Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2019 (16/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Martes 16 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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D) USO DEL SEMISÓTANO: En caso de plantearse un semisótano, el uso permitido es solamente para estacionamientos, en ningún caso se admite el uso de vivienda. Los estacionamientos a nivel de semisótano, deberán ser completamente techados; deberá contemplar que los techos de los estacionamientos que conforman los retiros frontales, estén a nivel de vereda, a fin de que el 50% (cincuenta por ciento) de esta área sea destinada a jardines sostenibles arborizados y con vegetación de plantas nativas. E) PRIMER PISO COMO ESTACIONAMIENTO: El Primer Piso de la Edificación Multifamiliar Sostenible, podrá ser destinado íntegramente para estacionamientos, la que será considerada dentro de la altura total de la edificación. De optar por el uso del primer piso, como área de estacionamiento, este deberá cumplir con las siguientes condiciones técnicas: 1. El acceso y área de estacionamiento será a nivel de vereda. 2. El área o áreas de retiro frontal, no podrán ser utilizados como estacionamiento de ningún tipo (vehicular, bicicleta, scooter, etc). 3. Las áreas de estacionamiento (vehicular, bicicleta, etc), no deben ser visibles desde el exterior, para lo cual, se podrá hacer uso de jardines sostenibles con plantas nativas u otra alternativa de cerramiento (muro verde), que impida la visualización. 4. Los muros que delimitan el área de estacionamiento, deben mantener un tratamiento con jardines sostenibles. F) ESTACIONAMIENTO PARA BICICLETAS:

El 50% de las demás áreas libres del primer piso, deben ser Jardines Sostenibles, con tratamiento de plantas nativas. J) USO DE CONTENEDORES SEGREGADOS: Debe incluirse en cada Edificación Multifamiliar Sostenible, sistemas de segregación de residuos, separándolos en cuatro contenedores debidamente identificados para: 1. Residuos orgánicos 2. Vidrio 3. Plástico 4. Papel y cartón El cuarto destinado a la recolección y segregación de residuos, debe contemplar el área necesaria para la ubicación de los contenedores de recolección, área de mantenimiento, lavado y limpieza de los mismos. El área con los contenedores destinada a la recolección, segregación y recojo de residuos, debe ubicarse próximo a la vereda y/o primer nivel de estacionamiento. Los contenedores serán entregados a los camiones recolectores de residuos del programa de reciclaje de la municipalidad. K) OTROS PARÁMETROS Y CONDICIONES: Además de las condiciones indicadas, se debe cumplir con todos los demás Parámetros Urbanísticos y Edificatorios y normas aplicables, de acuerdo al tipo de proyecto de edificación y a la zona residencial en la que se ubique. Sin perjuicio de lo anterior, se exigirá en Zona RDA, un requerimiento de Estacionamiento, de acuerdo al siguiente Cuadro Nº 02: CUADRO N° 02

Los espacios para estacionamiento de bicicletas, se deben ubicar únicamente en el 1er nivel o en 1er. Piso de estacionamiento; en ningún caso se puede ubicar, en niveles inferiores o superiores al indicado. G) JARDINES SOSTENIBLES: En el nivel de las azoteas, sean de uso común o de uso exclusivo, se debe instalar un área de jardín sostenible, con plantas nativas, de bajo o nulo consumo de agua, debiendo preferirse arbustos y árboles de hojas verdes, debiendo instalarse en un espacio equivalente al 50% (cincuenta por ciento) o más del área libre de la azotea, la que podrá desarrollarse de acuerdo a las características técnicas que se indican en el anexo 2 de la presente norma. En todos los casos, los 3 m. de retiro frontal obligatorio de la azotea, deberán formar parte de las áreas destinadas a jardines sostenibles. H) ACREDITACION DE EDIFICACIÓN SOSTENIBLE: Cada proyecto de Edificación Multifamiliar Sostenible, debe contar con los documentos oficiales que acrediten su condición de Edificación Sostenible en las etapas de proyecto y finalización de obra, bajo los estándares internacionales de edificaciones sostenibles, la que debe obtenerse a través de alguna de las certificaciones internacionales, que se indican en el Anexo 1, de la presente Ordenanza. I) JARDINES SOSTENIBLES ARBORIZADOS: Los Jardines Sostenibles de la edificación, incluyendo las de azoteas, deben ser destinadas para el plantado de árboles y vegetación con plantas nativas, de bajo o nulo consumo de agua. Por lo menos el 50%, del área verde del retiro frontal y el 50%, del área verde del retiro posterior, deben acondicionarse para Jardines Sostenibles Arborizados.

REQUERIMIENTO DE ESTACIONAMIENTO EN ZONA RDA
ZONA RDA AREA DIFERENCIADA B AREA DIFERENCIADA C ESTACIONAMIENTO POR UNIDAD DE VIVIENDA 2.00 2.00 ESTACIONAMIENTO PARA VISITAS 10% 10%

Artículo 9°.- OPORTUNIDAD DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITA LA CONDICIÓN DE EDIFICACION SOSTENIBLE. La acreditación de edificación sostenible se obtiene con la presentación de la documentación correspondiente en cada una de las etapas de proyecto de acuerdo con lo siguiente: 9.1 De los Planos del Anteproyecto y Proyecto: Los lineamientos y especificaciones de la certificación preliminar, deben indicarse en el total de planos de Arquitectura y especialidades, de acuerdo a la evaluación. En los membretes de todos los planos, indicar la Ordenanza y el tipo de bonificación de altura, al cual se acoge el proyecto. 9.2 Presentación del Anteproyecto: En la etapa de presentación del Anteproyecto, las personas naturales o jurídicas que se acojan al Programa de Edificación Sostenible, en Zonas Residenciales, deberán suscribir las Declaraciones Juradas que se indican como Anexo Nº 3 y Anexo Nº 4. Anexo 3: Declaración Jurada y Compromiso de Aceptación de las condiciones Técnicas y Legales para el ingreso al Programa de Promoción de Edificaciones Sostenibles en Zonas Residenciales, en el distrito de San Borja. Anexo 4: Declaración Jurada de Conocimiento y Compromiso de Aceptación, que para la obtención de

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