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4 NORMAS LEGALES Martes 23 de abril de 2019 / El Peruano Inclusión Social, a partir del 24 de abril de 2019 y en tanto dure la ausencia de la Titular. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros 1762538-5 AGRICUL TURA Y RIEGO Designan Director de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del SERFOR RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 098-2019-MINAGRI-SERFOR-DE Lima, 22 de abril de 2019CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, siendo considerado como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI y modi fi cado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, establece que dicha entidad cuenta con una estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos de administración interna y órganos de línea; Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Ofi cina de Planeamiento y Racionalización de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del SERFOR, siendo necesario designar a la persona que ocupará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI modi fi cado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Máximo Salazar Rojas en el cargo de Director de la O fi cina de Planeamiento y Racionalización de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del SERFOR. Articulo 2.- Noti fi car la presente Resolución a la persona mencionada y a la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración de la Gerencia General del SERFOR para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR (www.serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBERTO GONZÁLES-ZÚÑIGA G. Director EjecutivoServicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1762535-1CUL TURA Decreto Supremo que prorroga los plazos de los procedimientos administrativos de expedición del certificado de inexistencia de restos arqueológicos y de autorización para realizar el Plan de Monitoreo Arqueológico en el ámbito de competencia del Ministerio de Cultura como consecuencia de la declaratoria de emergencia en los departamentos, provincias, distritos y ciudades afectados por intensas lluvias y peligro inminente ante el periodo de lluvias 2018-2019 DECRETO SUPREMO N° 003-2019-MC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, a inicios de este año, se han declarado en Estado de Emergencia diversos distritos, provincias y departamentos del país, por desastres a consecuencia de las intensas lluvias, y por peligro inminente ante inundaciones, movimientos en masa, probable desembalse y erosión fl uvial; encontrándose entre ellos, los departamentos de Ayacucho, Ancash, Cusco, lca, Loreto, Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Lima, Tacna, Huancavelica, Arequipa, Huánuco, Amazonas, Cajamarca, Ucayali, Junín, Moquegua, Pasco y San Martín; a efectos de ejecutar acciones de excepción inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación; así como acciones destinadas a la reducción del “muy alto riesgo existente”, en salvaguarda de la vida y la integridad de las personas y el patrimonio público y privado; Que, las intensas lluvias y los huaicos producidos han causado graves daños a la infraestructura urbana, rural y vial, ocasionando perjuicios económicos al Estado y a los particulares, impidiendo el tránsito normal por el territorio nacional, poniendo en riesgo la vida e integridad de los ciudadanos; Que, asimismo, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) a través de sus informes situacionales, ha determinado la existencia de peligro inminente en diversos distritos, provincias y departamentos del país ante inundaciones, movimientos en masa, probable desembalse y erosión fl uvial, durante el periodo de lluvias 2018-2019; Que, de acuerdo a lo expuesto, con el fi n de proteger y salvaguardar el Patrimonio Cultural de la Nación, así como la integridad física del personal del Ministerio de Cultura a cargo de las inspecciones oculares, en el marco de los procedimientos administrativos de expedición del Certi fi cado de Inexistencia de Restos Arqueológicos y de autorización para realizar el Plan de Monitoreo Arqueológico, es necesario adoptar medidas inmediatas que permitan al personal del Ministerio de Cultura el cumplimiento de sus obligaciones; Que, en ese sentido, resulta necesario prorrogar temporalmente los plazos de los procedimientos administrativos de expedición del Certi fi cado de Inexistencia de Restos Arqueológicos y de autorización para realizar el Plan de Monitoreo Arqueológico, sujetos a silencio administrativo positivo, en el ámbito de competencia del Ministerio de Cultura, como medida extraordinaria para salvaguardar el Patrimonio Cultural de la Nación, la integridad física del personal del Ministerio de Cultura y de los administrados que, participen en las mismas; Que, la protección de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación se encuentra amparada por el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, que establece que los yacimientos y restos arqueológicos,