Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2019 (16/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Martes 16 de abril de 2019 /

El Peruano

Que en el literal a) del artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo establece: "El Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones del Estado ­ Sociedad, mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementar en el nivel de Gobierno Regional o Gobierno Local, con la participación de la sociedad organizada generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos."; Que mediante Resolución Directoral Nº 007-2010EF/76.01 se aprobó el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados, el mismo que establece mecanismos y pautas para el proceso de desarrollo participativo a efectos de que esté orientado a resultados con la finalidad de que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados específicos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo regional o local, evitando de este modo ineficiencias en la asignación de los recursos públicos; Que mediante Informe Nº 075-2019-GPP/MLV la Gerencia de Planificación y Presupuesto fundamenta la Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2020 en el distrito de La Victoria, señalando que su aprobación va a permitir de manera clara, eficiente y transparente, el desarrollo del proceso en el distrito, optimizando los mecanismos que la entidad municipal prioriza para el desarrollo armónico de la gestión municipal; Que mediante Informe Nº 177-2019-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable la aprobación de la Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2020 en el Distrito de La Victoria que tiene por objetivo promover, regular, complementar y establecer mecanismos y pautas para que faciliten el efectivo desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo y que la misma se encuentra acorde con las normatividad vigentes sobre la materia recomendando se eleve al pleno del Concejo de acuerdo a lo establecido en el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que mediante Memorandum Nº 195-2019-GM/MLV la Gerencia Municipal opina de manera favorable la aprobación de la Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2020 en el Distrito de La Victoria; Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º, y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de abril de 2019, y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2020 EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2020 en el Distrito de La Victoria, que en anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Encargar al Consejo de Coordinación Local Distrital, Equipo Técnico, Comité de Vigilancia, Agentes Participantes y órganos competentes de la Municipalidad de La Victoria, el cumplimiento del presente reglamento. Artículo 3º.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento del reglamento. Artículo 4º.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y su reglamento y anexo en el Portal

Institucional de la Municipalidad de La Victoria www. munilavictoria.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER Alcalde 1760658-1

Modifican el Reglamento de Organización y Funciones -ROF de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 311/MLV La Victoria, 10 de abril de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión ordinaria de fecha 10 de abril de 2019, VISTO: el Dictamen Conjunto Nº 004-2019-CAFTTFCCPPAL/MDLV, de las Comisiones de Administración, Finanzas, Tecnologías de la Información, Telecomunicaciones y Fiscalización y Control, y de Planificación, Presupuesto y Asuntos Legales; respecto a la Ordenanza que modifica el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de La Victoria; y, CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que el numeral 8), del artículo 9º, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal, tiene como atribuciones aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que las ordenanzas en materia de su competencia son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en que la municipalidad tiene competencia normativa; Que la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciendo los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado en todas sus instituciones e instancias. De acuerdo con lo previsto en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modificado con Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, se aprueban los lineamientos de organización del Estado y de acuerdo a lo señalado en su artículo 2º se busca que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía. Que el artículo 46º del referido Decreto Supremo señala los supuestos por las que se requiere la aprobación o modificación de un ROF, siendo una de éstas, por modificación parcial, dada por la reasignación o modificación de funciones entre unidades de organización sin que se afecte la estructura orgánica o cuando la afectación de la estructura orgánica se debe a una

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