Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2019 (16/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Martes 16 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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disminución del número de unidades de organización por nivel organizacional; Que el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF - es un documento técnico normativo de gestión institucional que contiene la organización formal de una entidad pública, es decir, contiene su estructura orgánica, así como las funciones generales y específicas de cada uno de sus órganos y unidades orgánicas. En ese sentido, constituye una de las herramientas más importantes para la adecuada gestión administrativa de una entidad, como documento que ordena las funciones a su cargo; Que mediante Ordenanza Nº 297-2019/MLV se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF -, que contiene la Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad de La Victoria; Que mediante Informe Nº 070-2019-GPP/MLV la Gerencia de Planificación y Presupuesto fundamenta la Ordenanza que aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de La Victoria señalando que a fin de superar los problemas derivados del comercio ambulatorio y la informalidad en el distrito se requiere de medidas audaces tales como replantear la estructura organizativa entre la primera Gerencia de Fiscalización y Control y la Gerencia de Seguridad Ciudadana buscando fortalecer el liderazgo de la primera en cohesión con la segunda, bajo un solo nivel orgánico denominado: "Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control y Gestión de Riesgo de Desastres", el mismo que tendrá a su cargo a la Subgerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de Fiscalización y Control y Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres; Asimismo señala que como parte del proceso de modificación del Reglamento de Organización y Funciones se efectúo la corrección de errores materiales en las funciones de Secretaría General y las oficinas a su cargo; Que mediante Informe Nº 184-2019-GAJ-MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a la aprobación de la Ordenanza referida en el párrafo anterior señalando que la reestructuración organizativa de la Gerencia de Fiscalización y Control y la Gerencia de Seguridad Ciudadana, en un solo nivel orgánico, ha seguido los lineamientos establecidos mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y su modificatoria, no transgrediendo la normatividad de la materia; Que mediante Memorandum Nº 190-2019-GM/MLV la Gerencia Municipal opina de manera favorable la aprobación de la presente Ordenanza; Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º, y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de abril de 2019, y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ­ ROF - DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Artículo 1º.- Aprobar la modificación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF -, que contiene la Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad de La Victoria, aprobado con Ordenanza Nº 297-19/MLV, conforme se detallan en sus dos anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Las demás disposiciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF siguen vigentes. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y sus dos anexos en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria www.munilavictoria.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER Alcalde 1760660-1

Incorporan al TUSNE de la Municipalidad diversos servicios no exclusivos brindados por la Oficina de Asuntos Civiles
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 237-2019 La Victoria, 9 de abril de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS: El Informe Nº 011-2019-PVLP/SG/ MLV, Informe Nº 016-2019-SGPYM-GPP/MLV de Subgerencia de Planificación y Modernización, Informe Nº 167-2019-GAJ-MLV de Gerencia de Asesoría Jurídica y Memorándum Nº 191-2019-GM/MLV de Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el numeral 43.1, artículo 43º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que: "Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de la Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de conocimiento público, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas de represión de la competencia desleal."; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 159-2019/ MLV del 05 de marzo de 2019, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad de La Victoria, el cual contempla todos los servicios que no son prestados en exclusividad y que presta la Municipalidad en el marco de lo establecido en la Ley 27444; Que, mediante Informe Nº 011-2019-PVLP/SG/MLV la Oficina de Asuntos Civiles propone a la Secretaría General la incorporación de los servicios que brinda como: celebración de matrimonio civil en horarios distintos al de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:45 p.m., celebración de matrimonio civil en diferentes lugares como el palacio municipal -salón azul-, el salón María Reiche, la Pérgola del Parque del Encuentro y en domicilios o locales fuera del distrito, entre otros; trasladándolos del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA - al TUSNE de la Municipalidad Distrital de La Victoria, quedando solo en el actual TUPA los matrimonios civiles celebrados en el Salón B. Leguía - Av. Iquitos Nº 500 ­ La Victoria ­ en los horarios de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:45 p.m.; Que, mediante Informe Nº 016-2019-SGPYM-GPP/ MLV la Subgerencia de Planificación y Modernización luego de revisar, analizar y coordinar la propuesta indicada recomienda la aprobación de la incorporación de los servicios brindados por la Oficina de Asuntos Civiles en el TUSNE de la Municipalidad Distrital de La Victoria. Asimismo, establece los requisitos y costos de los servicios, en mérito a lo establecido en el numeral 43.4 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Que, mediante Informe Nº 167-2019-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable sobre la incorporación de los servicios no exclusivos brindados por la Oficina de Asuntos Civiles al Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE - de la Municipalidad de La Victoria, aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 159-2019/MLV, habiéndose estructurado con sujeción al marco normativo sobre la materia y buscando extender

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