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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (16/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Martes 16 de abril de 2019 El Peruano / disminución del número de unidades de organización por nivel organizacional; Que el Reglamento de Organización y Funciones – ROF - es un documento técnico normativo de gestión institucional que contiene la organización formal de una entidad pública, es decir, contiene su estructura orgánica, así como las funciones generales y especí fi cas de cada uno de sus órganos y unidades orgánicas. En ese sentido, constituye una de las herramientas más importantes para la adecuada gestión administrativa de una entidad, como documento que ordena las funciones a su cargo; Que mediante Ordenanza Nº 297-2019/MLV se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF -, que contiene la Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad de La Victoria; Que mediante Informe Nº 070-2019-GPP/MLV la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto fundamenta la Ordenanza que aprueba la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de La Victoria señalando que a fi n de superar los problemas derivados del comercio ambulatorio y la informalidad en el distrito se requiere de medidas audaces tales como replantear la estructura organizativa entre la primera Gerencia de Fiscalización y Control y la Gerencia de Seguridad Ciudadana buscando fortalecer el liderazgo de la primera en cohesión con la segunda, bajo un solo nivel orgánico denominado: “Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control y Gestión de Riesgo de Desastres”, el mismo que tendrá a su cargo a la Subgerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de Fiscalización y Control y Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres; Asimismo señala que como parte del proceso de modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones se efectúo la corrección de errores materiales en las funciones de Secretaría General y las o fi cinas a su cargo; Que mediante Informe Nº 184-2019-GAJ-MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a la aprobación de la Ordenanza referida en el párrafo anterior señalando que la reestructuración organizativa de la Gerencia de Fiscalización y Control y la Gerencia de Seguridad Ciudadana, en un solo nivel orgánico, ha seguido los lineamientos establecidos mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y su modi fi catoria, no transgrediendo la normatividad de la materia; Que mediante Memorandum Nº 190-2019-GM/MLV la Gerencia Municipal opina de manera favorable la aprobación de la presente Ordenanza; Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º, y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de abril de 2019, y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF - DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Artículo 1º.- Aprobar la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF -, que contiene la Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad de La Victoria, aprobado con Ordenanza Nº 297-19/MLV, conforme se detallan en sus dos anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Las demás disposiciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones – ROF - siguen vigentes. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y sus dos anexos en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria www.munilavictoria.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER Alcalde 1760660-1Incorporan al TUSNE de la Municipalidad diversos servicios no exclusivos brindados por la Oficina de Asuntos Civiles RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 237-2019 La Victoria, 9 de abril de 2019EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS: El Informe Nº 011-2019-PVLP/SG/ MLV, Informe Nº 016-2019-SGPYM-GPP/MLV de Subgerencia de Plani fi cación y Modernización, Informe Nº 167-2019-GAJ-MLV de Gerencia de Asesoría Jurídica y Memorándum Nº 191-2019-GM/MLV de Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el numeral 43.1, artículo 43º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que: “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de la Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de conocimiento público, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas de represión de la competencia desleal.”; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 159-2019/ MLV del 05 de marzo de 2019, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Victoria, el cual contempla todos los servicios que no son prestados en exclusividad y que presta la Municipalidad en el marco de lo establecido en la Ley 27444; Que, mediante Informe Nº 011-2019-PVLP/SG/MLV la O fi cina de Asuntos Civiles propone a la Secretaría General la incorporación de los servicios que brinda como: celebración de matrimonio civil en horarios distintos al de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:45 p.m., celebración de matrimonio civil en diferentes lugares como el palacio municipal -salón azul-, el salón María Reiche, la Pérgola del Parque del Encuentro y en domicilios o locales fuera del distrito, entre otros; trasladándolos del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA - al TUSNE de la Municipalidad Distrital de La Victoria, quedando solo en el actual TUPA los matrimonios civiles celebrados en el Salón B. Leguía - Av. Iquitos Nº 500 – La Victoria – en los horarios de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:45 p.m.; Que, mediante Informe Nº 016-2019-SGPYM-GPP/ MLV la Subgerencia de Plani fi cación y Modernización luego de revisar, analizar y coordinar la propuesta indicada recomienda la aprobación de la incorporación de los servicios brindados por la O fi cina de Asuntos Civiles en el TUSNE de la Municipalidad Distrital de La Victoria. Asimismo, establece los requisitos y costos de los servicios, en mérito a lo establecido en el numeral 43.4 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Que, mediante Informe Nº 167-2019-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable sobre la incorporación de los servicios no exclusivos brindados por la O fi cina de Asuntos Civiles al Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE - de la Municipalidad de La Victoria, aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 159-2019/MLV, habiéndose estructurado con sujeción al marco normativo sobre la materia y buscando extender