. En la Etapa de Identi fi cación y Priorización de Resultados se presentará la Visión y Objetivos Estratégicos contenidos en el Plan de Desarrollo Concertado (PDC), su avance de ejecución y logro de resultados e impactos. Culminada la 1ra. Parte del taller, el Equipo Técnico presentará el Diagnóstico del ámbito territorial, incluyendo información disponible sobre los principales resultados deseados de la localidad. Se consideran los resultados ya identi fi cados, priorizados y analizados en el marco del Presupuesto por Resultados. Asimismo, se exhibirá el banco de proyectos para consideración de los agentes participantes, a fi n que ellos puedan presentar sus propuestas de Proyectos de Inversión Pública para evaluación. Finalizado el Taller, se elaborará un informe con los resultados identi fi cados lo que permitirá orientar la evaluación técnica y la de fi nición de priorización de proyectos que realizará el Equipo Técnico. Los Agentes Participantes serán distribuidos por Ejes de Desarrollo y procederán a debatir en función a los criterios señalados en el presente reglamento. Artículo 24º. En la Etapa de Priorización de Proyectos de Inversión, el Alcalde propondrá la cartera de proyectos concordante con los resultados priorizados, para ser sometida en el Presupuesto Participativo por Resultados, a fi n que los agentes participantes consideren los citados proyectos a ser debatidos en el taller. Posteriormente, el Equipo Técnico presentará la matriz para la priorización de proyectos con sus respectivas equivalencias, a ser sometida al plenario para la respectiva validación, considerando los criterios indicados en el instructivo vigente. Artículo 25º. Posterior a la Etapa de Formalización de Acuerdos y Compromisos, el Alcalde presentará los resultados del Presupuesto Participativo por Resultados, consolidado en el Acta de Acuerdos y Compromisos asumidos para el año fi scal 2020 elaborado por el Equipo Técnico, luego el Consejo de Coordinación Local y demás agentes participantes formalizaran los acuerdos suscribiendo el Acta respectiva. Acto seguido, se elegirá al Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo por Resultados 2020, por votación directa de los agentes participantes. Artículo 26º. Los agentes participantes se sujetarán a las disposiciones dadas en la Directiva del Proceso de Presupuesto, solamente votarán aquellos agentes participantes debidamente inscritos y acreditados en el respectivo padrón, debiendo ser un solo voto por cada organización y/o institución. Al fi nalizar, los Participantes fi rmarán un acta indicando las conclusiones respectivas. Artículo 27º. Los agentes participantes se sujetarán a la siguiente metodología para la ejecución de los talleres: 1. Los Agentes Participantes para el desarrollo de los talleres se dividirán de acuerdo a los ejes temáticos analizados. 2. En cada Grupo de Trabajo, los miembros designarán un coordinador y un relator. 3. Los diálogos, la discusión, resolución de disputas y toma de decisiones, estarán bajo la coordinación del facilitador y/o moderadores de cada Grupo de Trabajo. 4. Los tiempos de intervención individual lo determinarán cada Grupo de Trabajo, debiendo primar el consenso entre los Agentes participantes, no pudiendo excederse de más de dos minutos por intervención. 5. Solamente votarán aquellos agentes participantes debidamente inscritos y acreditados en el respectivo padrón, debiendo ser un solo voto por cada organización y/o institución. 6. Al fi nalizar, los Participantes fi rmarán un acta donde se señala las conclusiones respectivas. Artículo 28º. En cuanto a los Ejes de Desarrollo, los agentes participantes se dividirán de acuerdo al siguiente detalle: a. Derechos fundamentales y dignidad de las personas-Oportunidad y Acceso a los servicios. b. Estado y gobernabilidad.c. Economía, competitividad y empleo.d. Desarrollo local e infraestructurae. Recursos Naturales y Ambiente. CAPÍTULO III EVALUACIÓN TÉCNICA DE PROYECTOS Artículo 29º. Previo a la fase de evaluación de las propuestas de proyectos, el Equipo Técnico solicitará a los órganos funcionales opinión sobre la viabilidad de los planes y programas en la materia de su competencia; asimismo, se requerirá información técnico–legal que